Boletín Oficial de la República Argentina del 23/08/2011 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Martes 23 de agosto de 2011
de la causa N 3213, caratulada Visca Bonelli, Roxana Nora el representación de la AFIP-DGI
su denuncia por infracción a la ley 24.769 cont:
La Independencia S.A., que tramita ante el Tribunal aludido, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde si no lo hiciere y ordenarse su captura. Firmado: Martín Poderti, Secretario.
San Isidro, 4 de agosto de 2011.
e. 19/08/2011 N 102235/11 v. 26/08/2011


JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 2 SECRETARÍA NRO. 5 SAN ISIDRO-BUENOS AIRES

El Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N 2 de San Isidro, Secretaría N 5, cita y emplaza por el término de cinco días a contar desde la última publicación del presente a Edgardo Oscar Cerezuela D.N.I. número 16.866.016 para que comparezca ante esa sede con el objeto de prestar declaración indagatoria en el marco de la causa N 3213, caratulada Visca Bonelli, Roxana Nora en representación de la AFIP-DGI su denuncia por infracción a la ley 24.769 cont: La Independencia S.A., que tramita ante el Tribunal aludido, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde si no lo hiciere y ordenarse su captura.
Firmado: Martín Poderti, Secretario.
San Isidro, 4 de agosto de 2011.
e. 19/08/2011 N 102239/11 v. 26/08/2011


JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 2 SECRETARÍA NRO. 5 SAN ISIDRO-BUENOS AIRES

El Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N 2 de San Isidro, Secretaría N 5, cita y emplaza por el término de cinco días a contar desde la última publicación del presente a Jorge Raúl Coceres D.N.I. número 21.050.344 para que comparezca ante esa sede con el objeto de prestar declaración indagatoria en el marco de la causa N 3213, caratulada Visca Bonelli, Roxana Nora en representación de la AFIP-DGI su denuncia por infracción a la ley 24.769 cont: La Independencia S.A., que tramita ante el Tribunal aludido, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde si no lo hiciere y ordenarse su captura.
Firmado: Martín Poderti, Secretario.
San Isidro, 4 de agosto de 2011.
e. 19/08/2011 N 102241/11 v. 26/08/2011

nal aludido, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde si no lo hiciere y ordenarse su captura.
Firmado: Silvina Mayorga, Secretaria.
San Isidro, 14 de julio de 2011.
e. 19/08/2011 N 102195/11 v. 26/08/2011


JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 2 SECRETARÍA NRO. 5 SAN ISIDRO-BUENOS AIRES

El Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N 2 de San Isidro, Secretaría N 5, cita y emplaza por el término de cinco días a contar desde la última publicación del presente a Hernán Vidal D.N.I. número 23.211.963 para que comparezca ante esa sede con el objeto de prestar declaración, indagatoria en el marco de la causa N 3213, caratulada Visca Bonelli, Roxana Nora en representación de la AFIP-DGI su denuncia por infracción a la ley 24.769 cont: La Independencia S.A., que tramita ante el Tribunal aludido, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde si no lo hiciere y ordenarse su captura. Firmado:
Silvina Mayorga, Secretaria.
San Isidro, 14 de julio de 2011.
e. 19/08/2011 N 102204/11 v. 26/08/2011


JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 2 SECRETARÍA NRO. 5 SAN ISIDRO-BUENOS AIRES

El Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N 2 de San Isidro, Secretaría N 5, cita y emplaza por el término de cinco días a contar desde la última publicación del presente a Javier Vidal D.N.I. número 20.837.002 para que comparezca ante esa sede con el objeto de prestar declaración indagatoria en el marco de la causa N 3213, caratulada Visca Bonelli, Roxana Nora en representación de la AFIP-DGI su denuncia por infracción a la ley 24.769 cont: La Independencia S.A., que tramita ante el Tribunal aludido, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde si no lo hiciere y ordenarse su captura. Firmado:
Silvina Mayorga, Secretaria.
San Isidro, 14 de julio de 2011.
e. 19/08/2011 N 102210/11 v. 26/08/2011

JUZGADO DE GARANTIAS DEL
JOVEN Nº1
SECRETARIA UNICA-DOLORES

JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 2 SECRETARÍA NRO. 5 SAN ISIDRO-BUENOS AIRES

El Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N 2 de San Isidro, Secretaría N 5, cita y emplaza por el término de cinco días a contar desde la última publicación del presente a Gabriel Gerardo Acosta D.N.I. número 22.558.730 para que comparezca ante esa sede con el objeto de prestar declaración indagatoria en el marco de la causa N 3213, caratulada Visca Bonelli, Roxana Nora en representación de la AFIP-DGI su denuncia por infracción a la ley 24.769 cont: La Independencia S.A., que tramita ante el Tribunal aludido, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde si no lo hiciere y ordenarse su captura.
Firmado: Silvina Mayorga, Secretaria.
San Isidro, 14 de julio de 2011.
e. 19/08/2011 N 102202/11 v. 26/08/2011


JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 2 SECRETARÍA NRO. 5 SAN ISIDRO-BUENOS AIRES

El Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N 2 de San Isidro, Secretaría N 5, cita y emplaza por el término de cinco días a contar desde la última publicación del presente a Marcelo Camaño D.N.I. número 17.984.729 para que comparezca ante esa sede con el objeto de prestar declaración indagatoria en el marco de la causa N 3213, caratulada Visca Bonelli, Roxana Nora en representación de la AFIP-DGI su denuncia por infracción a la ley 24.769 cont: La Independencia S.A., que tramita ante el Tribu-

El Juzgado de Garantías del Joven Nº 1 del Departamento Judicial de Dolores, en los autos caratulados: Blanco, Hernán s/Hurto, resuelve:
1º.- Declarar al Menor Blanco, Hernán nacido el dia 13 de febrero de 1994, Argentino, con DNI Nº38.006.678, hijo de María Leonor Blanco, con domicilio en Calle Paseo 106 y Avda. 24 de la localidad de Villa Gesell, No punible por hecho y edad, Sobreseyéndolo Definitivamente en virtud del delito de: Hurto en la presente causa Nº00839-10, Caratulada Blanco, Hernán s/Hurto, de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven Nº1 del Departamento Judicial Dolores, no sometiendo al mismo a proceso penal. 2º.- Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. 3º.- Encontrándose el menor bajo responsabilidad de persona mayor responsable y no siendo del caso dar intervención a los organismos de aplicación establecidos en la ley 13.298 y su respectivo decreto reglamentario, por no registrar el menor antecedentes penales, cesar definitivamente la intervención del juzgado en el marco de la presente causa. 4º Notifíquese al Señor Agente Fiscal y Defensor Oficial del Joven. 5º Líbrese oficio a comisaría para notificar al menor y persona mayor responsable. Regístrese. Fecho, archívese la causa sin mas trámite. 6º Devuélvase la I.P.P. ante el Sr.
Agente Fiscal a sus efectos. Fdo. Maria Fernanda Hachmann Juez de Garantías del Joven Departamental. Asimismo se transcribe el despacho que
BOLETIN OFICIAL Nº 32.218

dispuso el presente: Dolores, Agosto de 2011.
I/ Por recibidas las actuaciones provenientes de Comisaría de Villa Gesell, en la presente Carpeta de Causa Nº00839-10, y atento a lo informado por personal comisionado a efectos de notificar la Resolución Nº001172-10 de fecha 11/06/2010 al joven, Blanco, Hernán DNI Nº38.006.678 y persona mayor responsable, ordénese la notificación de dicha resolución a la mencionada persona mediante edictos conf. Art. 129 del C.P.P., debiendo publicarse los mismos en el Boletín Oficial, por el término de cinco días. II/ A fin de que se de cumplimiento a la publicación de edictos líbrese oficio de estilo por ante el Jefe del Departamento Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Fdo:
Maria Fernanda Hachmann Juez de Garantías del Joven Departamental. Ruego tener a bien remitir a este juzgado el Boletín Oficial donde conste la publicación ordenada.
Dolores, 11 de agosto de 2011.
María Fernanda Hachmann, Juez de Garantías del Joven.
e. 19/08/2011 Nº101891/11 v. 26/08/2011


JUZGADO DE GARANTÍAS DEL JOVEN Nº1 SECRETARÍA UNICA - DOLORES

El Juzgado de Garantías del Joven Nº 1 del Departamento Judicial de Dolores, en los Autos caratulados Carrizo, Matías Ezequiel s/Hurto Resuelve:
1º.- Declarar al Menor Carrizo, Matías Ezequiel, nacido el 18 de octubre de 1992, en Capital Federal, con Documento Nº 37.066.819, hijo de Gabriela Quiñonez y de Oscar Adrián-Carrizo con domicilio en Dicondi Ed 2 Escalera 25 Dep 2 K de Villa Soldati Cap Ferderal, No Punible, Por Hecho, Sobreseyéndolo Definitivamente en la presente causa Nº00779-10, Caratulada Carrizo, Matías Ezequiel s/Hurto en San Bernardo , de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven Nº 1
del Departamento Judicial Dolores, No Sometiendo Al Mismo A Proceso Penal.- 2º.- Declarar que la formación de la presente causa No Afecta Su Buen Nombre.- 3º.- Encontrándose el menor bajo responsabilidad de persona mayor responsable y no siendo del caso dar intervención a los organismos de aplicación establecidos en la ley 13.298 y su respectivo decreto reglamentario, cesar definitivamente la intervención del Juzgado en el marco de la presente causa. Líbrese nuevo oficio a dicha sede a los mismos fines y efectos que el anterior dando cumplimiento al inc. 6 de art 3 de la Ley Convenio 22.172. Notifíquese al Señor Agente Fiscal y Defensor.- Líbrese Oficio a Comisaría para notificar al menor y persona responsableRegístrese.- Fecho, Archívese la Causa sin más Trámite. Devuélvase la IPP ante el Sr.
Agente Fiscal a sus efectos. Fdo Maria Fernanda Hachmann Juez del Juzgado de Garantías del Joven Dptal.
e. 18/08/2011 Nº101102/11 v. 25/08/2011


JUZGADO DE GARANTÍAS DEL JOVEN Nº1 SECRETARÍA UNICA - DOLORES

El Juzgado de Garantías del Joven N 1 del Departamento Judicial de Dolores, en los autos caratulados: Zotelo Martínez, Walter Ramón, Moyano, Sergio Nahuel y Adolfo, Elián Nahuel s/
Hurto, resuelve:
1.- Declarar al menor Zotelo Martínez Walter Ramón, nacido el 9 de febrero de 1993, en Villa Gesell, hijo de Nidia Martínez Lugo, Ramón Sotelo, Documento N 37.201.629, con domicilio en Paseo 115 y Avda. 15 de Villa Gesell, No Punible, Por Hecho, Sobreseyéndolo definitivamente en la causa N 00464-09, Caratulada Zotelo Martínez Walter Ramón, Moyano, Sergio Nahuel y Adolfo, Elián Nahuel s/Hurto, de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 Departamento Judicial Dolores, No sometiendo al mismo a Proceso Penal. 2.-Declarar al menor Moyano, Sergio Daniel, nacido el 29 de enero de 1993,
36

en Villa Gesell, hijo de Silvina Nasmia, Alejandro Moyano, Documento N 37.201.615, con domicilio en Paseo 113 y Circunvalación de Villa Gesell, no punible, por hecho, sobreseyéndolo definitivamente en la causa N 00464-09, Caratulada Zotelo Martínez, Walter Ramón, Moyano, Sergio Nahuel y Adolfo, Elián Nahuel s/Hurto de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1
Departamento Judicial Dolores, no sometiendo al mismo a Proceso Penal. 3.- Declarar al menor Adolfo, Elián Nahuel, nacido el 31 de octubre de 1991, en Villa Gesell, hijo de María del Cármen Adolfo, Documento N 38.936.321, con domicilio en Av. 12 N 413 de Villa Gesell, no punible, por hecho, sobreseyéndolo definitivamente en la causa N 00464-09, Caratulada Zotelo Martínez Walter Ramón, Moyano, Sergio Nahuel y Adolfo, Elián Nahuel s/Hurto, de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 Departamento Judicial Dolores, no sometiendo al mismo a Proceso Penal. 4.- Declarar que la formación de la presente causa, no afecta su buen nombre. 5.- Encontrándose los menores bajo responsabilidad de sus progenitores y de conforrmidad con lo expresamente normado por el art. 3 de la ley 13.298, art. 7 de la ley 26061 y Decreto Reglamentario 415/06, siendo los principios rectores del proceso penal la protección integral de los derechos del niño, reitegración a la familia y a la comunidad, mínima intervención y que el niño asuma una actitud constructiva y responsable ante la sociedad, adquieriendo respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas, entre otros, Corresponde y Así Resuelvo, dar intervención a los organismos de aplicación establecidos en la ley 13.298, todo ello a la luz del interés Superior del niño, principio que forma parte del bloque constitucional art. 3, apartado 1
de la Convención Internacional de los Derechos del Niño y art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional , ante la posible vulneración de derechos que pudiera sufrir Zotelo Martínez Walter Ramón, Moyano Sergio Nahuel y Adolfo Elián Nahuel.
6.- Realizar seguimiento de los menores y su grupo familiar, por el término de seis meses, art.
63 de Ley 13634 debiendo elevar informes periódicos a la sede de este Juzgado de Garantías de Joven N 1 Dtal., sito en Calle Pellegrini N 19
de Dolores. 7.- Ordenar, amplio informe Socio Ambiental, en el domicilio de los menores de autos y su grupo familiar, debiendo establecer si concurre o ha concurrido a establecimiento educacional alguno, grado de.- escolaridad alcanzado, concepto vecinal de grupo familiar, si trabaja concepto del empleador. Notifíquese al menor, sus Representantes Legales. Al Señor Agente Fiscal y Defensor. Devuélvase la IPP ante el Sr.
Agente Fiscal a sus efectos. Fdo. Maria Fernanda Hachmann Juez de Garantías del Joven Departamental.-: Asimismo transcribe el auto que dispuso el presente Dolores, de agosto de 2011. I/
Atento al informe que antecede obrante a fs. 48 y no siendo posible la notificación del menor, en la presente Carpeta de Causa N 00464-09, Caratulada Zotelo Martínez, Walter Ramón, Moyano, Sergio Nahuel y Adolfo, Elián Nahuel s/Hurto de la Resolución N 000568-09 de fecha 09/10/2009
al joven, Zotelo Martínez, Walter Ramón DNI N
37.201.629, ordénese la notificación de dicha resolución a la mencionada persona mediante edictos conf. Art. 129 del C.P.P., debiendo publicarse los mismos en el Boletín Oficial, por el término de cinco días. II/ A fin de que se de cumplimiento a la publicación de edictos líbrese oficio de estilo por ante el Jefe del Departamento Boletín Oficial de la Nación. Fdo: Maria Fernanda Hachmann Juez del Juzgado de Garantías del Joven N 1 Dptal.
Ruego tener a bien remitir a este juzgado Boletín Oficial donde conste la publicación ordenada.
Dolores, 11 de agosto de 2011.
María Fernanda Hachmann, Juez de Garantías de Joven.
e. 19/08/2011 Nº101908/11 v. 26/08/2011

JUZGADOS NACIONALES EN LO CIVIL
Publicación extractada Acordada Nº41/74 C.S.J.N.

3.2. SUCESIONES

Se cita por tres días a partir de la fecha de primera publicación a herederos y acreedores de los causantes que más abajo se nombran para que dentro de los treinta días comparezcan a estar a derecho conforme con el Art. 699, inc. 2º, del Código Procesal en lo Civil y Comercial.

ANTERIORES
Juzg.

Sec.

2

UNICA

Secretario SERGIO DARIO BETCHAKDJIAN

Fecha Edicto 03/08/2011

Asunto JOSE FRANCISCO APREDA Y CONCEPCION BLANCO

Recibo 101219/11

3

UNICA

MARCELO MARIO PELAYO

14/07/2011

GUSTAVO ALEJANDRO GOMEZ

101305/11

5

UNICA

CARLOS E. R. MARTINEZ ALVAREZ

08/07/2011

VIVAS FRANCISCO FEDERICO

101331/11

5

UNICA

CARLOS E. R. MARTINEZ ALVAREZ

08/08/2011

FRANCISCO ROMANELLO

101170/11

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 23/08/2011 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date23/08/2011

Page count40

Edition count9381

Première édition02/01/1989

Dernière édition04/07/2024

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