Boletín Oficial de la República Argentina del 27/04/2006 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Jueves 27 de abril de 2006
del mismo nombre, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, que es parte de la Chacra CUARENTA Y SIETE, de la Sección C, designándose en un plano especial que cita su título como fracción de letra A compuesto de 342,50 mts.
al NO y SE, por 353,555 mts al NE y SO, o sea 12 Has. - 10 áreas - 92 ca 5.875 cm2., lindando al NO con parte de la Chacra 34 y calle en medio, al SO con parte de la Chacra 46, prolongación de la Avenida Primera Junta en medio, ambas de la misma Sección C; al NE con fracción B; al SE con la fracción D, ambas de su chacra. NOMENCLATURA CATASTRAL: Circunscripción II - Sección B - Chacra 143 - Parcela 4 - MATRICULA 34940 de Tres Arroyos 108. Según Plano aprobado bajo la característica 108-14-96 de la Parcela 4 se originan las Parcelas 4 A Partida Nº 108-15075 y 4 B
Partida Nº 108-59495 De acuerdo al plano de mensura y afectación característica 108-31-70
se afecta camino para construcción de la Ruta Provincial Nº 228, una superficie de cero hectáreas - ochenta y dos áreas - cincuenta y nueve centiáreas, quedando UNA SUPERFICIE
REMANENTE DE ONCE HECTÁREAS - VEINTIOCHO AREAS - TREINTA Y TRES CENTIAREAS - CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO CENTÍMETROS CUADRADOS.
Según constatación efectuada por el Sr. Escribano Dr. Marcelo Alejandro SENRA obrante en autos a Fs 293/95 el inmueble se encuentra ubicado en la localidad de TRES ARROYOS, Provincia de Buenos Aires, sobre Ruta Provincial Nº 228 entre el Kilómetro 130 y 131 rumbo a Necochea sobre mano izquierda - CONSISTE EN UNA PLANTA DESTINADA A ACOPIO Y ALMACENAJE CON OFICINAS Y BASCULA. Las instalaciones más destacadas son:
a.- Tinglado de 30 x 40 mts. por 8 a 12 mts. de altura máxima, con techos y paredes metálicas; con sinfín y motores en el exterior; tablero eléctrico de comando; noria central con motor;
y cámara subterránea con motor, son en total 13 motores; rejilla de descarga con tinglado parabólico; y sobre la pared de la celda un tablero eléctrico; galpón de 30 x 20 mts.; casa de material abandonada; Oficinas: laboratorio;
habitación; cocina; baño y Báscula para 80 toneladas, Etc Todo en buen estado de conservación y DESOCUPADA, haciéndose la aclaración que la tenencia y vigilancia del inmueble obra en poder de la actora según Acta de fecha 28 de Octubre de 2005. Esta venta se efectúa al contado y al mejor postor: BASE:
$ 1.588.000 En el momento de finalizado el remate el comprador deberá abonar: SEÑA: 30%
- COMISION: 3% más el IVA correspondiente sobre dicha comisión - SELLADO DE LEY 1%
- ARANCEL SALON DE REMATE: $ 1.000 todo en dinero en efectivo o mediante cheque personal certificado a la orden del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Tribunales y a nombre de estas actuaciones. Para el caso de fracasar la subasta por falta de postores, a continuación se efectuará otro remate con la base reducida un 25% $ 1.191.000, y de persistir la falta de ofertas, seguidamente saldrá a la venta sin base Art. 61 de la Ley 24.441. - Deudas: Servicios Sanitarios: Parcela 4 B: no adeuda al 24/1/06 Fs 345 - Parcela 4 A: no adeuda al 24/1/06 Fs 343 - Impuestos Municipales: Parcela 4 B: sin deuda al 24/1/06 Fs 340
- Parcela 4 A: $ 257,92 al 24/1/06 Fs 342. Rentas: $ 1.317,90 al 30/11/05 Fs 383. En caso que el monto obtenido en la subasta no alcanzare para afrontar el pago de las deudas que registre el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones, el adquirente solo responderá por aquellas a partir de la fecha en que tomare posesión del bien. El saldo de precio se abonara en efectivo dentro del quinto día de realizada la subasta en el lugar, día y hora que se estipule en el Boleto de compraventa bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 62 y concordantes de la citada ley. El comprador deberá constituir domicilio legal dentro del radio de la Capital Federal. NO PROCEDE LA
COMPRA EN COMISION - Días de exhibición:
19 y 20 de ABRIL de 2006, en el horario de 10,00 a 13,00 Horas. La actuación judicial tramita por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 72 a cargo del Dr. Luis A. DUPOU - Secretaría única a cargo del Dr.
Daniel H. RUSSO, sito en la calle Uruguay Nº 714 - Piso 6º de Capital Federal, en los autos caratulados: SYNGENTA AGRO S.A. c/
UMA GRANDE SRL s/Ejecución Especial Ley 24.441 Ejecutivo Expediente Reservado Nº 21.481/2003. Buenos Aires, 10 de abril de 2006.
Enrique R. Lanusse, martillero.
e. 26/04/2006 Nº 42.618 v. 28/04/2006

3. Edictos Judiciales
3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS

ANTERIORES

TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
PARANA
EDICTO: Por disposición del Sr. Presidente del Excmo. Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, Dr. David Alejandro Chaulet; se ha ordenado comunicar la parte resolutiva en lo pertinente de fs. 216 vtra., de la causa Nº 666/01, caratulado FURIATI LUIS ALBERTO - USO DOC. PCO.
ADULTERADO, que se tramitara ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de la notificación de Luis Alberto Furiati, argentino, D.N.I. Nº 12.552.081, nacido el 28 de Diciembre de 1.954, en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, de ocupación electricista, domiciliado en San Ramón N 2844, Moreno, Provincia de Buenos Aires, hijo de Domingo Roberto Cayetano Furiati y de Ramona Nely González; de acuerdo al siguiente texto que se transcribe: //-raná, 5 de Abril de 2.006.- Y VISTOS CONSIDERANDO
RESUELVE: 1.- DECLARAR EXTINGUIDA LA
ACCIÓN PENAL, y en consecuencia SOBRESEER arts. 76 ter, 4to. parr. del Código Penal y 336 inc. 1 y 361 del C.P.P.N. a Luis Alberto Furiati - Fdo. David Alejandro Chaulet - Presidente -, Lilia Graciela Carnero - Juez de Cámara -, Roberto M. López Arango - Juez de Cámara -, ante Mi:
Beatriz María Zuqui - Secretaria.
e. 21/04/2006 Nº 510.678 v. 27/04/2006

EDICTO: por disposición del Sr. Presidente del Excmo. Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, Dra. Lilia Graciela Carnero; se ha ordenado comunicar la parte resolutiva en lo pertinente de fs. 140 vta., de la causa Nº 1047/03 caratulado: TALLONE GASTÓN A. - USO DOC. AUTOM. ADULTERADO, que se tramitara ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de la notificación de Gastón Alfredo Tallone, argentino, D.N.I. Nº 23.102.201, nacido el 28 de Diciembre de 1.972, en la ciudad de Buenos Aires, de instrucción secundaria completa, de ocupación comerciante, domiciliado realmente en Paso 2517, de Lomas del Mirador, Partido de La Matanza, hijo de Carlos Alfredo Tallone y Ana María Edward; de acuerdo al siguiente texto que se transcribe: //-raná, 29 de Marzo de 2.006.- Y
VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVE: 1.1 DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCION PENAL, y en consecuencia SOBRESEER art. 336
C.P.P.N. a Gastón Alfredo Tallone art. 76 ter del Código PenalFdo Lilia Graciela Carnero - Presidente -, David Alejandro Chaulet - Juez de Cámara -, Roberto M. López Arango - Juez de Cámara-, Ante Mi: Beatriz María Zuqui - Secretaria.
e. 21/04/2006 Nº 510.669 v. 27/04/2006

TRIBUNAL ORAL
EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL
JUJUY
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal De Jujuy, por unanimidad:
FALLA: 1º CONDENAR a Jorge Washington MASGO MENA, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS y SEIS MESES de prisión, INHABILITACION ESPECIAL para ejercer el comercio por el mismo tiempo de la condena, INHABILITACION ABSOLUTA por el doble tiempo de la condena, para desempeñarse como funcionario o empleado público e INHABILITACION ESPECIAL PERPETUA
para desempeñarse como miembro de las fuerzas de seguridad, funcionario o empleado aduanero o proveedor de abordo de cualquier medio de transporte internacional y como apoderado de cualquiera de estos tres últimos, por encontrarlo
BOLETIN OFICIAL Nº 30.894

autor responsable del delito de contrabando de importación de estupefacientes, agravado por el inequívoco destino de comercialización, previsto y sancionado por el art. 866 2º párrafo, en función del artículo 864 inciso a y artículo 876 incisos e f y h del Código Aduanero Ley 22.415, sin perjuicio de las demás sanciones que procedan en sede aduanera artículos 876 y 1026 inciso b del Código Aduanero. Con costas. Remitiéndolo al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo. 2º COMPUTO DE PENA:
Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 30 de Julio de 2009 y diez 10 días para el pago de las costas del juicio. 3º ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal. 4º DISPONER que la lectura de los fundamentos del presente fallo, se efectúe el día 26 de octubre del corriente a horas 12:00, en la sede de este Tribunal artículo 400 del C.P.P.N.. 5º MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.
René Vicente Casas, presidente. Hugo Marcelo Savio. Carlos Rolando Massaccesi. Ante mí:
Efraín Ase, secretario.
e. 26/04/2006 Nº 510.965 v. 10/05/2006

POR UNANIMIDAD, FALLA: 1º ABSOLVER DE
CULPA Y CARGO a Ricardo Daniel Toconas, Agustín Francisco Toconas y Sebastián Nicolás Chaira, de las calidades personales obrantes en autos, del delito de transporte de estupefacientes, agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo, por el que fueran acusados, por el beneficio de la duda, conforme el art. 3º del C.P.P.N. Ordenando su inmediata libertad. 2º ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado estupefacientes, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
3º DISPONER que la lectura de los fundamentos del presente fallo, se efectúe el día 23 de Diciembre de 2003 a horas 12:00, en la sede de este Tribunal art. 400 del C.P.P.N.. 4º MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.
Efrain Ase, secretario.
e. 25/04/2006 Nº 510.836 v. 09/05/2006

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:
FALLA: Primero: CONDENANDO a EDGAR
BLANCO LEDESMA y SILVIA GONZÁLEZ, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de CUATRO AÑOS Y UN MES DE PRISION, multa de PESOS: DOSCIENTOS VEINTICINCO $ 225, la inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarlos autores penalmente responsables del delito de Transporte de Estupefacientes, previsto y penado por el artículo 5º inciso C de la ley 23.737, con costas. DecIarandolos reincidentes por primera vez. Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 15 de Noviembre del año dos mil ocho, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio. Tercero:
ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal. Cuarto:
Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Edgar Blanco Ledesma y Silvia González, para su correspondiente notificación en ese lugar. Quinto: REMITIR a Edgar Blanco Ledesma y Silvia González, al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo. Sexto: MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.
Rene Vicente Casas. Hugo Marcelo Savio.
Rolando Massaccesi. Ante mí: Efraín Ase, secretario.
e. 26/04/2006 Nº 510.964 v. 10/05/2006

FALLA: Primero: CONDENANDO a VALOIS
CHOQUE FLORES, a la pena DE CUATRO AÑOS
Y SEIS MESES DE PRISIÓN, inhabilitación especial para ejercer el comercio por el mismo tiempo de la condena, inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como funcionario o empleado aduanero, miembro de la policía auxiliar aduanera, o de las fuerzas de seguridad, despachante de aduana, agente de transporte aduanero o proveedor de abordo de cualquier medio de transporte internacional y como apoderado o dependiente de cualquiera de estos tres últimos, inhabilitación absoluta por doble tiempo que el de la
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condena para desempeñarse como funcionario o empleado público, por encontrarlo autor responsable del delito de Contrabando de Importación de Estupefacientes, agravado por el destino de comercialización, previsto y penado por el artículo 866 segundo párrafo del Código Aduanero, en función del artículo 863, en grado de tentativa, sin perjuicio de las sanciones que correspondieran en sede aduanera, con costas. Segundo: FIJANDO
como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 1 de Septiembre del año dos mil nueve, y diez días para el pago de las costas del Juicio. Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal. Cuarto: REMITIR copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Valois Choque Flores para su notificación en ese lugar.
Quinto: REMITIR a Valois Choque Flores, al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo. Sexto: MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Rene Vicente Casas, Presidente. Carlos Rolando Massaccesi. Hugo Marcelo Savio. Ante mí:
Efraín Ase, secretario.
e. 18/04/2006 Nº 510.292 v. 02/05/2006

FISCALIA FEDERAL
SAN ISIDRO
La Fiscalía Federal de la ciudad de San Isidro Pcia. Bs. As., cita y emplaza a JUAN ALBERTO
BÁEZ, de nacionalidad argentino, de 23 años ede dad, D.N.I nro. 29.500.797, nacido el día 30 de Abril del año 1982 en la ciudad de San Isidro Pcia.
Bs. As., con último domicilio conocido en la calle Liniers nro. 1334 de la localidad de San Isidro, Partido del mismo nombre Pcia. Bs. As., para que dentro de las 48 horas desde la último publicación de este, se presente ante la Fiscalía Federal, sita en la calle Belgrano 344, 2do. Piso San Isidro, con el objeto de ampliar su declaración a tenor del artículo 353 bis del Código Procesal Penal de la Nación, en la causa nro. 2803/05 que se le sigue por Infracción Ley 23.737, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su captura.
San Isidro, 11 de abril de 2006.
Federico G. López Spada, secretario adjunto.
e. 26/04/2006 Nº 510.983 v. 03/05/2006

JUZGADOS NACIONALES
EN LO CIVIL
Nº 20
Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 20, a cargo de la Dra. Ana Inés Sotomayor, Secretaría única, a cargo interinamente del Dr. Juan Carlos Pasini, notifica a los herederos Claudia Graciela Gallo y José Luis Gallo en autos Gallo José Luis s/sucesión ab-intestato expte Nº 250.908/1987, de la renuncia al patrocinio efectuada por el Dr. Héctor M. Kremer, y el requerimiento a que comparezcan con nuevo patrocinio, bajo apercibimiento de designarse al Defensor Oficial para que los represente en juicio. Publíquese por dos días.
Buenos Aires, 11 de noviembre de 2005.
Juan Carlos Pasini, secretario.
e. 26/04/2006 Nº 56.156 v. 27/04/2006

Nº 25
El Juzgado Nacional en lo Civil Nº 25, Secretaría única, en autos DE ALMEIDA BEATRIZ SUSANA c/ SOSA ALVARO MARIA ALBERTO s/ DIVORCIO ART. 214 INC. 2DO. CODIGO CIVIL cita y emplaza al demandado para que dentro del plazo de quince días comparezca a tomar la intervención que le corresponda en autos, bajo apercibimiento de designarse al Defensor Oficial para que lo represente en juicio. Publíquese por dos días en el Boletín Oficial.
Buenos Aires, 12 de diciembre de 2005.
María Cecilia Albores, juez nacional.
e. 26/04/2006 Nº 56.136 v. 27/04/2006

JUZGADOS NACIONALES
EN LO COMERCIAL
Nº 2
El Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Comercial No. 2, Secretaría No. 4 de Capital Fede-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/04/2006 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date27/04/2006

Page count60

Edition count9392

Première édition02/01/1989

Dernière édition15/07/2024

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