Boletín Oficial de la República Argentina del 15/06/2012 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Viernes 15 de junio de 2012

3. Edictos Judiciales
Marta Berros, Juez de Cámara. Ante mí: Beatriz María Zuqui, Secretaria.
Federico Angel C. Martin, secretario subrogante.
e. 15/06/2012 Nº65377/12 v. 22/06/2012

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TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANA - ENTRE RIOS

3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS

NUEVAS
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TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
PARANA - ENTRE RIOS

Por disposición de la Sra. Presidente, Dra.
Lilia Graciela Carnero; se ha ordenado comunicar la parte resolutiva en lo pertinente de fs.816/817, de la causa Nº1182/04 caratulada:
Cisneros, Claudio y Otros - Contrabando, que tramita ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de la notificación de Diosnel Francisco Garay Rivero, sin sobrenombre o apodo, de nacionalidad paraguaya, C.I. paraguaya Nº 1.525.517, nacido en fecha 25 de mayo de 1961 en la ciudad de Encarnación, Rca. del Paraguay, hijo de Telmo Garay y de María Marta Rivero, de estado civil viudo, de instrucción secundaria básica, con domicilio denunciado en autos en Barrio San Miguel, Distrito de Cambyretá, Dpto. de Itapúa, República del Paraguay, a Higinio Lorenzo Ojeda González; de nacionalidad paraguaya, de sobrenombre o apodo bebeco, nacido en fecha 25 de marzo de 1946 en la ciudad de Benjamín Aceval, República del Paraguay, C.I. paraguaya Nº309.213, de estado civil casado, de instrucción secundaria completa, de ocupación piloto de avión, hijo de Lorenzo Ojeda y Alberta Gonzalez, con último domicilio denunciado en calle Dr. Vasconcellos Nº1408 de la ciudad de Asunción, República del Paraguay y a Juan Carlos Rivero, de nacionalidad argentina, de sobrenombre o apodo corto, nacido el 2 de junio de 1963 en la ciudad de San Pedro, provincia de Misiones, DNI Nº18.703.184, de estado civil casado, de instrucción secundaria completa, desocupado, hijo de Telmo Garay y de María Marta Rivero, con último domicilio denunciado en calle Monteagudo y López de la ciudad de Posadas, provincia de Misiones; de acuerdo al siguiente texto que se transcribe: raná, 18
de mayo de 2012.- Y Vistos Considerando
Resuelve: 1.- Declarar extinguida la acción penal, y en consecuencia, sobreseer arts. 76 ter, 4to. párr. del Código Penal y 336 inc. 1 y 361
del C.P.P.N. a Diosnel Francisco Garay Rivero, sin sobrenombre o apodo, de nacionalidad paraguaya, C.I. paraguaya Nº 1.525.517, nacido en fecha 25 de mayo de 1961 en la ciudad de Encarnación, Rca. del Paraguay, hijo de Telmo Garay y de María Marta Rivero, de estado civil viudo, de instrucción secundaria básica, con domicilio denunciado en autos en Barrio San Miguel, Distrito de Cambyretá, Dpto. de Itapúa, República del Paraguay, a Higinio Lorenzo Ojeda González, de nacionalidad paraguaya, de sobrenombre o apodo bebeco, nacido en fecha 25 de marzo de 1946 en la ciudad de Benjamín Aceval, República del Paraguay, C.I.
paraguaya Nº309.213, de estado civil casado, de instrucción secundaria completa, de ocupación piloto de avión, hijo de Lorenzo Ojeda y Alberta Gonzalez, con último domicilio denunciado en calle Dr. Vasconcellos Nº 1408 de la ciudad de Asunción, República del Paraguay y a Juan Carlos Rivero, de nacionalidad argentina, de sobrenombre o apodo corto, nacido el 2 de junio de 1963 en la ciudad de San Pedro, provincia de Misiones, DNI Nº 18.703.184, de estado civil casado, de instrucción secundaria completa, desocupado, hijo de Telmo Garay y de María Marta Rivero, con último domicilio denunciado en calle Monteagudo y López de la ciudad de Posadas, provincia de Misiones, por la supuesta comisión del delito de contrabando art. 863 y 865 inc. a y e del Código Aduanero art. 336 inc. 1º, 334 y 361 del C.P.P.N..- Regístrese, notifíquese a las partes y a los procesados por intermedio de Boletín Oficial considerando los domicilios denunciados, líbrense los despachos del caso y, en estado, archívese.
Fdo. Lilia Graciela Carnero, Presidente. Roberto López Arango, Juez de Cámara. Noemí
Por disposición de la Sra. Presidente, Dra. Lilia Graciela Carnero; se ha ordenado comunicar la parte resolutiva en lo pertinente de fs.214 y vta., de la causa Nº 775/02 caratulada: Fernández, Rosana Beatriz s/Uso Mediato Doc. Pco. Adult., que tramita ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de la notificación de Rosana Beatriz Fernández, sin sobrenombres o apodos, de nacionalidad argentina, DNI
Nº18.281.344, nacida en 5 de julio de 1967 en la ciudad de Buenos Aires, de estado civil separada, de instrucción secundaria completa, hijo de Normando Zalazar y de Norma Ester Fernandez, con último domicilio denunciado en calle 16
Nº636 entre Padre Perna y Roma de la localidad de Garín, provincia de Buenos Aires; de acuerdo al siguiente texto que se transcribe: raná, 28
de mayo de 2012.- Y Vistos Considerando
Se Resuelve: 1.- Declarar extinguida la acción penal por prescripción arts. 59 inc. 3 y 62 inc.
2 del C.P. y, en consecuencia sobreseer arts.
336 inc. 1 y 361 del C.P.P.N. a Rosana Beatriz Fernández, sin sobrenombres o apodos, de nacionalidad argentina, DNI Nº18.281.344, nacida en 5 de julio de 1967 en la ciudad de Buenos Aires, de estado civil separada, de instrucción secundaria completa, hijo de Normando Zalazar y de Norma Ester Fernandez, con último domicilio denunciado en calle 16 Nº636 entre Padre Perna y Roma de la localidad de Garín, provincia de Buenos Aires, por el delito de uso de documento público adulterado, conducta prevista y reprimida por el art. 296 en relación al art. 292
del Código Penal art. 336 inc. 1º, 334 y 361 del C.P.P.N..- Regístrese, notifíquese a las partes y, a la procesada por intermedio del Boletín Oficial, líbrense las comunicaciones del caso, y, en estado, archívese. Fdo. Lilia Graciela Carnero, Presidente. Roberto López Arango, Juez de Cámara. Noemí Marta Berros, Juez de Cámara. Ante mí: Beatriz María Zuqui, Secretaria.
e. 15/06/2012 Nº65378/12 v. 22/06/2012

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TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
JUJUY

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Colque Hallpa, Ernesto s/Infracción Ley 23.737, resuelve:
1º Condenar a Ernesto Colque Huallpa, de las demás calidades personales obrantes en autos, a la pena de seis años de prisión, y multa de Pesos mil $1.000, por encontrarlo autor responsable del delito de Transporte de Estupefacientes, previsto y penado por el artículo 5º, inciso C de la Ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena conforme el artículo 12 del Código Penal. Con costas. Remitiéndolo al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad, en una unidad carcelaria a su cargo, declarándolo reincidente por primera vez artículo 50 del Código Penal.
2º Oportunamente por Secretaría, practíquese cómputo de pena.
3º Disponer la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
4º Ordenar que la lectura de los fundamentos del presente fallo se efectúe el día 16 de diciembre de 2010, a horas doce, en la sede de este Tribunal Artículo 400 del C.P.P.N..
5º Mandar que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Jorge Luis Villada, Juez de Cámara Subrogante. René Vicente Casas, Juez de Cámara. Marta Liliana Snopek, Juez de Cámara. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 15/06/2012 Nº 65425/12 v. 29/06/2012

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TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL -JUJUY

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Enrique, Clelia del Valle s/inf. Ley 23.737, resuelve:
I. Condenar a Clelia Del Valle Enrique de las calidades personales obrantes en autos, a la pena única de cinco años y seis meses de prisión, y multa de Doscientos veinticinco pesos $225, y las costas del juicio, más la inhabilitación absoluta por el tiempo que dure la condena art. 12 C.P. por resultar autora responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fi-

BOLETIN OFICIAL Nº 32.419

nes de comercialización, previsto y sancionado por el Art. 5 inc. c de la Ley 23.737. Comprensiva de A la pena de cuatro años de prisión y Multa de doscientos veinticinco pesos $ 225, con costas, por encontrarla autora responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización previsto y sancionado por el art. 5 inc. c de la Ley 23.737 en la presente causa y B la del tiempo de prisión que le resta cumplir de la pena de cuatro años de prisión y multa de doscientos veinticinco pesos $ 225, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena conforme el art. 12 del C.P., con costas, como autora responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización previsto y sancionado por el art. 5 inc. c de la Ley 23.737, en la causa Nº 10/11 caratulada Enrique, Clelia del Valle s/infracción Ley 23.737 marihuana. Declarándola reincidente art. 50 C.P..
III.- Computo de la Pena, fijar como fecha de cumplimiento dé la pena privativa de la libertad el 16 de mayo de 2017 y diez días para el pago de multa y costas del juicio.
IV.- Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
V.- Remitir a Clelia del Valle Enrique para que cumpla la condena privativa de libertad en unidad carcelaria a su cargo.
VI.- Mandar que por Secretaría se registre este fallo, y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Mario Marcelo Juárez Almaraz, Juez de Cámara Subrogante. René Vicente Casas, Juez de Cámara. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Enrique, Clelia del Valle s/inf. Ley 23.737, resuelve:
1.- Hacer lugar parcialmente al planteo de aclaratoria interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, por lo argumentos expuestos en la presente resolución.
2.- Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad de Clelia del Valle Enrique en la presente causa el día 29 de junio de 2016.
3.- Notifíquese, ofíciese, cúmplase. Mario Marcelo Juárez Almaraz, Juez de Cámara Subrogante. René Vicente Casas, Juez de Cámara. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 15/06/2012 Nº 65427/12 v. 15/06/2012

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TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL -JUJUY

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Herrera Ortíz, Beymar s/Transp. de Estupef. cocaína en concurso real con el de Fals. de Doc. destinado a acreditar la identidad de las pers., resuelve:
Primero: Condenar a Herrera Ortíz, Beymar, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de cuatro años y un mes de prisión, multa de Pesos doscientos veinticinco $225,00 con más la pena de inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes cocaína, en concurso real con el de falsificación de documento destinado a acreditar la identidad de las personas, previstos y sancionados por el art.
5º, Inc. c de la Ley 23.737, Art. 292, segundo párrafo del Código Penal, con imposición de las costas del juicio.
Segundo: Fijar, como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 29 de mayo del año dos mil quince y diez días para el pago de multa y costas del juicio.
Tercero: Remitir a Beymar Herrera Ortíz al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo, haciéndose saber a la mencionada institución que el nombrado ha solicitado su permanencia en la Unidad 8, porque recibe visitas, trabaja y desea seguir ayudando a su familia.
Cuarto: Ordenando la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Quinto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Beymar Herrera Ortíz, para su correspondiente notificación en ese lugar.
Sexto: Levantar la inhibición general de bienes de Beymar Herrera Ortíz dispuesta a fs. 71/73
de autos.
Séptimo: Mandando que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Jorge Luis Villada, Juez de Cámara Subrogante. René Vicente
19

Casas, Juez de Cámara. Mario Marcelo Juárez Almaraz, Juez de Cámara Subrogante. Ante mí:
Efraín Ase, Secretario.
e. 15/06/2012 Nº 65430/12 v. 29/06/2012

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TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL -JUJUY

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Méndez, Luis Alfredo s/Inf. Ley 23.737, resuelve:
1.- Condenando a Luis Alfredo Méndez, de las demás calidades personales obrantes en autos, a la pena única de 4 años y 6 meses de prisión y multa de pesos trescientos $300, comprensiva de: A la de 1 año de prisión y multa de pesos ciento veinticinco $125, por encontrarlo autor responsable del delito de tenencia de estupefacientes, previsto y sancionado por el art. 14
primer párrafo de la Ley 23.737, en la presente causa, y B la de 4 años y 2 meses de prisión y multa de pesos doscientos veinticinco $ 225, impuesta por el Tribunal Oral en Expte. Nº 79/10
con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, arts. 12 y 58 del Código Penal.
Con costas.
2.- Cómputo de Pena: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 14 de julio de 2014 y diez días para el pago de multa y costas del juicio.
3.- Ordenando la destrucción del remanente del material secuestrado estupefacientes, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
4.- Mandando que por Secretaria se registre el fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.
5.- Protocolícese. Jorge Luis Villada. Ante mí:
Efraín Ase.
e. 15/06/2012 Nº 65400/12 v. 15/06/2012

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TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL -JUJUY

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Pimentel Alay, Aida Lidia s/Inf. Ley 23.737, resuelve:
Falla: 1º Condenando a Aída Lidia Pimentel Alay de las demás calidades personales obrantes en autos, a la pena de 4 años de prisión, multa de $225, por encontrarla autora penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y penado por el art. 5º inc.
c de la ley 23.737, con más la Inhabilitación Absoluta por el tiempo de la condena, conforme el art. 12 del Código Penal. Con costas.
2º Cómputo de Pena: Fijando como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 24 de noviembre de 2015 y diez días para el pago de multa y costas del juicio.
3º Ordenando la destrucción del remanente del material secuestrado estupefacientes, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
4º Remitiendo a la causante, al Complejo Penitenciario Federal Nº III del NOA, para que cumpla la pena privativa de la libertad.
5º Mandando que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. René Vicente Casas, Juez de Cámara. Jorge Luis Villada, Juez de Cámara Subrogante. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 15/06/2012 Nº 65405/12 v. 15/06/2012

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TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
SANTA FE - SANTA FE

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe, en los autos caratulados: Michel, René Rubén s/Inf. Art. 5º Inc. C de la Ley 23.737, resuelve:
I.- Condenar a René Rubén Michel, cuyos demás datos de identidad obran precedentemente, como autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes art. 5º inc. c, de la Ley 23.737, a sufrir la pena de cuatro años y tres meses de prisión, y a pagar en concepto de multa la suma de Cuatrocientos treinta pesos $430.-, monto conforme Ley Nº 23.975, dentro del término previsto en el art. 501
del C.P.P.N., bajo apercibimientos de ley art. 21
del Cód. Penal, con más las accesorias del art.
12 del Cód. Penal.
II.- Imponer al condenado las costas del juicio, y en consecuencia el pago de la tasa de justicia que asciende a la suma de pesos sesenta y nueve con setenta centavos $69,70, intimándolo a hacerlo efectivo en el término de cinco 5 días bajo apercibimiento de multa del cincuenta por ciento 50% del referido valor, si no se efectivizare en dicho término.
III.- Ordenar que por Secretaría se practiquen los cómputos legales, con notificación a las partes art. 493 del C.P.P.N..

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/06/2012 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date15/06/2012

Page count36

Edition count9381

Première édition02/01/1989

Dernière édition04/07/2024

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