Boletín Oficial de la República Argentina del 28/02/2007 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

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Segunda Sección
Miércoles 28 de febrero de 2007
nal el Acta de la elección de las autoridades definitivas, como así también cumplimentar con lo dispuesto en el inc. g del Art. 7º de la Ley referenciada precedentemente, presentación de libros dentro de los dos 2 meses de obtenido el reconocimiento definitivo, a los fines de su rubricación.
5 Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Nación por un 1 día y sin cargo de la Carta Orgánica partidaria y de la presente Resolución Art. 63-Ley 23.298.
6 Hacer saber a la presente agrupación que deberá dar cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 25.600 de financiamiento de los partidos políticos.
7 Comunicar a la Excma. Cámara Nacional Electoral, Ministerio del Interior Dirección Nacional Electoral y de Reforma Política, Tribunal Electoral Provincial acompañando copia de la presente a sus efectos.
8 Protocolícese y hágase saber.
FRANCO ROMAN GRASSI, Juez Federal Subrogante. Dra. LIA M. DE LA C. IBARLIN, Secretaría Electoral Nacional.
AUTORIDADES DE JUNTA DE GOBIERNO
PROVISORIA
Presidente: Dra. Olga Mabel Chacón Vice-Presidente Primero; Nora Anatolia Vaquel Vice-Presidente Segundo: Adriana Torres Secretario General: Olga Argentina Vega Secretario de Acción Política: Jorge Martinez Secretaria de Prensa: María Inés Zapata Vazquez Secretario de Actas: Mario Alfredo Torres Secretaria de la Juventud: María Alejandra Sarmiento Secretaria de la Mujer: Norma Lina Vaquel Secretario de los Técnicos y Profesionales: Silvio Daniel Ortiz.
Secretaria de la Tercera Edad: Cándida Teresa Paez Tesorero: Cr. Jorge Milton Torres Sanchez Pro-Tesorero: Luis Gonzalo Torres Vocal Titular: Miriam de las Mercedes Vedia Vocal Titular: Elizabet Vaquel Vocal Suplente: Sandra Silvina Tello Vocal Suplente: Mabel Alcira Avila Vocal Suplente: María Eugenia Paez Vocal Suplente: Juan Carlos Torres AUTORIDADES PROMOTORAS JUNTA DE
GOBIERNO
Presidente: Dra. Olga Mabel Chacón, D.N.I.
Nº 13.694.157
Vice-Presidente: Nora Anatolia Vaquel, D.N.I.
Nº 16.567.484
Sec. de Finanzas: Cr. Jorge Milton Torres Sánchez D.N.I. Nº 11.496.542
Sec. de Prensa: María Inés Zapata Vazquez Nº 25.302.169
Sec. General: Olga Argentina Vega, D.N.I.
Nº 4.930.073
Vocal: Lina Norma Vaquel, D.N.I. Nº 17.744.591
Vocal: Teresita Paez, D,N,I, Nº 2.252.283
Vocal: Viviana Tapia D.N.I. Nº 17.891.132
Vocal Juan Carlos Torres, D.N.I. Nº 16.152.894

Anatolia Vaquel, Secretario de Finanzas: Señor:
Jorge Milton Torres Sánchez, Secretaria de Prensa a la Señora: María Inés Zapata Vazquez, como Secretaria General, a la Señora: Olga Argentina Vega y como Vocales: Señora: Lina Norma Vaquel, Señora: Teresita Paez, Señora: Viviana Tapia , y al Señor: Juan Carlos Torres, se pone a consideración de todos los presentes lo propuesto, lo que se aprueba en forma unánime.
Pide la palabra el Señor: Jorge Martinez, donde expresa que se hace necesario también reemplazar y cubrir los cargos de Autoridades Provisorias de la Junta de Gobierno del Partido Compromiso Riojano, proponiendo como: Presidente a la Señora: Olga Mabel Chacón, como Vice-Presidente 1º a la Señora: Nora Anatolia Vaquel, como VicePresidente 2º al Señor: Adriana Torres, como Secretaria General a la Señora Olga Argentina Vega, como Secretario de Acción Política al Señor: Jorge Martínez, como Secretario de Prensa a la Señora: María. Inés Zapata. Vazquez, como Secretario de Actas al Señor: Mario Alfredo Torres, como Secretario de la Juventud a la Señorita: María Alejandra Sarmiento, como Secretaria de la Mujer a la Señora: Norma Lina Vaquel, como Secretario de los Técnicos y Profesionales al Señor: Silvio Daniel Ortiz, como Secretaria de la Tercera Edad a la Señora: Cándida Teresita Paez, como Tesorero al Señor: Jorge Milton Torres Sánchez, como Pro-Tesorera a la Señora: Luis Gonzalo Torres, como Vocales Titulares: Miriam de las Mercedes Vedia y Elizabet Vaquel, y como Vocales Suplentes: Sandra Silvina Tello, Mabel Alcira Avila, María Eugenia Paez, y Juan Carlos Torres, se pone a consideración de los presentes, lo que se aprueba por unanimidad.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.105

mientos políticos, pero que fundamentalmente sirva para construir un Proyecto de Provincia, distinto y alternativo a los actuales. Por tal motivo en este acto se suman las voluntades de afiliación al partido y en esa condición poder acceder al desempeño de los cargos electivos que prevé su Carta Orgánica Partidaria. En este acto toma la palabra el Doctor Carlos Alberto Chacon, quién manifiesta su beneplácito por la voluntad de los dirigentes que quieren integrarse al partido para el engrandecimiento del pueblo de la Provincia de La Rioja, y propone a los presentes lo siguiente: La creación de una Junta de Gobierno Provisorio Provincial que convoque a un Congreso Extraordinario para el día 08 de Abril de 2.005, a llevarse a cabo en un lugar a determinar, con la finalidad de aprobar la Carta Orgánica Partidaria y convocar a elecciones internas de autoridades partidarias, conforme al acta que a continuación se transcribe en su totalidad. Propuesta la moción a la consideración de los presentes se aprueba la misma por aclamación, procediéndose seguidamente a la redacción del acta compromiso de las nuevas autoridades partidarias a elegirse en el congreso extraordinario convocado y que queda redactada en los siguientes términos.
ACTA: AUTORIDADES PROMOTORAS: A voluntad de los presentes las autoridades promotoras del Partido Compromiso Riojano, tendrán como misión promover la convocatoria al Congreso Extraordinario de Abril y la formación de las Juntas de Gobierno. Las Autoridades promotoras serán las siguientes:
CARTA ORGANICA
TITULO PRIMERO

A continuación pide la palabra la Señora: Cándida Teresita Paez, quien manifiesta, que también es necesario reemplazar y cubrir los cargos de Apoderdos Titulares y Suplentes, como así también los responsables de Certificación de firmas y responsables de Afiliaciones, quien propone para los mismo, como Apoderada Titular, a la Señora:
Olga Mabel Chacón y Apoderada Suplente, a la Señora: Olga Argentina Vega, como responsable de las afiliaciones a la Señora: Nora Anatolia Vaquel y al Señor: Jorge Martinez, y como responsables de Certificación de firmas a la Señora: Olga Argentina Vega y a la Señora: Lina Norma Vaquel, propuesta que se pone a consideración de los presentes la que se aprueba por amplia mayoría Sin más temas que tratar se da por finalizada la asamblea.
DECLARACION DE PRINCIPIOS
El Partido Compromiso Riojano es una fuerza política con una única esencia federal, que aspira a tener la obligación de generar la verdadera transformación de la realidad de nuestra querida provincia de La Rioja.
Proponiendo la construcción de un prospera provincia que nos contenga e involucre a cada habitante riojano, más allá de sus ideas políticas, en un proyecto común que se pueda llevar a cabo.
Confiamos en nuestro futuro como Provincia y queramos ser activos participantes del cambio, asumiendo con mucha responsabilidad de ser los propulsores de la verdadera transformación de La Rioja y de la Patria.

DEL PARTIDO
ARTICULO 1º: Con el nombre Compromiso Riojano queda constituido en la Ciudad de La Rioja el Partido Político que actuara de acuerdo con la Declaración de Principios y el Programa de Bases de Acción Política que integran su acta fundacional.-

Los objetivos que definimos se basan en darle un marcado empuje a la modernización y respuestas acertadas y rápidas a los problemas que surgen en una Sociedad en constante marginación.
Por lo que estamos convencidos de que ningún riojano debe estar excluido de la sociedad, para vivir dignamente, apuntado a garantizar Libertad, Progreso y Participación, para una rioja más justa.Debemos de lucha para desterrar definitivamente de nuestra tierra los modelos de políticas que por mas de una década nos condujeron a la pobreza, al desempleo, a la inseguridad, a la falta de salud, etc.

TITULO SEGUNDO
DE LOS AFILIADOS Y ADHERENTES
ARTICULO 3º: Son afiliados a Compromiso Riojano todos los ciudadanos que estando en el ejercicio de sus derechos políticos se inscriben en sus registros. La calidad de afiliado se adquiere a partir de la resolución de los organismos partidarios que aceptaren la solicitud respectiva y su aprobación por la justicia con competencia electoral.
ARTICULO 4º: Será autoridad competente para aceptar la afiliación y presentarla ante la Justicia Electoral la Junta de Gobierno. La firma del registro de afiliados o la ficha de afiliación lleva implícita la declaración de que el titular conoce y acepta la Carta Orgánica, Declaración de Principios y Programa de Acción Política. El rechazo de una solicitud de afiliación por la Junta de Gobierno deberá ser fundado y el interesado podrá recurrirlo ante aquella dentro de los cinco días de notificado. La Junta de Gobierno adoptara la decisión definitiva.
ARTICULO 5º: La calidad de afiliado se extingue:
A Por renuncia.

Seguidamente pide la palabra la dirigente Olga Argentina Vega, quien manifiesta que debido a lo expresado por la compañera preopinante considera también necesario reemplazar y cubrir dichos cargos, teniendo en cuenta que estamos reunidos la mayoría de los integrantes de Compromiso Riojano, por lo tanto propongo y pongo a consideración de todos los presentes, que los cargos a cubrir en la Autoridades Promotoras Junta de Gobierno del Partido Compromiso Riojano en formación como Presidente a la Señora: Olga Mabel Chacón, como Vice-Presidente: a Señora: Nora
Las crisis nos obligan a generar cambios y debemos ser los principales artífices de un anhelado cambio.ACTA CONSTITUTIVA
En la ciudad de La Rioja, a los diecisiete días del mes de Marzo del año Dos Mil Cinco, en la calle Rivadavia Nº 1057, se da por iniciada una asamblea de dirigentes políticos, que en este acto manifiestan su voluntad de formar un partido político que pueda contener y cristalizar los pensa-

A Respetar y hacer observar la Carta Orgánica, la Doctrina y el Programa del Partido.
B Realizar la labor de proselitismo y colaboración que le fuera solicitada por los organismos partidarios.
ARTICULO 7º: Son derechos de los afiliados elegir, ser elegidos y participar en los actos electorales, asambleas y consultas partidarias, en la forma y modo que establezcan esta Carta Orgánica y sus Reglamentaciones.
ARTICULO 8º: Son adherentes al partido:
A Los argentinos de entre 14 y 18 años, los que luego pasaran a la condición de afiliados.
B Los extranjeros mayores de 18 años, respecto de los cuales se llevara un registro especial a los efectos de facilitar el ejercicio de los derechos que les permite la legislación vigente. El extranjero que se nacionalizare argentino podrá solicitar su afiliación, cumpliendo los requisitos dispuestos por la presente Carta Orgánica.
ARTICULO 9º: Los adherentes cumplirán los mismos requisitos y tendrán iguales limitaciones que las establecidas por los afiliados. La Junta de Gobierno decidirá sobre la aceptación o el rechazo de las adhesiones. Podrán participar en Asambleas, Comisiones y Consultas Partidarias, con voz pero sin voto. Tendrán las mismas obligaciones que los afiliados.
TITULO TERCERO
DE LAS AUTORIDADES PARTIDARIAS.
ARTICULO 10º: Son autoridades del partido:
A La Convención Distrital.
B La Junta de Gobierno.
C El Tribunal de Disciplina.
D Las Juntas Comunales.

ARTICULO 2º: Constituyen el partido la totalidad de sus afiliados, quienes participaran en la dirección, gobierno, administración y fiscalización del mismo de acuerdo con las normas y procedimientos que se establezcan en esta Carta Orgánica. Queda garantizada la participación de los afiliados y de las minorías en el gobierno y la administración del partido y en la elección de autoridades partidarias y candidatos a cargos públicos electivos. Quienes sean afiliados a partidos qué conformen confederaciones con Compromiso Riojano, podrán aspirar a ocupar cargos de gobierno o administración en igualdad de condiciones a los afiliados.

ACTA:
En la Ciudad de La Rioja, a los dos días de mes de Septiembre del año Dos Mil Seis, en calle Rivadavia Nº 1.057, se da por iniciada el asamblea de dirigente políticos, que en éste acto la dirigente Nora Anatolia Vaquel, solicita la palabra para manifestar que debido a la no continuidad de los compañeros Vera Martinez, Adrian, Mosca, Maximiliano y Ramírez Mariana en éste Partido Compromiso Riojano en formación, por cuanto decidieron formar una nueva agrupación política, es que considero necesario señores compañeros, que tenemos que reemplazar y cubrir los cargos vacantes que ocupaban los compañeros que acabo de mencionar.-

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B Por inhabilidad o impedimento que se funde en disposiciones legales vigentes.
C Por expulsión. La expulsión procederá en forma automática en el caso de integrar listas de candidatos de otros partidos políticos y/o alianzas electorales sin la previa autorización de la Convención Distrital.
ARTICULO 6º: Son obligaciones de los afiliados:

E Los Centros Comunales.
ARTICULO 11º: La Convención Distrital es el organismo superior del Partido y representa la soberanía partidaria. La cantidad de convencionales a elegir por cada Comuna será de cuatro 4 mas uno 1 por cada quinientos 500 votos validos emitidos o fracción de doscientos cincuenta 250 en cada uno de ellos, en la elección respectiva. Al solo efecto de confeccionar la lista de los mismos, se incluirán cuatro candidatos, mas uno por cada quinientos 500 afiliados conque cuenta cada Comuna.
Será sede permanente de la Convención Distrital la Ciudad Capital de La Rioja, pero podrá efectuar sus reuniones ordinarias o extraordinarias en otro lugar por decisión de la mayoría de los miembros de la mesa directiva. En tal caso deberá notificar en forma fehaciente a los convencionales con una anticipación mínima de siete 7 días.
ARTICULO 12º: Los integrantes de la Convención Distrital no deberán acreditar antigedad alguna de su afiliación, en un plazo de dos 2 años a partir de la entrada en vigencia de la presente Carta Orgánica. Si deberán en cambio reunir las cualidades exigidas para ser legisladores de la provincia. Los convencionales duraran cuatro 4
años en sus funciones y podrán ser reelectos.
ARTICULO 13º: La Convención Distrital se reunirá ordinariamente una vez por semestre y podrá ser convocada por su Presidente o quien lo sustituya en caso de vacancia o impedimento.
Podrá ser convocada a reunión extraordinaria cuando lo resuelva su Mesa Directiva, la Junta de Gobierno o la tercera parte, como mínimo, de los delegados que componen la Convención Distrital.
ARTICULO 14º: Una vez constituida la Convención Distrital, la misma procederá a designar una Comisión de Poderes formada por dieciséis 16
miembros, que se expedirá sobre la validez del mandato de los convencionales electos aconsejando su aceptación o rechazo. Una vez concluido el cometido de la Comisión de Poderes, la Convención resolverá como único juez de los títulos de sus miembros.
ARTICULO 15º.- La Convención Distrital designara de su seno, por simple mayoría de votos, una Mesa Directiva Integrada por Uno 1 Presidente, Uno 1 Vicepresidente Primero, Uno 1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 28/02/2007 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date28/02/2007

Page count48

Edition count9406

Première édition02/01/1989

Dernière édition29/07/2024

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