Boletín Oficial de la República Argentina del 27/04/2017 - Segunda Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

60

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.613

Segunda Sección
plotación, extracción, producción, transporte, procesamiento, refinamiento y comercialización del petróleo, gas, minerales y las relacionadas con la generación, transporte y distribución de energía eléctrica, quedando excluido todo asesoramiento que en virtud de la materia haya sido reservado a profesionales con título habilitante según las respectivas reglamentaciones. C COMERCIALES: Mediante la producción, refinación, generación, comercialización de energía eléctrica, importación, exportación, transporte, compra y venta al por mayor y al por menor, dentro y fuera de la República Argentina, de hidrocarburos, petróleo, nafta, querosene, aceites y demás productos derivados del petróleo, sustancias similares, gas y energía eléctrica. Comprar, vender, importar o exportar equipos, motores, elementos, máquinas y materiales relacionados con la explotación, perforación y exploración de yacimientos de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos, como así también las relacionadas con las actividades mineras de cualquier naturaleza y con las actividades de la industria Energética, tales como la generación, transporte distribución, transformación, transformación de electricidad correspondiente o no a jurisdicción nacional. Explotación, compra y venta de patentes de invención, marcas, diseños, modelos, procesos industriales nacionales o extranjeros. D INDUSTRIALES: Fabricación de los materiales, elementos, equipos, máquinas, motores e instrumentos necesarios para la industria petrolera y de energía eléctrica. La industrialización de productos de las industrias petroleras, petroquímicas, mineras y de energía eléctrica; elaboración de materiales plásticos, sintéticos y productos químicos a tal fin. E ELECTRICAS: Proyectar, ejecutar, operar y montar usinas, centrales eléctricas, líneas eléctricas, aéreas y subterráneas, de alta, media y baja tensión para generar, transportar, transformar, o distribuir energía eléctrica, líneas telefónicas y telegráficas aéreas y subterráneas; instalaciones de fuerza motriz, luz y alumbrado en establecimientos industriales, particulares, puertos, aeropuertos, plazas, calles y caminos; electrificación en el campo de carácter comercial y agrícola, como asimismo conectarse, interconectarse con sistemas de distribución locales, departamentales, regionales, provinciales, nacionales o similares, actuando como generador, transportista, transformador, distribuidor, pudiendo integrarse al MEM y otros a crearse; todo lo anteriormente especificado en este acápite podrá realizarlo por sí, como miembro de algún contrato de colaboración empresaria, por terceros y/o asociada a terceros. F CONSTRUCCIONES: La construcción de usinas hidro, termo y anemo eléctricas, completas en todas sus partes; obras civiles, hidráulicas y electromecánicas sean éstas públicas o privadas, estructuras metálicas y de hormigón armado para edificios industriales, instalaciones de bombeo de agua, petróleo y gas. G TRANSPORTE: Con equipos propios o de terceros de agua, gas y petróleo, lubricantes y sus derivados, pudiendo armar y arrendar buques, vagones, muelles, diques y terraplenes, estaciones de servicio y demás instalaciones relacionadas con los objetos enunciados precedentemente. H MINERAS: Solicitar y adquirir por compra, permuta y otra forma, permisos de explotación, exploración de pertenencias mineras, denuncias de descubrimientos, efectuar exploraciones y explotaciones y realizar toda clase de operaciones mineras permitidas por el código de la materia y disposiciones reglamentarias vigentes. I DESTILERIAS Y REFINERIAS:
La construcción y/o explotación por cuenta propia o de terceros, de destilerías y refinerías de petróleo y toda clase de aceites, naftas, lubricantes, grasas, ceras y demás productos subproductos derivados del petróleo y gas. J INMOBILIARIAS: Mediante la compra, arrendamiento de cualquier otra forma, adquirir el dominio de propiedades desarrolladas o productoras de gas, petróleo, minerales y yacimiento mineros de cualquier naturaleza, así como cualquier otro tipo de propiedad inmueble, o los productos de tales propiedades petroleras o gasíferas, arrendar o arrendarlas, vender total o parcialmente, hipotecar, o disponer en otra forma dichas propiedades. K FINANCIERAS:
Realizar con capitales propios o de terceros todas las operaciones enunciadas precedentemente, otorgar avales, fianzas y otras garantías. Dar y tomar en préstamo dinero y otras monedas extranjeras, en toda forma y con cualquier interés, sea con garantías reales, personales, o sin garantía. Descontar, redescontar, prendar o pignorar como sujeto activo o pasivo títulos de crédito exigibles. Mediante aportes o inversiones de capitales a particulares, empresas o sociedades por acciones, constituidas o a constituirse, para negocios realizados o a realizarse; constituir y/o aceptar cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente o sin ellas. Se exceptúan las operaciones reservadas por la Ley de Entidades Financieras para las entidades financieras. A tal fin la Emisora tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por el estatuto. d Al 31/01/17 el capital social de la Emisora es de $179.802.282 y su patrimonio neto es de $ 3.375.017.556. e Las Obligaciones Negociables constituirán obligaciones directas, con o sin garantía especial, subordinadas o no e incondicionales de la Emisora y gozarán del mismo grado de privilegio sin preferencia alguna entre sí. Las Obligaciones Negociables gozarán en todo momento de igual derecho de pago que todas las demás obligaciones no garantizadas y no subordinadas, presentes y futuras,
Jueves 27 de abril de 2017

de la Emisora, salvo especificación en contrario o tratamiento preferencial según la ley aplicable. La Emisora podrá emitir las Obligaciones Negociables en distintas clases y/o series, pudiendo re-emitirse cualesquiera de ellas cada una de ellas, una Clase y/o Serie en los montos, a los precios y bajo las condiciones determinadas en oportunidad de la emisión conforme se especifique en el Suplemento de Precio aplicable. El monto de capital máximo de todas las Obligaciones Negociables periódicamente en circulación no superará los U$S600.000.000 o su equivalente en otras monedas. Las Obligaciones Negociables podrán devengar intereses a tasa fija o variable, no devengar intereses y ser emitidas con descuento sobre su valor nominal, y/o devengar intereses sobre la base de cualquier otro método que se indique en el Suplemento de Precio aplicable. El valor nominal, denominación, moneda, precio de emisión, vencimiento, intereses, amortización y los demás términos y condiciones específicos de cada Clase y/o Serie de Obligaciones Negociables estarán detallados en el Suplemento de Precio correspondiente. Las Obligaciones Negociables podrán ser cartulares nominativas no endosables y/o ser escriturales y/o estar representadas en títulos globales y/o por títulos definitivos. En caso que así lo permitieran las normas vigentes, también podrán ser al portador si así se especifica en los Suplementos de Precio correspondientes. Las Obligaciones Negociables constituyen Obligaciones Negociables bajo la Ley N23.576 y sus modificatorias, y dan derecho a los beneficios, y estarán sujetas a los requisitos de procedimiento, establecidos en la misma y en la Ley 26.831. La Emisora podrá calificar cada Clase y/o Serie emitida bajo el Programa.
Se podrá solicitará el listado y negociación de las Obligaciones Negociables en uno o más mercados autorizados en el país y/o en el exterior, conforme se determine en el Suplemento de Precio aplicable. Las Obligaciones Negociables a ser emitidas periódicamente en Series y/o Clases serán colocadas a través de uno o más colocadores designados oportunamente. La oferta, venta y suscripción de las Obligaciones Negociables estarán sujetas a las restricciones detalladas en el Programa y adicionalmente podrán estar sujetas a aquellas restricciones que puedan determinarse en el Suplemento de Precio aplicable. f La Emisora no registra a la fecha deudas con privilegios o garantizadas. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 15/03/2017
Felipe Luis María Videla - T: 109 F: 315 C.P.A.C.F.
e. 27/04/2017 N26919/17 v. 27/04/2017

CELULOSA ALTO VALLES.A.I.C.
Por 1 día por Acta de Asamblea del 1 de noviembre de 2016 se designa: Presidente: Silvia María Hermoso DNI 12.057.848. Vicepresidente:
Mario Luis Speranza DNI 13.990.280. Directora suplente: María Virginia Speranza DNI 30.156.815. Ejerceran su cargo por el termino de tres ejercicios. Constituyen domicilio especial y legal en Av. L. N. Alem 639, piso 8, Depto. H, C.A.B.A. Autorizado según instrumento público Esc.
Nº88 de fecha 25/04/2017 Reg. Nº1374
juana ceber - Matrícula: 3531 C.E.C.B.A.
e. 27/04/2017 N27040/17 v. 27/04/2017

CERRO FRIOS.A.
Por Acta de Asamblea Ordinaria unánime y de Directorio, ambas del 02/08/16 se eligieron y distribuyeron los cargos del directorio por el término de 3 ejercicios resultando: Presidente Guillermo Eduardo Facht Hohmann; Vicepresidente: Pedro Martín Facht Hohmann; Director Titular: Tatiana Alicia Facht Hohmann; Director Suplente: Sofía Facht Hohmann, quienes aceptaron los cargos y constituyeron domicilios especiales en Av. Belgrano 355, piso 8º A. CABA. El Directorio anterior caduco por el vencimiento del plazo de su elección. Estaba compuesto por los mismos integrantes actuales y ocupaban los mismos cargos.
Fueron designados por Asamblea Ordinaria del 29/08/13. Autorizado según instrumento público Esc. Nº89 de fecha 17/04/2017 Reg. Nº26
Marcos Adolfo España Sola - Matrícula: 4566 C.E.C.B.A.
e. 27/04/2017 N26897/17 v. 27/04/2017

CERTIFICADORA INTERAMERICANA
DESUSTENTABILIDADS.A.
Por Asamblea General Extraordinaria N 2 del 11/04/2016 y Por Acta Reunión de Directorio N3 del 11/04/2016: -a Se acepta por unanimidad la renuncia del Presidente Sr. FEDERICO FRIGERIO. -b Se designa por unanimidad directorio con mandato vigente hasta 01/06/2018: Presidente IGNACIO VILALLONGA y Vicepresidente: AGUSTINA ESTER
FERNANDEZ; ambos con domicilio especial constituído en JUNCAL

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/04/2017 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date27/04/2017

Page count112

Edition count9415

Première édition02/01/1989

Dernière édition07/08/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Abril 2017>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30