Boletín Oficial de la República Argentina del 18/04/2008 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Viernes 18 de abril de 2008
4º ORDENAR que la lectura de los fundamentos del presente fallo se efectúe el día 31 de Octubre de 2007, a horas doce, en la sede de este Tribunal Artículo 400 del C.P.P.N..5º MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Carlos Rolando Massaccesi.
René Vicente Casas. Marta Liliana Snopek.
Ante mí: Efraín Ase, secretario.
e. 18/04/2008 Nº 576.270 v. 02/05/2008

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:
FALLA:
Primero: CONDENANDO a ROOSEVELT CONDEZO BRAVO, a la pena DE CUATRO AÑOS Y
SEIS MESES DE PRISIÓN, inhabilitación especial para ejercer el comercio por el mismo tiempo de la condena, inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como funcionario o empleado aduanero, miembro de la policía auxiliar aduanera, o de las fuerzas de seguridad, despachante de aduana, agente de transporte aduanero o proveedor de abordo de cualquier medio de transporte internacional y como apoderado o dependiente de cualquiera de estos tres últimos, inhabilitación absoluta por doble tiempo que el de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público, por encontrarlo autor responsable del delito de contrabando importación de estupefacientes, agravado por el destino de comercialización, previsto y penado por el artículo 866 segundo párrafo de la Ley 22.415 y sus modificatorias Código Aduanero, en función del artículo 864 inciso d, in fine, Id, engrado de tentativa, Arts. 871 y 872, Id. con más las inhabilitaciones establecidas por el Art. 876 Id., incisos e por el tiempo de la condena, f y h, en concordancia con el Art. 1026, inc. b Id., sin perjuicio de las que correspondan en sede aduanera y las costas de juicio.Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 01 de Septiembre del año dos mil once, y diez días para el pago de costas del Juicio.Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.Cuarto: REMITIR copia de la presente sentencia al actual lugar, de detención de Roosevelt Condezo Bravo, para su correspondiente notificación en ese lugar.Quinto: REMITIR a Roosevelt Condezo Bravo, al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.Sexto: MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Carlos Rolando Massaccesi. René Vicente Casas. Hugo Marcelo Savio. Ante mí: Efraín Ase, secretario.
e. 18/04/2008 Nº 576.254 v. 02/05/2008

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy por unanimidad:
FALLA:
1º CONDENAR a JUAN CÉSPEDES, de las demás calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, y multa de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO $ 225, por encontrarlo autor responsable del delito de Transporte de Estupefacientes, previsto y penado por el artículo 5º, inciso C de la ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el artículo 12 del Código Penal. Con costas. Remitiendolos al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad, en una unidad carcelaria a su cargo.
2º COMPUTO DE LA PENA: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 17 de Septiembre de 2010, y diez días para el pago de la multa y costas del Juicio.
3º DISPONER la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.4º A LO SOLICITADO POR EL SEÑOR FISCAL GENERAL, respecto del testigo Gregorio Mamaní, ocurra por la vía que corresponda.
5º ORDENAR que la lectura de los fundamentos del presente fallo se efectúe el día 11 de Octubre de 2007, a horas doce, en la sede de este Tribunal Artículo 400 del C.P.P.N..5º MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Carlos Rolando Massaccesi.
René Vicente Casas. Marta Liliana Snopek.
Ante mí: Efraín Ase, secretario.
e. 18/04/2008 Nº 576.267 v. 02/05/2008

BOLETIN OFICIAL Nº 31.387

Segunda Sección
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:
FALLA:
Primero: CONDENANDO a ROBERTO MENDOZA ESTIBARES, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de DOS AÑOS
DE PRISIÓN, multa de PESOS: CIENTO DOCE
CON CINCUENTA CENTAVOS $ 112,50, por resultar el nombrado autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes
cocaína, previsto y sancionado por el artículo 5º inc. c de la Ley 23.737 por aplicación del artículo 29 ter de la Ley 23.737 y las costas del juicio.
Excarcelándolo bajo caución juratoria, conforme los artículos 317 inciso 5º y 320 del C.P.P.N., ordenando su inmediata libertad.
Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 15 de Octubre del año dos mil ocho, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.
Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Cuarto: REMITIR copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Roberto Mendoza Estibares, para su conocimiento y demás efectos.
Quinto: MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Carlos Rolando Massaccesi. René Vicente Casas. Marta Liliana Snopek. Ante mí: Efraín Ase, secretario.
e. 18/04/2008 Nº 576.250 v. 02/05/2008

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy por unanimidad:
FALLA:
Primero: CONDENAR a DEMETRIO CLAROS
RODRÍGUEZ, de las demás calidades personales obrantes en autos, a la pena DE SEIS AÑOS
Y SEIS MESES DE PRISIÓN, inhabilitación especial para ejercer el comercio por cinco años, inhabilitación absoluta por el doble tiempo de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público, inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como funcionario o empleado aduanero, o proveedor de abordo de cualquier medio de transporte internacional y como apoderado o dependiente de cualquiera de estos tres últimos, por encontrarlo autor responsable del delito de Contrabando de Importación de Estupefacientes, agravado por el inéquivoco destino de comercialización, previsto y sancionado por el artículo 864 inciso A, 866 segundo párrafo y 876
incisos E, F y H, del Código Aduanero Ley 22.415, sin perjuicio de las demás sanciones que procedan en sede aduanera artículos 876 y 1026
inciso B del Código Aduanero, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el artículo 12 del Código Penal. Con costas. Remitiendolo al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la pena privativa de la libertad, en una unidad carcelaria a su cargo.Segundo: FIJAR como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 30 de enero de 2013 y diez días para el pago de las costas del Juicio.
Tercero: ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.Cuarto: DISPONER que la lectura de los fundamentos del presente fallo, se efectúe el día 12 de Octubre de 2007, a horas doce en la sede de este Tribunal Artículo 400 CPPN.Quinto: MANDAR que por Secretaría registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Carlos Rolando Massaccesi. René Vicente Casas. Marta Liliana Snopek. Ante mí: Efraín Ase, secretario.
e. 18/04/2008 Nº 576.253 v. 02/05/2008

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy por unanimidad:
FALLA:
Primero: CONDENAR a Raúl Paz Vargas y Jhony Paz Vargas, de las demás calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO
AÑOS DE PRISIÓN y multa de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO $ 225, por encontrarlos autores responsables del delito de Transporte de Estupefacientes, previsto y penado por el artículo 5º inciso C de la ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el artículo 12 del Código Penal. Con costas.
Remitiendolos al Servicio Penitenciario Federal, para que cumplan la pena privativa de la libertad, en una unidad carcelaria a su cargo.
Segundo: COMPUTO DE LA PENA: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la
libertad el día 1º de Junio de 2010, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.Tercero: DISPONER la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Cuarto: ORDENAR que la lecutra de los fundamentos del presente fallo se efectúe el día 4 de Septiembre de 2007 a horas doce, en la sede de este Tribunal Artículo 400 del CPPN.Quinto: MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Carlos Rolando Massaccesi. René Vicente Casas. Hugo Marcelo Savio. Ante mí: Efraín Ase, secretario.
e. 18/04/2008 Nº 576.255 v. 02/05/2008

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:
FALLA:
Primero: CONDENANDO a Prudencio GUTIÉRREZ CHAMANI, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de CUATRO
AÑOS DE PRISIÓN, multa de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO $ 225, con más la pena de inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarlo al nombrado autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes, previsto y penado por el artículo 5º inciso C de la ley 23.737, con costas.
Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 18 de Julio del año dos mil once, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.
Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Cuarto: REMITIR copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Prudencio Gutiérrez Chamani, para su correspondiente notificación. Asimismo, la Cédula de Identidad de Bolivia Nº 7.264.121 del nombrado a los fines del artículo 171 de la Ley 24.660, dejando copia certificada de los mismos.
Quinto: REMITIR a Prudencio Gutiérrez Chamani, al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.
Sexto: MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Carlos Rolando Massaccesi. René Vicente Casas. Marta Liliana Snopek. Ante mí: Efraín Ase, secretario.
e. 18/04/2008 Nº 576.256 v. 02/05/2008

JUZGADO NACIONAL DE 1A
INSTANCIA EN LO CIVIL Y
COMERCIAL NRO. 5
SECRETARIA UNICA
SAN MARTIN-BUENOS AIRES
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 5, a cargo de la Dra. Gladys Mabel Zaldua, Secretaría única, a mi cargo, sito en Avda.
Ricardo Balbín Nro. 1753; Piso 6to, de la Ciudad y Pdo. de San Martín, hace conocer que en los autos caratulados HORMIGONERA TESTA HNOS.
S.A. S/QUIEBRA, la presentacion del informe final y proyecto de distribucion de fondos, ordenándose con fecha 06/03/08, ponerlo a disposicion de los acreedores con la prevencion de que será aprobado si no se formula oposicion dentro del plazo de diez días, a tenor del art. 218, de la Ley 24.522. El presente deberá ser publicado por el plazo de dos días en el Boletín Oficial de la Nacion y de la Pcia de Buenos Aires, sin previo pago, de conformidad con lo dispuesto por el art. 89
L.C.Q.
Gral. San Martín, 28 de marzo de 2008.
Daniel Hugo Moreyra, secretario.
e. 18/04/2008 Nº 576.351 v. 21/04/2008

JUZGADOS NACIONALES EN LO
CIVIL
N 2
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N 2, Secretaría única sito en calle Talcahuano 490 5 piso de la Ciudad de Buenos Aires, en autos CAMMARASANA, Diego Angel c/COSSIO
RIELLA, Ofelia Emma y otros S/ interrupción pres-

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cripción art. 3986 C.C. - ordinario cita por el plazo de cinco días al Señor HORACIO RODOLFO
RODRIGUEZ en los términos del art. 112 del Código Procesal. Publíquese por dos días.
Buenos Aires, 01 de abril de 2008.
Andrés Guillermo Fraga, secretario.
e. 18/04/2008 N 28.790 v. 21/04/2008

N 70
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nro. 70, Sec. Unica, cita y emplaza a herederos de ALEJANDRO BRUZZONE, de TOMAS BRUZZONE, de ALBINA BRUZZONE, de ADELA
BRUZZONE, de HORACIO BRUZZONE, de HUMBERTO BRUZZONE, de AMERICO BRUZZONE
y de FRANCISCO FERRANDO, en los autos: Mazzoletti Esteban c/ Ferrando Francisco s/ Prescripción adquisitiva, expte: 113.958/94 para que en plazo de cinco días comparezcan a estar a derecho, y constituyan domicilio, bajo apercibimiento de designarse al Defensor Oficial. para que lo represente en este juicio. Publíquese por dos días en el Boletín Oficial.
Buenos Aires, 05 de febrero de 2008.
El Secretario Interino.
e. 18/04/2008 N 79.813 v. 21/04/2008

JUZGADOS NACIONALES EN LO
COMERCIAL
N 1
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en Comercial Nº 1, a cargo de la Dra Maria Grabriela Vassallo Secretaría Nº 1, a cargo de la Dra. Vivian Fernandez Garello, sito en Av. Roque Saenz Peña 1211, 5º piso de esta Capital Federal, comunica por cinco días que con fecha 26 de marzo de 2008, se decretó la quiebra de Osvaldo Pinillos, Cuit 20-04981394-6 en la que se designó síndico a Andrea Isabel Sita con domicilio en calle Hipolito Yrigoyen 4027 2º piso D de esta capital, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 6 de junio de 2008.
Se intima al deudor para que cumplimente los siguientes recaudos: a Se abstenga de salir del país sin previa autorización del Tribunal art. 103 L.C..
b Se prohiben los pagos y entrega de bienes al fallido, so pena de considerarlos ineficaces y c Se intima a quienes tengan bienes y documentación del fallido para que los pongan a disposición del síndico en cinco días. d Intimase al fallido para que en el plazo de 48 horas constituya domicilio dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los Estrados del Juzgado. art. 88, inc. 7º L.C..
Buenos Aires, 14 de abril de 2008.
Vivian C. Fernandez Garello, secretaria.
e. 18/04/2008 Nº 576.246 v. 24/04/2008

N 2
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 2, Secretaría 4, sito en Avda. Roque Sáenz Peña 1211, piso 3, de la Ciudad de Buenos Aires, en autos Toyota Credit Argentina S.A. c/ Pamos S.R.L. y otro s/ Ejecución prendaria cita y emplaza a Carlos Alberto MUSSINI, titular del D.N.I. 17.478.571, para que dentro del décimo día contado a partir de la última publicación comparezca a estar a derecho en las actuaciones mencionadas por sí o por medio de apoderado, bajo apercibimiento de designarse al Sr.
Defensor Oficial para que lo represente en el proceso. El presente deberá publicarse por dos días en el BOLETÍN OFICIAL.
Buenos Aires, 9 de abril de 2008.
Martín Terrero, secretario.
e. 18/04/2008 N 112.011 v. 21/04/2008

N 3
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 3 de la Capital Federal a cargo del Dr. Jorge Sícoli, Secretaría N 5 a cargo de la Dra.
María Virginia Villarroel, con sede en Callao N
635 6 piso comunica por dos días que en los autos caratulados MELO HORACIO FABIÁN S/Quiebra Expediente N 105758 se ha presentado Informe Final y Proyecto de Distribución de Fon-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/04/2008 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date18/04/2008

Page count64

Edition count9409

Première édition02/01/1989

Dernière édition01/08/2024

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