Boletín Oficial de la República Argentina del 29/12/2017 - Segunda Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.781 - Segunda Sección
115
Viernes 29 de diciembre de 2017
TRIBUNAL ORAL ENLOCRIMINAL FEDERAL
CORRIENTES
EDICTO: Por disposición de S. Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes Dr. FERMIN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el termino de cinco 5 días, lo dispuesto en la Sentencia Nº 51 de fecha 06 de Diciembre del 2016, en la causa caratulada:
VALLEJOS JOSE ANTONIO, GOMEZ JUAN PABLO, SOTO MARCELINO, RODAS CARLOS ANTONIO P/
CONTRABANDO DE ESTUPEFACIENTES ARTICULO 866-2 PARRAFO-CODIGO ADUANERO, Expediente FCT Nº29/2015/TO1, respecto a JUAN PABLO GOMEZ, de apodo Coqui, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación guía de pesca y pescador, de nacionalidad argentina, nacido en San Cosme, el 26
de mayo de 1992, D.N.I. N40.281.627, domiciliado en Paso de la Patria, instruido, hijo de Juan Pablo Gómez, de ocupación guía de pesca, y de Pabla Itatí Vallejos, ama de casa; la que dispone: SENTENCIA Nº 51.
CORRIENTES, 06 de Diciembre del 2016. Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente;
SE RESUELVE: 1º 2º 3º CONDENAR a JUAN PABLO GOMEZ D.N.I. Nº40.281.627, ya filiado en autos, a la pena de cinco 5 años y seis 6 meses de prisión, como coautor penalmente responsable del delito Contrabando de Importación Agravado art. 866 segunda parte, en función de lo previsto por el artículo 864
inc. a todos del Código Aduanero, Ley 22.415 con las modificaciones introducidas por la Ley 25.986 más costas artículos 40, 41 y 45 del Código Penal, y artículos 530, 531, 533 y 535 del C.P.P.N. 4º 5º 6º 7º 8º 9º 10º 11º 12º 13º REGISTRAR, agregar el original al expediente, cursar las demás comunicaciones correspondientes y una vez firme la presente practicar por secretaría el cómputo de pena correspondiente, fijando la fecha de su vencimiento artículo 493 del CPPN y oportunamente archivar.
FDO.: Dra. LUCRECIA M. ROJAS DE BADARÓ - Dr. VICTOR ANTONIO ALONSO - Dr. FERMIN AMADO
CEROLENIJueces de Cámara. Ante mí: Dra. SUSANA BEATRIZ CAMPOSSecretaria - Tribunal Oral en lo Criminal Federal - Corrientes. DR. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO
DE EJECUCIÓN PENAL
e. 29/12/2017 N101762/17 v. 05/01/2018
TRIBUNAL ORAL ENLOCRIMINAL FEDERAL
CORRIENTES
EDICTO: Por disposición de S. Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Dr. Fermín Amado Ceroleni se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el termino de cinco 5 días de lo dispuesto en la Sentencia de fecha 18 de abril de 2017, en la causa caratulada: ROCHA, ISAIAS ALBERTO, BLANCHARD, GUSTAVO GABRIEL, GONZALEZ, ENZO OSCAR, TONIOLO, OSVALDO
FROILAN POR INFRACCION LEY 23737 ART. 5 INC. C , Expediente FCT 24/2015/, respecto a ENZO OSCAR
GONZALEZ, D.N.I. Nº34.228.173, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, nacido en la localidad de Jardín de América, provincia de Misiones, el 30 de enero de 1989, con estudios primarios completos, empleado rural, domiciliado en Barrio Lomas del Jardín, Palo Rosa S/N, de la localidad de Jardín de América, provincia de Misiones, hijo de Marcelino González y de Dominica Yegro, la que dispone: SENTENCIA Nº16.
CORRIENTES, 22 de Mayo de 2017. Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente;
SE RESUELVE: 1º 2º 3º 4º 5º CONDENAR a ENZO OSCAR GONZALEZ, D.N.I. Nº34.228.173, ya filiado en autos, a la pena de seis 6 años de prisión, y multa de pesos un mil $1.000,00 la que deberá hacerse efectiva en el término de treinta 30 días de quedar firme la presente, como coautor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes agravado, previsto y reprimido por los artículos 5º inc. c y 11 inciso c de la Ley 23.737, y costas arts. 40, 41 y 45 del Código Penal y arts. 530, 531, 533
y 535 del CPPN 6º 7 8º 9º 10º 11º 12º 13º 14º REGISTRAR, agregar el original al expediente, cursar las demás comunicaciones correspondientes y una vez firme la presente practicar por secretaría el cómputo de pena correspondiente, fijando la fecha de su vencimiento artículo 493 del CPPN y oportunamente archivar. FDO.: Dra. LUCRECIA M. ROJAS de BADARÓ - Dr. VICTOR ANTONIO ALONSO - Dr.
FERMIN AMADO CEROLENI - Jueces de Cámara. Ante mí: Dra. SUSANA BEATRIZ CAMPOS - Secretaria.
Tribunal Oral en lo Criminal Federal - Corrientes. DR. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN
AVILA SECRETARIO DE EJECUCIÓN PENAL
e. 29/12/2017 N101828/17 v. 05/01/2018