Boletín Oficial de la República Argentina del 25/11/2010 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Jueves 25 de noviembre de 2010
ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná; se ha ordenado comunicar la parte resolutiva en lo pertinente de fs. 339, de la causa Nº 1366/05, caratulada: Moyano, Marcelo Amado y Otra s/Inf. Art. 282 del C.P., a los fines de la notificación de a Susana Graciela Palavecino, sin apodos, de nacionalidad argentina, D.N.I. Nº18.152.102, nacida el 30 de Abril de 1.966 en la ciudad de Caseros, provincia de Buenos Aires, de estado civil soltera, ama de casa, con instrucción secundaria completa, hija de Ramón Palavecino y de Asunción Tránsito Carrizo, domiciliada en Unamuno y Blanes, Del Viso, Pilar, provincia de Buenos Aires; de acuerdo al siguiente texto que se transcribe: //
raná, 25 de Agosto de 2.010.- Y Vistos: Considerando Resuelve: 1.- Declarar extinguida la acción penal, y en consecuencia Sobreseer art. 336 C.P.P.N. a Susana Graciela Palavecino, sin apodos, de nacionalidad argentina, D.N.I. Nº 18.152.102, nacida el 30 de Abril de 1.966 en la ciudad de Caseros, provincia de Buenos Aires, de estado civil soltera, ama de casa, con instrucción secundaria completa, hija de Ramón Palavecino y de Asunción Tránsito Carrizo, domiciliada en Unamuno y Blanes, Del Viso, Pilar, provincia de Buenos Aires, a quién se le atribuye el delito de expendio o puesta en circulación de moneda extranjera falsa, en grado de tentativa art. 285 en función del art. 284 y art. 42 todos del Código Penal.- Regístrese, notifíquese, líbrense los despachos del caso y, en estado, archívese.Se constituye el Tribunal con los suscriptos en virtud de la existencia de una vocalía vacante art. 109 R.J.N..- Fdo.: Lilia Graciela Carnero - Presidente - Roberto M. López Arango - Juez de Cámara -, Ante Mi: Beatriz María Zuqui Secretaria.
Paraná, 10 de noviembre de 2010.
Beatriz María Zuqui, secretaria.
e. 19/11/2010 Nº140831/10 v. 26/11/2010

TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
CORRIENTES

Por disposición de S. SA. Juez de Ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Dra. Lucrecia M. Rojas de Badaró, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco 5 días, de lo dispuesto en la Sentencia Nº 26 de fecha 25 de Agosto de 2.010, en la causa caratulada: Martínez, Juan Carlos s/Transporte de Estupefacientes, Expediente Nº606/09, respecto a Juan Carlos Martínez, DNI Nº22.840.777, de nacionalidad argentino, sin apodos ni sobrenombres, de profesión remisero, de estado civil casado, instruido, de 36 años de edad, nacido el 09 de Mayo de 1.974 en la localidad de Leandro N. Alem, provincia de Misiones, domiciliado en Barrio Arturo Illia, de la ciudad de su nacimiento, hijo de Carlos Martínez y Yolanda Esther Mendoza, la que dispone: Sentencia Nº 26. Corrientes, 25 de Agosto de 2.010.- y Vistos: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente;
se Resuelve: 1º Condenar a Juan Carlos Martinez, DNI Nº22.840.777, ya filiado en autos, a la pena de cuatro 4 años de prisión, y multa de pesos doscientos veinticinco $225,00, la que deberá hacerse efectiva dentro del termino de treinta 30 días de quedar firme la presente, como autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto reprimido por el articulo 5 Inc. c de la Ley 23.737, mas accesorias y costas legales Art. 12, 40 y 41 del Código Penal, 530 del CPPN 2 3º 4 5º Registrar, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, cursar las demás comunicaciones correspondientes, practicar por secretaría el computo de pena, fijando fecha de su vencimiento Art. 493 del CPPN y oportunamente archivar. Fdo: Dra. Lucrecia M. Rojas de Badaró, -- Dr. Víctor Antonio Alonso - Dr.
Fermín Amado Ceroleni --- Jueces de Cámara.
Ante mí: Dra. Susana Beatriz Campos-- Secretaria Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes.e. 24/11/2010 Nº142645/10 v. 30/11/2010

TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
JUJUY
El tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy en los autos: Gareca Yurquina, Mario s/inf.
Ley 23.737 resuelve:

Segunda Sección Primero: Condenar a Mario Gareca Yurquina de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de cuatro años de prisión, multa de Pesos: Doscientos veinticinco $225, la pena de inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes cocaína, figura prevista y penada por el artículo 5º inciso C de la ley 23.737, con costas.Segundo: Remitir a Mario Gareca Yurquina al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una Unidad carcelaria a su cargo, haciéndole saber a la mencionada institución que deberá evaluar la solicitud de permanencia o traslado efectuada por el nombrado.Tercero: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 13 de Octubre del dio dos mil trece, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.-.
Cuarto: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.Quinto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Mario Gareca Yurquina, para su correspondiente notificación en ese lugar.Sexto: Levantar la inhibición general de bienes de Mario Gareca Yurkuina dispuesta a fs.
67/68 de autos.Séptimo: Mandar que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. René Vicente Casas. Marta Liliana Snopek. Jorge Luis Villada. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 24/11/2010 Nº142618/10 v. 07/12/2010

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Gomez, Cristian Eduardo y Otro s/Infracción a la Ley 23.737, resuelve:
1º Condenar a Cristian Eduardo Gómez y José Luis Barrios, de las demás calidades personales obrantes en autos, a la penas de Cuatro Años y Siete Meses de Prisión, y multa de Pesos Quinientos $500, a cada uno por encontrarlos autores responsables del delito de Tenencia de Estupefacientes cocaína con fines de comercialización, previsto y penado por el artículo 5º, inciso C de la ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el artículo 12 del Código Penal. Con costas. Remitiéndolos al Servicio Penitenciario Federal para que cumplan la pena privativa de la libertad, en una unidad carcelaria a su cargo.
2º Cómputo de la Pena: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 28 de Marzo de 2014, y diez días para el pago la multa y costas del Juicio.
3º Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal y el comiso el dinero secuestrado en autos.
4º Disponer que la lectura de los fundamentos del presente fallo se efectúe el día 24 de Agosto de 2010, a horas doce, en la sede de este Tribunal Artículo 400 del C.P.P.N..
5º Mandar que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Jorge Luis Villada. René Vicente Casas, Juez de Cámara. Marta Liliana Snopek. Ante mí:
Efraín Ase, secretario.
e. 19/11/2010 Nº140819/10 v. 03/12/2010

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Paredes Saldaña, Lucinda s/Infracción a la Ley 23.737, resuelve:
Falla:
Primero: Condenar a Lucinda Paredes Saldaña, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de Cuatro Años de Prisión, multa de Pesos Doscientos Veinticinco $225, con más la pena de inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarla autora penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes cocaína, figura prevista y penada por el artículo 5º inciso C de la ley 23.737, con costas.
Segundo: Remitir a Lucinda Paredes Saldaña al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo, haciéndole saber a la mencionada institución que la nombrada solicitó el traslado a la Unidad Nº31 de Ezeiza por acercamiento familiar.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.035

Tercero: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 23 de Marzo del año dos mil catorce, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.
Cuarto: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Quinto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Lucinda Paredes Saldaña, para su correspondiente notificación en ese lugar.
Sexto: Levantar la inhibición general de bienes de Lucinda Paredes Saldaña dispuesta a fs. 80/81 de autos.
Séptimo: Mandar que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Jorge Luis Villada. René Vicente Casas.
Marta Liliana Snopek. Ante mí: Efraín Ase, secretario.
e. 19/11/2010 Nº140813/10 v. 03/12/2010

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Pérez, Marcelo Antonio s/Inf. Ley 23.737, resuelve:
Primero: Condenando a Marcelo Antonio Lopez, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de cuatro años de prisión, multa de pesos doscientos veinticinco $ 225, con más la pena de inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes Marihuana, figura prevista y penada por el artículo 5º inciso C de la ley 23.737, con costas.Segundo: Remitir a Marcelo Antonio López al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo, haciéndole saber a la mencionada institución que deberá evaluar la solicitud efectuada por el nombrado y disponer la permanencia en el actual lugar de detención o el alojamiento en una unidad de la institución que favorezca a las visitas familiares y coadyuve a la resocialización, cumplimiendo así con el fin de la pena.
Tercero: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 04 de Octubre del año dos mil trece, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.Cuarto: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.Quinto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Marcelo Antonio López, para su correspondiente notificación en ese lugar.Sexto: Levantar la inhibición general de bienes de Marcelo Antonio López dispuesta a fs.
69/71 de autos.Séptimo: Mandar que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. René Vicente Casas. Marta Liliana Snopek. Jorge Luis Villada. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 24/11/2010 Nº142623/10 v. 07/12/2010

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Vasquez Fernandez, Anquilino s/inf. A la ley 23.737
Falla:
Primero: Condenar a Vázquez Fernández, Aquilino de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de Cuatro Años y Tres Meses de Prisión, multa de Pesos: Doscientos Veinticinco $225,00, por encontrarlo autor, penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes, previsto y sancionado por el artículo 5º inciso c de la ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena de conformidad a lo dispuesto por el artículo 12 del Código Penal, con costas.
Segundo: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 01 de Abril del año dos mil catorce, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.
Tercero: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Cuarto: Remitir a Aquilino Vazquez Fernández, al Servicio Penitenciario Federal para que cumplan la pena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.
Quinto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Aquilino
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Vázquez Fernández, para su correspondiente notificación en ese lugar.
Sexto: Levantar la inhibición general de bienes de Aquilino Vázquez Fernández dispuesta a fs. 57/59 de autos.
Septimo: Mandar que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.
René Vicente Casas. Marta Liliana Snopek.
Jorge Luis Villada. Ante mí: Efraín Ase, secretario.
e. 12/11/2010 Nº136772/10 v. 26/11/2010

TRIBUNAL ORAL EN LO
PENAL ECONOMICO NRO. 3
SECRETARIA UNICA

El Tribunal Oral en lo Penal Económico nº 3, Secretaría única sito en Av. Comodoro Py 2002, piso 7º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cita y emplaza por el término de cinco días a Diego Fernando González CIPFA:
17.588.752 a comparecer por ante estos estrados, en la causa 1601, caratulada: González Diego Fernando s/Inf. Art. 302 del C.P., que como causa Nº 12068/2003 tramitara en el Juzgado Nacional en lo Penal Económico nº 6 Secretaría nº 12, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su inmediata captura art. 150 CPPN. Buenos Aires, 10 de septiembre de 2010. Fdo. Dr. Luis A. Imas Juez de Cámara - ante mí - Dra. Paula I. Bellini Secretaria.
Buenos Aires, 10 de septiembre de 2010.
Paula I. Bellini, secretaria.
e. 19/11/2010 Nº140793/10 v. 26/11/2010

El Tribunal Oral en lo Penal Económico nº 3, Secretaría única sito en Av. Comodoro Py 2002, piso 7º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cita y emplaza por el término de cinco días a Sr. Cristian Gabriel Tortorelli DNI Nº:
24.122.269 a comparecer por ante estos estrados, en la causa 1661, caratulada: Tortorelli Cristian Gabriel s/Inf. Ley 22415, que como causa Nº56739/2007 tramitara en el Juzgado Nacional en lo Penal Económico nº 6 Secretaría nº 11, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su inmediata captura art. 150 CPPN. Fdo. Dr. Luis A. Imas Juez de Cámara - ante mí - Dra. Paula I. Bellini - Secretaria.
Buenos Aires, de octubre de 2010.
Paula I. Bellini, secretaria.
e. 19/11/2010 Nº140798/10 v. 26/11/2010

JUZGADO NACIONAL EN LO
CRIMINAL Y CORRECCIONAL
FEDERAL NRO. 11
SECRETARIA NRO. 22

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nº 11 a cargo del Dr. Claudio Bonadio, por ante la Secretaria nº 22 a cargo de la Dra. Laura María Charnis, sito en Av. Comodoro Py 2002 piso 4to, cita y emplaza al Giancarlos Sánchez Vargas, D.N.I. 20.214.069, nacido el 29 de abril de 1968; hijo de Juan Carlos Sanchez y de Jesús Rosario, último domicilio registrado por este Tribunal en la calle Sarmiento 3146 depto. 8 Capital Federal, a efectos de presentarse a estar a derecho en los autos 5532/2010 caratulados Sanchez Vargas Giancarlos s/inf ley 23.737 en el término de tres días de publicado el presente, bajo apercibimiento en caso contrario de declararlo rebelde.
Buenos Aires, 10 de noviembre de 2010.
Claudio Bonadio, juez federal.
e. 24/11/2010 Nº142581/10 v. 26/11/2010

JUZGADO NACIONAL
EN LO COMERCIAL NRO. 1
SECRETARIA NRO. 1

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº1, a cargo del Dr. Alberto Daniel Aleman, Secretaría Nº1, a cargo de la Dra.
Vivian Fernandez Garello, sito en Av. Roque Saenz Peña 1211, 5º piso de esta Capital Federal, comunica por cinco días que con fecha 12 de octubre de 2010, se decretó la quiebra de Asisred Group S.A.,CUIT 30-71016332-0
en la que se designó síndico a Berta Liliana Kraves con domicilio en calle Lavalle 1527 4º Piso 16, de esta capital, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus cré-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 25/11/2010 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date25/11/2010

Page count52

Edition count9380

Première édition02/01/1989

Dernière édition03/07/2024

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