Boletín Oficial de la República Argentina del 13/01/2012 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Viernes 13 de enero de 2012
conforme el artículo 12 del Código Penal . Con costas. Remitiéndolo al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la pena privativa de la libertad, en una unidad carcelaria a su cargo.
Cuarto: Condenar a Abel Jonatan Hilario Quispe, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de cuatro años y seis meses de prisión y multa de pesos un mil $ 1.000, por encontrarlo autor responsable del delito de transporte de estupefacientes, agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo, en calidad de partícipe secundario, previsto y penado por los artículos 5
inciso C y 11 inciso C de la Ley 23.737 y artículo 46 del Código Penal. Con costas. Remitiéndolo al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo.
Quinto: Cómputo de Pena: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, respecto Gregorio Isla Condorí y Leandro Villca Cruz, el día 11 de Enero 2.015, respecto de Luis Vilca Catari, el día 11 de Enero de 2.014, respecto de Luis Armando Mamaní, el día 11 de Enero de 2.017 y respecto de Abel Jonatan Hilario Quispe, el día 11 de Julio de 2.014 y diez días, para todos los condenados, para el pago de multa y costas del juicio.
Sexto: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefacientes, con intervención de la autoridad sanitaria federal y el comiso del vehículo secuestrado en autos Ford F 100 Diesel, dominio BRL-276.
Séptimo: Disponer que la lectura de los fundamentos del presente fallo, se efectúe el día 03 de Noviembre de 2.011, a horas 12:00 en la sede de este Tribunal artículo 400 del C.P.P.N..
Octavo: Mandar que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. René Vicente Casas, Juez de Cámara. Marta Liliana Snopek, Juez de Cámara. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 10/01/2012 N 500/12 v. 23/01/2012


El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, Vocalía a cargo del Dr. Jorge Luis Villada, Secretaría a cargo del Dr. Efraín Ase, comunica por cinco días en autos: Martínez Ismael s/Incidente de nulidad expediente N 112/07/02, que se dictaron los siguientes decretos: San Salvador de Jujuy, abril 17 de 2009.-. Como se pide, intímese al Dr. Javier Sánchez Serantes, en su carácter de defensor de Ismael Martínez, para que constituya domicilio ante la Cámara Nacional de Casación Penal - Sala II, dentro del plazo de cinco días de anoticiado el presente, bajo apercibimiento de designársele a su representado al sr. Defensor Oficial; e informe el domicilio del mismo. Fdo. Marta Liliana Snopek.- San Salvador de Jujuy, diciembre 21 de 2011. Desconociéndose el actual domicilio de Ismael Martínez, notifíquese por edicto al nombrado del decreto de fecha 17-04-09 Fdo. Jorge Luis Villada - Juez de Cámara Subrogante.-. Este edicto debe publicarse por cinco días en el Boletín Oficial.
San Salvador de Jujuy, diciembre 21 de 2011.
Efraín Ase, secretario.
e. 09/01/2012 N 507/12 v. 13/01/2012

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - JUJUY

JUZGADOS NACIONALES EN LO
PENAL ECONOMICO
N 2
Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 2, a cargo interinamente del Dr. Marcelo Ignacio Aguinsky, Secretaría Nº 3, a efectos de que se notifique a Patricia Glenz argentina, nacida el 11 de noviembre de 1947 en la Ciudad de Buenos Aires, casada, L.C. Nº5.861.037, hija de Eduardo Pablo y de Inés Elvira Gajardo, con domicilio real en Pavón 2330 P.B. de esta Ciudad de Buenos Aires, lo resuelto por en autos con fecha 21 de noviembre de 2011 en el que se dispuso decretar el sobreseimiento en las presentes actuaciones y respecto de Patricia Glenz, de las demás condiciones personales, mencionadas supra y por el hecho aquí investigados consistentes en el ingreso al país de la mercadería documentada con la destinación aduanera Nº 04 001 IC 04081428. Y, toda vez que aquél suceso no encuadraría en una figura legal art. 336 inc. 3º y cc. del C.P.P.N., declarando que la formación de este proceso no afecta el buen nombre y honor de que gozare la nombrada art. 336 in fine del C.P.P.N.. II Sin costas arts. 530 y conc. del C.P.P.N.. Como mejor recaudo se transcriben, a continuación, los autos que ordenan la medida: Buenos Ai-

res, de diciembre de 2011. 3. Atento que la imputada Patricia Glenz no ha sido notificada, líbrese edicto judicial de publicación en el Boletín Oficial y por el término de ley, a dichos fines. Fdo.: Marcelo Ignacio Aguinsky. Juez.
Ante mí: Luisa Albamonte. Secretaria. Buenos Aires, 21 de noviembre de 2011. Autos y vistos:
Para resolver la situación procesal de Patricia Glenz argentina, nacida el 11 de noviembre de 1947 en la Ciudad de Buenos Aires, casada, L.C.
Nº 5.861.037, hija de Eduardo Pablo y de Inés Elvira Gajardo, con domicilio real en Pavón 2330
P.B. de esta Ciudad de Buenos Aires en el marco de la causa Nro. 1552/2010, caratulada: Garro Manuel y otros s/inf. Ley 2.415, del registro de la Secretaría Nº3, de este Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº2 Y considerando Resuelvo: I Decretar el sobreseimiento en las presentes actuaciones y respecto de Ignacio Vicente Gadaleta, Manuel Garro, Patricia Glenz, Luis Alberto Pérez y de la persona jurídica Colina Norte S.A., de las demás condiciones personales, mencionadas supra y por el hecho aquí investigados consistentes en el ingreso al país de la mercadería documentada con la destinación aduanera Nº04 001 IC 04081428 Y toda vez que aquél suceso no encuadraría en una figura legal art. 336 inc. 3º y cc. del C.P.P.N., declarando que la formación de este proceso no afecta el buen nombre y honor de que gozaren los nombrados art. 336 in fine del C.P.P.N.. II Sin costas arts. 530 y conc. del C.P.P.N.. Regístrese, notifíquese a las partes Firme, archívese. Fdo.:
Marcelo Ignacio Aguinsky. Juez. Ante mí: Luisa Albamonte. Secretaria.
Buenos Aires, 20 de diciembre de 2011.
Luisa Albamonte, secretaria.
e. 10/01/2012 Nº485/12 v. 16/01/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONOMICO

N 3

Juzgado Nacional en lo Penal Económico N
3, a cargo del Dr. Rafael F. Caputo, Secretaría Contratada, a cargo de Rosana V. Berlingieri, en el legajo N 132 James Smart S.A. s/Inf.
Ley 24.769 - Desprendimiento de la Causa N
1831/00, caratulada Viazzo, Roberto Gustavo y otros sobre infracción ley 24.769 se dispuso con fecha 27 de diciembre de 2011 citase nuevamente a Carlos Alberto Vignozzi a prestar declaración indagatoria en la audiencia que se fija para el día 23 de febrero de 2012 a las 10:00 horas, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y ordenar su inmediata captura en caso de inasistencia injustificada arts. 288 y 289 del C.P.P.N.. Notifíquese mediante edictos durante el plazo de cinco días para lo cual se deberá librar un oficio al Boletín Oficial. Fdo: Rafael F.
Caputo. Juez Nacional. Ante Mi: Rosana V. Berlingieri. Secretaria.
Buenos Aires, 28 de diciembre de 2011.
e. 09/01/2012 N 27/12 v. 13/01/2012


Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nro.
3, a cargo del Dr. Rafael Caputo, Secretaría Nro.
6, a cargo de Mirtha Lilián Campos Tula, notifica a Raúl Horacio Lier y Julio Alberto Tonconogy socios gerentes de Lier y Tonconogy Arquitectos S.R.L.; César Ramón Larrea Ambrosoni y Rolando José Larrea Stratta presidente y vicepresidente de Cesar Larrea S.A.; Fernando Mihanovich y Jerald Pullins presidente y vicepresidente de Jardin Del Pilar S.A.; Ernesto Jorge Peraud, Jorge Isacc Berman y Carlos Alberto Garcia Chafuen gerentes de Inelar S.R.L.; Héctor Luis Franco y Jorge Luis Wachter presidente y vicepresidente de Frawa S.A.; Claudia Andrea Bongianino y Daniel Horacio Salgueiro presidente y vicepresidente de Sadec S.R.L.; Pablo Viani y Pablo José Viani presidente y vicepresidente de Viani S.A.; Tomás Kallos, Antonio José Savid y Luis Jorge Starc presidente y vicepresidente primero y segundo de Intercargo S.A.C.
y Luis Roberto Donato socio gerente de Conari S.R.L., que con fecha 8 de agosto de 2011 se resolvió sobreseer en la causa Nº9570, con relación a las situaciones fácticas descriptas por los considerandos 1º y 2º de la presente y relativas a las personas jurídicas integradas, respectivamente, por aquellas personas físicas, pues aquellas situaciones fácticas no encuadran en una figura legal artículos 334, 335, 336 inciso 3º del C.P.P.N., con la expresa mención de que la formación del presente sumario no afectó el buen nombre y honor del que gozan aquellos imputados. Para mejor proveer se transcribe el decreto que ordena la presente publicación:
Buenos Aires, 28 de diciembre de 2011 Atento el tiempo transcurrido y toda vez que las notificaciones dirigidas a Lier y Tonconogy ArquiJUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 3

BOLETIN OFICIAL Nº 32.317

tectos S.A., Cesar Larrea S.A., Jardín Del Pilar S.A., Inelar S.R.L., Frawa S.A., Sadec S.R.L., Viani S.A., Intercargo S.A.C. y Conari S.R.L., fueron devueltas sin notificar en atención a que aquellas personas jurídicas y sus representantes no pudieron ser notificados, publíquense edictos por tres días a fin de notificar lo resuelto a fs. 1644/1648. A aquellos fines líbrese oficio al Boletín Oficial acompañado con cédula de notificación Fdo.: Rafael Caputo. Juez. Ante mí:
Mirtha Lilián Campos Tula. Secretaria.
Buenos Aires, 28 de diciembre de 2011.
Mirtha Lilián Campos Tula, secretaria.
e. 10/01/2012 Nº760/12 v. 16/01/2012

JUZGADOS NACIONALES EN LO
COMERCIAL

N 3
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 3, a cargo del Dr. Sicoli, Jorge Silvio, Secretaría Nº 6, sito en Callao 635, piso 6º, hace saber por cinco días que con fecha 12
de diciembre de 2011 se ha decretado la quiebra al antes concursado preventivamente Refrigeración Bima S.A. Inscripta en la IGJ: Fecha 6.04.2004, Nº4191, Lº 24, Tº de Sociedades por Acciones, con domicilio en Tucumán 971, piso 1º de C.A.B.A. CUIT Nº30-59088688-9. Se hace saber a los acreedores que deben presentar los títulos justificativos de créditos hasta el día 17 de abril de 2012 ante el Síndico María Elisabet Stroman con domicilio constituido en Lavalle 1567
piso 8º Of. 804, de C.A.B.A., quien presentará el informe individual de los créditos el día 30 de mayo de 2012 y el informe general el día 11 de julio de 2012. Se intima a los acreedores de la fallida y a cuantos tengan bienes y documentos de la misma a ponerlos a su disposición dentro de las 24hs. prohibiéndose hacer pagos o entrega de bienes so pena de considerarse ineficaces.
Se intima a la fallida y a sus administradores para que en el término de 48hs. constituyan domicilio procesal y para que se le entregue al Síndico, dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. Art. 88 Ley 24522. Intimase también a la fallida para que cumpla con lo dispuesto por el Art. 86 de la ley citada. El presente se libra por mandato de VS. en los autos caratulados:
Refrigeración Bima S.A. s/Quiebra, en trámite por ante este Juzgado y Secretaría.
Buenos Aires, 29 de diciembre de 2011.
Blanca Gutiérrez Huertas de Silveyra, secretaria.
e. 12/01/2012 Nº1964/12 v. 18/01/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 3

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 03, Secretaría N 06, comunica por cinco días que en fecha 16 de Diciembre de 2011 se ha decretado la quiebra de Universo Gráfico S.R.L. C.U.I.T. 30-70842203-3. El síndico designado es el Dr. Jorge Raúl Mencia, con domicilio constituido en la calle Rodríguez Peña 350 Piso 6, Of. A y C, Capital Federal, TE.:
4-372-8417. Se ha fijado fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes el 23 de Abril de 2012; las fechas para la presentación de los Informes Individuales art. 35 L.C.Q. y el Informe General art. 39 L.C.Q. fueron fijadas para los días 05 de Junio de 2012 y 01 de Agosto de 2012, respectivamente. Intímase al fallido para que en el plazo de 48 horas constituya domicilio, en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenérsele por constituido en los estrados del Juzgado; asimismo, intímase al fallido y a terceros a que dentro de 24 horas y 48 horas respectivamente, entreguen bienes, documentación o libros del fallido al Síndico. Se prohíbe hacer pagos y/o entrega de bienes al fallido so pena de ineficacia. Publíquese por cinco días en el Boletín Oficial.
Buenos Aires, 30 de diciembre de 2011.
Blanca Gutiérrez Huertas de Silveyra, secretaria.
e. 09/01/2012 N 225/12 v. 13/01/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL

N 26

CONVOCATORIA A ASAMBLEA DEL
ARTICULO 45 BIS DE LA LEY 24.522
En cumplimiento de lo resuelto el 6 de diciembre de 2011 en los autos caratulados Metrogas S.A. s/Concurso Preventivo, Expte. Nro.
56.999 el Concurso Preventivo en trámite
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por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 26, a cargo de la Dra. María Cristina OReilly, Secretaría Nro. 51, a cargo de la Dra. Dévora Vanadia, sito en Callao Nº635, Piso 1º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina el Juzgado, se comunica por cinco 5 días a los titulares de las Obligaciones Negociables actualmente en circulación emitidas por Metrogas S.A. MetroGas: i Serie B denominadas en Euros con vencimiento el 27 de setiembre de 2002 ISIN XS0118072833;
ii Serie 1 denominadas en Dólares Estadounidenses con vencimiento el 31 de diciembre de 2014 CUSIP Nro. 591673AF5 y P6558LAH2;
ISIN US591673AF56 y USP6558LAH26; iii Serie 2 Clase A denominadas en Dólares Estadounidenses con vencimiento el 31 de diciembre de 2014 CUSIP Nro. 591673AG3 y P6558LAJ8;
ISIN US591673AG30 y USP6558LAJ81; y iv Serie 2 Clase B denominadas en Euros con vencimiento el 31 de diciembre de 2014 CM Nro.
025466985 y 025495675; ISIN XS0254669855 y XS0254956757, denominadas en conjunto las Obligaciones Negociables Existentes, que se ha dispuesto convocar una asamblea en los términos del artículo 45 bis de la ley 24.522 para todas las series de las Obligaciones Negociables Existentes la Asamblea a celebrarse el día 24
de febrero de 2012, a las 11:00, hora de Buenos Aires, en la sede de MetroGas, sita en la calle Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360 C1267AAB, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para considerar el siguiente:
ORDEN DEL DIA:
1º Designación de dos asistentes para suscribir el acta junto con el Presidente de la Asamblea.
2º Consideración de la aceptación o rechazo de la propuesta de acuerdo preventivo de acreedores de MetroGas que se encuentre vigente al momento de la Asamblea.
NOTAS:
1 La Asamblea será presidida por el Dr. Enrique Cristian Fox.
2 Los titulares de las Obligaciones Negociables Existentes al día 24 de enero de 2012
la Fecha de Registro que deseen asistir a la Asamblea deberán comunicar su asistencia para su registro hasta el día 16 de febrero de 2012, inclusive, de lunes a viernes de 10:00 a 12:00 y de 15:00 a 17:00, hora de Buenos Aires, en Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A tales efectos, los titulares de las Obligaciones Negociables Existentes deberán completar, firmar y entregar un formulario de asistencia: El formulario de asistencia se encuentra a disposición en el sitio de Internet http: //www.metrogas.com.ar y en la sede social de MetroGas, sita en la calle Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
3 A los efectos de su registro para la asistencia a la Asamblea, los titulares de las Obligaciones Negociables Existentes deberán acreditar su titularidad sobre las mismas a la Fecha de Registro, a satisfacción de MetroGas, mediante la presentación y depósito hasta las 17:00, hora de Buenos Aires, del día 16 de febrero de 2012, en Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la siguiente documentación:
a en caso que concurra por derecho propio:
i si el titular de las Obligaciones Negociables Existentes mantiene su tenencia en un sistema de depósito colectivo nacional, deberá presentar un certificado emitido a su nombre por dicha entidad en los términos del artículo 4º inciso e del Decreto 677/01; o ii si el titular de las Obligaciones Negociables Existentes mantiene su tenencia en un sistema de depósito colectivo extranjero, deberá presentar un certificado emitido por la sociedad administradora de dicha entidad o por un participante en tal sistema de depósito colectivo que acredite su participación o titularidad beneficiaria en el título, acompañada de una declaración jurada del tenedor indicando que no ha transferido los títulos desde que fue certificada su legitimación y que no los transferirá hasta la fecha de la Asamblea;
b en caso que concurra por representación:
el mandatario deberá presentar i el o los certificados indicados en el apartado a anterior; y ii un poder especial conferido por el participante o titular beneficiario, según corresponda, con facultades expresas y suficientes para asistir y votar en la Asamblea;
c todos los documentos deberán presentarse y entregarse con firmas certificadas por escribano público y con su firma legalizada ante el Colegio Público de Escribanos de la jurisdicción

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/01/2012 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date13/01/2012

Page count36

Edition count9389

Première édition02/01/1989

Dernière édition12/07/2024

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