Boletín Oficial de la República Argentina del 10/07/2012 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Martes 10 de julio de 2012

3. Edictos Judiciales
3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS

NUEVAS
% 12 %

TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION
SALA C
VOCALIA DE LA 7MA. NOMINACION

de la inconveniencia de las decisiones anteriormente recaídas confr. Fallos, 61:91; 167:121;
183:409; 192:414; 216:91; 293:50 y 317:1091, según citas efectuadas por el Dr. Grabivker -con adhesión del Dr. Pizzatellien fallo dictado por la Sala B de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico de esta ciudad el 12/8/2002 en autos Agrogeo S.A. s/Régimen Penal Cambiario, Sumario Nº T0005211
del Sistema Argentino de Informática Jurídica; y por la Sala 3 de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal de esta ciudad en sentencia del 19/6/1997 en autos Gas del Estado Sociedad del Estado c/Techint Cía. Técnica Internacional S.A.C.I. y otro s/
incidente de honorarios, Sumario NºD0011134
del Sistema Argentino de Informática Jurídica
Fdo. Diego García Berro. Juez. Ante mí: Patricia Roxana Mieres. Secretaria.
Nancy Beatriz Garon, secretaria.
e. 10/07/2012 Nº73395/12 v. 16/07/2012

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El Tribunal Fiscal de la Nación, Sala C, Vocalía de la 7a. Nominación, a cargo del Dr. Esteban Juan Urresti, con sede en la Av. Julio A. Roca 651, Piso 7º, Capital Federal, comunica por dos 2 días en autos Wekser, Marcelo Alejandro s/Recurso de Apelación, Expte. Nº29.444-I que se ha dictado la siguiente resolución: Buenos Aires, 18 de octubre de 2011 Se Resuelve: No hacer lugar a la aclaratoria interpuesta por la representación fiscal.
Notifíquese. Firmado: Dres. Esteban Urresti, Adriana Adorno y Juan Carlos Vicchi. Vocales.
Juan Bautista Fabri. secretaría general administrativa, Tribunal Fiscal de la Nación.
e. 10/07/2012 Nº73575/12 v. 11/07/2012

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JUZGADO NACIONAL EN LO
PENAL TRIBUTARIO N 2
SECRETARIA UNICA
El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario Nº2, Secretaría Unica, sito en Sarmiento 1118, piso 3º de la ciudad de Buenos Aires, notifica a Abraham Gawianski D.N.I. Nº4.541.660, Jacobo Ricardo Monis D.N.I. Nº10.650.738, Alejandro Gawianski D.N.I. Nº 16.336.371, María Laura Gawianski D.N.I. Nº11.644.256, Rodolfo Jacinto Cendon D.N.I. Nº 7.749.522, Leandro Darío Bellizi D.N.I. Nº23.522.594 y Julio César Busto D.N.I. Nº 10.055.454, de la resolución de fecha 3/5/12 dictada en el marco de la causa caratulada: Muresco S.A. sobre Infracción Ley 24.769 que corre por cuerda a los autos Nº1409/2008 1005 caratulados: Urdega S.A.
sobre Infracción Ley 24.769, que a continuación se transcribirá en sus partes pertinentes:
Buenos Aires, 3 de mayo de 2012. Autos y Vistos Y Considerando Se Resuelve: I. Sobreseer parcialmente en la presente causa caratulada Muresco S.A. sobre Infracción Ley 24.769
que corre por cuerda a la causa Nº 1409/2008
1005 con respecto a Abraham Gawianski, Jacobo Ricardo Monis, Eduardo Isaac Senderovsky, Alejandro Gawianski, María Laura Gawianski, Silvina Adriana Senderovsky, Rodolfo Jacinto Cendon, Leandro Darío Bellizi y Julio César Busto, en relación a la supuestas evasiones de pago del Impuesto al Valor Agregado correspondiente al ejercicio anual 2003; del Impuesto a las Salidas No Documentadas correspondiente a ejercicio anual 2002 y del Impuesto a las Salidas No Documentadas correspondiente al ejercicio anual 2003, a los que se encontraría obligada la contribuyente Muresco S.A. CUIT Nº 3052252008-6, con los alcances del art. 336 inc.
3º del C.P.P.N. II. Declarar que la formación del proceso con relación a los hechos descriptos por el punto anterior no afectó el buen nombre y honor que hubieren gozado los allí nombrados artículo 336 último párrafo, del C.P.P.N
Fdo. Diego García Berro. Juez. Ante mí: Patricia Roxana Mieres. Secretaria. Asimismo, se notifica a los nombrados del decreto de fecha 10/5/2012, punto 2: Buenos Aires, 10 de mayo de 2012 2. Por haberse omitido exteriorizar lo que seguidamente se expondrá al momento del dictado de la resolución de fs.223/225vta., déjase expresamente aclarado que si bien en anteriores oportunidades se aplicó un criterio distinto al que surge de la nota al pie Nº2 del pronunciamiento precedentemente referido, un nuevo examen de la cuestión, basado en las razones allí expuestas, me ha llevado a una modificación de aquel criterio anterior, con arreglo a la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación según la cual la autoridad de los precedentes debe ceder ante la comprobación del error o
JUZGADO NACIONAL EN LO
PENAL ECONOMICO N 3
Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 3, a cargo del Dr. Rafael Caputo, Nacional, Secretaría Nº 5, Buenos Aires, 27 de junio de 2012. 4º Con relación a Ennio Eduardo Tello, si se tiene en cuenta que no obstante lo hecho saber a fs.1231/1232, de acuerdo a lo informado a fs.1252 y 1297 no se encuentra acreditado el fallecimiento del nombrado, corresponde citar a Ennio Eduardo Tello, mediante edictos, para que comparezca a este juzgado dentro del tercer día de notificado, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada de declarar su rebeldía. En consecuencia, líbrese oficio al Boletín Oficial a fin de que se publiquen edictos por el término de cinco 5 días Art. 150 del C.P.P.N..
Buenos Aires, a los 27 días del mes de junio del año dos mil doce.
Luis B. Marquez Lelong, prosecretario.
e. 10/07/2012 Nº73410/12 v. 16/07/2012

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JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONOMICO N 3

Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº3, a cargo del Dr. Rafael F. Caputo, Secretaría Contratada, a cargo de M. Belén Penas Rubio, en el legajo Nº5 Actuaciones por separado formadas en el marco de la Causa Roma Farmacia y Laboratorio S.A. s/Inf. 24.769 Desprendimiento de la Causa Nº1.831/00 Viazzo, Roberto Gustavo y otros s/inf. Ley 24.769, notifica a Claudio Héctor Cavour, Juan Carlos Wermout y Walter Gabriel Sbrollini lo siguiente: nos Aires 16 de mayo de 2012: 1º Toda vez que fueron interpuestos en tiempo y forma, concédense sin efecto suspensivo los recursos interpuestos a fs. 1985/1988 y 1999/2001 por la fiscalía y por la querella, respectivamente, contra la resolución de fs. 1979/1983
confr. arts. 337, 449, 450 y 451 del C.P.P.N.. Con respecto a la notificación de las concesiones dispuestas por el párrafo anterior, cabe señalar que con fecha 29/12/08, este juzgado estableció por Resolución de Superintendencia que cuando se conceda un recurso de apelación, se deberá notificar únicamente a las partes que no sean la recurrente, excluyéndose también a la fiscalía de primera instancia Reg. 9/08 Fº 80/82. Aquella decisión se tomó como consecuencia de la interpretación que, para este juzgado, corresponde efectuar con relación a la reforma del C. P. P. N., efectuada por la ley 26.374 B.O. 30/05/08 para la tramitación del recurso de apelación. Se entendió -en opinión de este juzgadoque debe cursarse notificación de la concesión del recurso sólo a las partes que no hayan recurrido, excluyéndose también a la fiscalía de primera instancia, en razón de los argumentos que por aquella pieza se expusieron y que, por razones de brevedad, se dan por reproducidos. En consecuencia, las concesiones en trato se notificarán exclusivamente a Palacios, Warnes, Asís, Hernández, Ludueña, Gauthier, Rossi, Carballo, Wermout, Cavour y Sbrollini Fdo:
Rafael Caputo. Juez Nacional. Ante Mí: M. Belén Penas Rubio. Secretaria. nos Aires, 21 de junio de 2012 4º Ténganse por interpuestos en legal tiempo y forma los recursos de apelación planteados respectivamente por la defensa de Moraima Warnes a fs. 2031/2034vta. y por la defensa Alberto Mario Palacios a fs. 2035/2036 contra la resolución de fs. 2003/2007vta. arts. 337, 449 y 450 del C.P.P.N.. Si bien el código procesal no establece expresamente la forma en que debe ser concedido el recurso contra una resolución como la cuestionada archivo de las actuaciones, debe tenerse en cuenta que este modo de concluir el sumario es asimilable al sobreseimiento art. 334,
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BOLETIN OFICIAL Nº 32.434

338 y ccdantes del C. P. P. N.. Tanto en el caso del sobreseimiento como en el archivo de las actuaciones, la decisión firme tendrá efecto de cosa juzgada cuanto menos formalcon respecto a la situación fáctica investigada. En consecuencia, por aplicación analógica de las reglas de concesión del recurso de apelación para el caso del sobreseimiento, concédense los recursos interpuestos por las defensas de Warnes y Palacios, sin efecto suspensivo conf. art. 337, 2do. Párrafo del C.
P.. Con respecto a la notificación de la concesión dispuesta por el párrafo anterior, cabe señalar que con fecha 29 de diciembre de 2008, este juzgado estableció por Resolución de Superintendencia que que cuando se conceda un recurso de apelación, se deberá notificar únicamente a las partes que no sean la recurrente, excluyéndose también a la fiscalía de primera instancia Reg. Nº9/08
Fº 80/82. Aquella decisión se tomó como consecuencia de la interpretación que para este juzgado corresponde efectuar con relación a la reforma del Código Procesal Penal de la Nación efectuado por ley 26.374 B.O. 30/05/08 para la tramitación del recurso de apelación. Se entendió en opinión de este juzgado que se deberá cursar notificación sólo a las partes que no hayan recurrido, excluyéndose también a la fiscalía de primera instancia, en razón de los argumentos que por aquella pieza se expusieron y que se dan por reproducidos por razones de brevedad. Por lo tanto, la concesión en trato se notificará exclusivamente a Blanco, Nujimovich, Asís, Hernández, Ludueña, Gauthier, Rossi, Carballo y a la querella. Notifíquese, asimismo, a Wermout, Cavour y Sbrollini mediante oficio al Boletín Oficial en el cual se deberán notificar, conjuntamente, la concesión referida por el punto 1º del presente decreto y lo que por este punto 4º se dispone. Aquel oficio deberá ser diligenciado mediante cédula a diligenciar en el día de su recepción Fdo. Rafael Francisco Caputo, Juez Nacional. Ante mí: Rosana V. Berlingieri, Secretaria.
Buenos Aires, 29 de junio de 2012.
Rosana V. Berlingieri, secretaria.
e. 10/07/2012 Nº73525/12 v. 16/07/2012

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JUZGADOS NACIONALES EN LO
CRIMINAL Y CORRECCIONAL
FEDERAL

N 6
El Sr. Juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº6, Dr. Rodolfo A. Canicoba Corral, Secretaría Nº12, a cargo del Dr. Sergio A. Echegaray, cita y emplaza a Lidia Silvina Cruz, para que comparezca ante los estrados de ese Tribunal, dentro de las 72 horas posteriores a la última publicación, a efectos de prestar declaración indagatoria en los términos del art. 294 del Código Procesal Penal de la Nación, en la causa N 9.287/11 que se le sigue por falsificación de documentos públicos, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y ordenarse su inmediata captura, en caso de no presentarse en el término fijado y no justificar su incomparecencia de manera alguna.
Buenos Aires, 3 de julio de 2012.
Sergio A. Echegaray, secretario.
e. 10/07/2012 Nº73557/12 v. 16/07/2012

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JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL

N 10

El Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N 10, a cargo del Dr. Julián D. Ercolini, Secretaría N 20, a cargo del Dr. Gustavo E. Cristofani, en la causa 10894/10, caratulada Toro Karina Alejandra s/Delito de acción público, cita y emplaza a Karina Alejandra Toro, argentina, titular del DNI N 24.710.410, nacida el día 14 de junio 1975, de estado civil soltera, quien el término de cinco días a partir de la última publicación deberá comparecer por ante este tribunal.
Gustavo Cristofani, secretario.
e. 10/07/2012 Nº73489/12 v. 16/07/2012

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JUZGADOS NACIONALES EN LO
CRIMINAL DE INSTRUCCION

N 2
El Juzgado de Instrucción Nº 2, Secretaria Nº 107 cita y emplaza por el término de cinco días a partir de la publicación del presente, a fin de que Oscar Reinaldo Mendoza Vera, D.N.I. Nº93.061.970, se presente a estar a derecho ante este Tribunal en la causa que lleva el Nº11898/202; ello bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su captura. Publí-

quese por cinco días. Secretaria Nº107; Buenos Aires, 25 de junio de 2012. Fdo. Manuel J. Gorostiaga - Juez de Instrucción - ante mí: Daniela Part -Secretaria ah-doce. 10/07/2012 Nº73376/12 v. 16/07/2012

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JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL DE INSTRUCCIÓN

N 8

El Juzgado en lo Criminal de Instrucción Nº8, Secretaría Nº125, cita a Juan Carlos Rojas DNI
Nº34.269.322, en causa Nº13.918/11, seguida en su contra por el delito de lesiones graves para que se presente dentro del quinto día de notificado a fin de que se le reciba declaración indagatoria, bajo apercibimiento de declararlo rebelde en caso de incomparecencia injustificada.
Buenos Aires, 2 de julio de 2012.- Fdo: Yamile Bernan, Juez de Instrucción. Ante mí: Federico Joaquín Daneri, Secretario.
e. 10/07/2012 Nº73296/12 v. 16/07/2012

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JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL DE INSTRUCCIÓN

N 30

El Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 30, Secretaría Nº 164, Cita y Emplaza por tres días a contar desde la última publicación, a Jorge Medina Duarte para que se presente ante el tribunal toda vez que se da en autos el estado de sospecha al que alude el Art. 294
del C.P.P.N. a fin de recibirle declaración indagatoria, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenar su captura en la Causa Nº43.945/11.
Publíquese por cinco días hábiles consecutivos.
Buenos Aires, 29 de junio de 2012.
Ignacio Belderrain, secretario.
e. 10/07/2012 Nº73396/12 v. 16/07/2012

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JUZGADO NACIONAL EN LO
CORRECCIONAL N 5
SECRETARIA N 73

Juzgado Nacional en lo Correccional Nº 5, Secretaría Nº 73 sito en Lavalle 1638, piso 7º de esta Ciudad, notifica a Juan Carlos Castillo Peralta DNI: 94.298.871, peruano, nacido el 9
de marzo de 1980 en Lima, hijo de Lidia Peralta Inca y de Carlos Castillo Berrospoi, soltero, con último domicilio conocido en manzana 4, casa 146, Villa 31 bis de esta Ciudad para que concurra a este Tribunal a fin de recibirle declaración indagatoria, dentro del tercer día de la última publicación, en la causa Nº80.465 que se le sigue por el delito de falsa denuncia, tipificado en el art. 245 del Cód. Penal; bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenarse su captura. Notifíquese Fdo. Walter J. Candela Juez.
Edgardo Fabián Bistolfi, secretario.
e. 10/07/2012 Nº73405/12 v. 16/07/2012

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JUZGADOS NACIONALES EN LO
COMERCIAL

N 5
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 5, a cargo de Fernando M. Durao, Secretaría Nº10, a cargo de la Dra. Marina Meijide Castro, sito en Av. Roque Sáenz Peña 1211, 8º piso de esta Capital Federal, comunica por cinco días que con fecha 13-06-12, se decretó la quiebra de Candeloro Balaic Graciela Carolina designándose como síndico al contador Caro Juan Carlos, con domicilio en Florida 470 3º 312 Tel 4328-5191, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 9-08-12. El síndico presentará los informes previstos en los arts. 35
y 39 LC los días 21-09-12 y 05-11-12. Se intima a la deudora y sus administradores para que cumplimente los siguientes recaudos: a constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado LC:
88:7. b se abstengan de salir del país sin previa autorización del Tribunal LC 103. Se prohíben los pagos y entrega de bienes a la fallida, so pena de considerarlos ineficaces. Se intima a quienes tengan bienes y documentación de la fallida para que los pongan a disposición del síndico en cinco días.
Buenos Aires, 19 de junio de 2012.
Marina Meijide Castro, secretaria.
e. 10/07/2012 Nº73512/12 v. 16/07/2012

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El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº5, a cargo de Fernando M. Durao, Secretaría Nº10, a cargo de la Dra. Marina JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N 5

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 10/07/2012 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date10/07/2012

Page count28

Edition count9381

Première édition02/01/1989

Dernière édition04/07/2024

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