Boletín Oficial de la República Argentina del 24/09/2002 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

24 Martes 24 de setiembre de 2002

BOLETIN OFICIAL Nº 29.990 2 Sección
de Capital. 2 Cambió la Jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y fijó su domicilio legal en la calle Tucumán 834, Piso 7 Ciudad de Buenos Aires. 3
Transforma su naturaleza jurídica de S.C.A. a S.A.
Autorizado - Angel N. Politi e. 20/9 N 5911 v. 24/9/2002

L
LATIN CONTROL Sociedad Anónima Se invita a los Sres. Accionistas de la Sociedad a ejercer, dentro del plazo previsto por el artículo 194 de la Ley 19.550, el derecho de preferencia y de acrecer previsto por aquella norma, con relación a las acciones que deberán emitirse como consecuencia del aumento de capital social a la suma de pesos 120.000 aprobada por la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas celebrada el día 9 de septiembre de 2002.
Presidente - Darío Sayegh e. 20/9 N 5996 v. 24/9/2002

P
P. CABALLERO ORTIZ S.A.
ESCISION.
Conforme con lo dispuesto por el Art. 88 de la Ley de Sociedades Comerciales, se hace saber por tres días que la Sociedad P. CABALLERO
ORTIZ S.A., con domicilio en Maipú 350, 7 A, Capital Federal, resolvió en Asamblea General Extraordinaria Unánime de fecha 27/03/02, aprobar la escisión de la Sociedad y, en base al Inventario y Balance Especial confeccionados al 31/12/01, que se ponen a disposición de los acreedores en la Sede Social, de la que resulta que la Sociedad tiene un Activo de $ 1.275.501,11 y un Pasivo de $ 264.679,52, ha resuelto proceder a la escisión de parte de su patrimonio destinado activos por un total de $ 69.058 a la Sociedad CABALLERO ORTIZ Y POZZI S.A. con domicilio en la calle Maipú 350, 7 B de la Ciudad de Buenos Aires. Oposiciones durante el término de ley en la Sede Social: Maipú 350, 7 A, Capital Federal. Se aclara que ni la Sociedad escindente ni la escisionaria se hallan comprendidas en el Art. 299 L.S.C.
Buenos Aires, 10 de septiembre de 2002
Presidente - Paulino Caballero Ortiz e. 23/9 Nº 6033 v. 25/9/2002

matrícula 12.913, N.C.: C. IX, Parcela 895, superficie: 69ha, 34ae, 94ca, 40dm2; deudas: Rentas $ 5.483,32 al 30-06-02, Municipalidad $ 1.459,11
al 22-07-02. Del acta notarial surge que el campo tiene frente al antiguo camino de Lobos a Cañuelas, que corre paralelo a la Ruta Nac. 205, y cuyo ingreso al predio se encuentra aproximadamente a la altura del Km 98, compuesto de las siguientes instalaciones: una casa con galería de cuatro ambientes, baño y cocina; una construcción semicubierta con parrilla con mesada; horno de barro;
un quincho; un galón; una pileta sin motor y sin filtro; tres molinos, dos que funcionan en condiciones y uno fuera de servicio; otro galpón semicubierto con techo de chapa y paredes de ladrillo y piso de material en buen estado; otro galpón utilizado para guardar cereal construido con bloques de cemento en buen estado; otro tinglado grande con techo de chapa en regular estado;
veinte bebederos de chapa para animales; una casa en buen estado con garage, living, cocina comedor y tres habitaciones; un tinglado semicubierto con paredes de ladrillo techo de chapa y piso de material. En todo el campo se visualiza que los alambrados y las tranqueras se encuentran en buen estado y que existe una línea de energía eléctrica que provee a las distintas instalaciones mencionadas. Esta venta se realiza al contado y al mejor postor; Base $ 1.015.627,26; Seña 30%, Comisión 3% más IVA., Sellado de ley 0,5%, y Arancel 0,25%, todo en efectivo en el acto del remate. En caso que el monto obtenido en la subasta no alcanzare para afrontar el pago de las deudas que registre el inmueble impuestos, tasas y contribuciones, el adquirente sólo responderá por aquéllos a partir de la fecha en que tomare posesión del bien. El saldo de precio deberá ser integrado al momento de realizarse la tradición del inmueble al comprador, circunstancia esta que le será comunicada en forma fehaciente al domicilio que se constituya al momento de adquirir el inmueble. El comprador deberá constituir domicilio en la Capital Federal. No procede la compra en comisión. La actuación judicial se caratula:
ALBERGHINI, OSCAR ALBERTO c/DI LORENZO, MARIA LUCIA s/Ejecución Especial Ley 24.441 Exp. 40.906/02, ante el Juzgado Nacional de 1ra inst. en lo Civil N 48, sito en la calle Uruguay N 714, 3er. piso de la Capital Federal.
Exhibición: del 5 al 8 de octubre de 2002 de 10 a 12 hs.
Buenos Aires, septiembre 11 de 2002.
Alejandro M. Alvarez Noblia, martillero.
e. 23/9 N 38.536 v. 25/9/2002

3. Edictos Judiciales
2.4 REMATES COMERCIALES

ANTERIORES
El Martillero Alejandro M. Alvarez Noblia, TE
4371-5283 comunica por 3 días por cuenta y orden del acreedor hipotecario y conforme lo dispone el Art. 57 y cc. de la ley 24.441, que el 10 de octubre del 2002 a las 13,40 horas, ante Escribano Público, en el 2do. Piso de la sede de la Corporación de Rematadores sito en la calle Pte. Tte.
Gral. J. D. Perón N 1233 de esta Ciudad, rematará las siguientes fracciones de campo propiedad de la Sra. María Lucía Di Lorenzo con todo lo plantado, clavado, edificado y demás adherido al suelo, ubicados en el Cuartel IX del Partido de Lobos, Jurisdicción de la Pcia. de Bs. As., a saber: a la mitad indivisa de una fracción de terreno de campo sin designación, matrícula 15.941, N.C.: C. IX, Parcela 896, superficie: 7.641,60 mts. deudas:
Rentas $ 406,11, al 30-06-02, Municipalidad $ 155,96 al 22-07-02; b fracción de campo designada como lote 7, matrícula 15.942, N.C.: C. IX, Parcela 900, superficie: 12ha, 65ae, 55ca, deudas: Rentas $ 1062,37 al 30-06-02, Municipalidad $ 263,24 al 22-07-02; c fracción de campo designada como lote letra A, matrícula 15.943, N.C.: C.
IX, Parcela 901, superficie: 8ha, 43ae, 70ca, 62dm2, deudas: Rentas $ 614,01 al 30-06-02, Municipalidad $ 180,14 al 22-07-02; d fracción de campo designada como lote 6, matrícula 15.944, N.C.: C. IX, Parcela 899, superficie: 37ha, 25ae, 65ca; deudas: Rentas $ 3.351,99 al 30-06-02, Municipalidad $ 809,12 al 22-07-02 y e fracción de terreno de campo que es parte del Lote 3,
3.1 CITACIONES Y NOTIFICACIONES

Por los fundamentos que instruye el acuerdo precedente; se Resuelve: 1 Condenar a SINDULFO RODRIGUEZ, Cédula de Identidad Civil de la República del Paraguay N 2.297.300, ya filiado en autos a la pena de tres 3 años y seis 6 meses de prisión, y multa de pesos un mil $ 1.000
la que deberá hacerse efectiva en el término de treinta 30 días de quedar firme la presente, como autor responsable del delito de transporte de estupefacientes agravado, en grado de tentativa previsto y reprimido por el artículo 5, inciso c y 11
inciso c de la Ley 23.737 y artículo 42 del Código Penal, más accesorias y costas legales artículos 12, 40 y 41 del Código Penal, y artículo 530 del CPPN. 2 3 4 5 6 7 8
Registrar, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, oficiar a la Dirección Nacional de Migraciones con testimonio de la presente; cursar las demás comunicaciones correspondientes y oportunamente archivar. Fdo.: Dr. Vicente Constancio Espósito, Juez de Cámara. Dra. Lucrecia M. Rojas de Badaro, Juez de Cámara. Dr. Víctor Antonio Alonso, Juez de Cámara. Ante mí: Dra. Susana Beatriz Campos, Secretaria, Tribunal Oral en lo Criminal Federal. Corrientes.
e. 18/9 N 393.001 v. 24/9/2002
Por disposición de S.Sa. el señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, doctor Vicente Constancio Espósito, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el término de cinco 5 días, lo dispuesto en la Sentencia N 15 de fecha 22 de agosto de 2001, en la causa caratulada: Legajo de ejecución de IRENEO MAIDANA SANTANDER, Expediente N 88/02, respecto a IRENEO MAIDANA
SANTANDER, Cédula de Identidad Civil de la República del Paraguay N 3.357.953 de sobrenombre FREDY, de estado civil soltero, de nacionalidad paraguayo, de 22 años de edad, de ocupación agricultor, nacido el 4 de octubre de 1978 en la localidad de Yabebyry, República del Paraguay, domiciliado en el Alto Paraná Itacuá Paraguay, hijo de Ireneo Maidana, fallecido, y de Mirian Santander, ama de casa; la que dispone: Sentencia N 15, Corrientes, 22 de agosto de 2001. Y Vistos: Por los fundamentos que instruye el acuerdo precedente; se Resuelve: 1 2
Condenar a FRANCISCO IRENEO MAIDANA
SANTANDER, Cédula de Identidad Civil de la República del Paraguay N 3.357.953 ya filiado en autos a la pena de tres 3 años y seis 6 meses de prisión, y multa de pesos un mil $ 1.000
la que deberá hacerse efectiva en el término de treinta 30 días de quedar firme la presente, como autor responsable del delito de transporte de estupefacientes agravado en grado de tentativa, previsto y reprimido por el artículo 5, inciso c y 11
inciso c de la ley 23.737 y artículo 42 del Código Penal, más accesorias y costas legales artículos 12, 40 y 41 del Código Penal, y artículo 530 del CPPN. 3 4 5 6 7 8 Registrar, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, oficiar a la Dirección Nacional de Migraciones con testimonio de la presente; cursar las demás comunicaciones correspondientes y oportunamente archivar. Fdo.:
Dr. Vicente Constancio Espósito, Juez de Cámara. Dra. Lucrecia M. Rojas de Badaro, Juez de Cámara. Dr. Víctor Antonio Alonso, Juez de Cámara. Ante mi: Dra. Susana Beatriz Campos, Secretaria, Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes.
e. 18/9 N 393.000 v. 24/9/2002

ANTERIORES

TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
CORRIENTES
Por disposición de S.Sa. el señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, doctor Vicente Constancio Espósito, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el término de cinco 5 días, lo dispuesto en la Sentencia N 15 de fecha 22 de agosto de 2001 en la causa caratulada Legajo de ejecucion de SINDULFO RODRIGUEZ Expediente N 87/02, respecto a SINDULFO RODRIGUEZ, Cédula de Identidad Civil de la República del Paraguay N 2.297.300, sin apodos ni sobrenombres, de estado civil casado, de nacionalidad paraguayo, de 29 años de edad, de ocupación changarín, nacido el 10 de noviembre de 1972 en la localidad de Cerrito, Departamento de Ñeenbucú, República del Paraguay, domiciliado en la localidad de Ayolas Paraguay, hijo de Máxima Rodríguez, sin afiliación paterna; la que dispone: Sentencia N 15, Corrientes, 22 de agosto de 2001. Y Vistos:

Por disposición de S.Sa. el señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, doctor Vicente Constancio Espósito, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el término de cinco 5 días, lo dispuesto en la Sentencia N 15 de fecha 22 de agosto de 2001 en la causa caratulada: Legajo de ejecución de EDELIO FLORES GONZALEZ, Expediente N 89/02, respecto a EDELIO FLORES GONZALEZ, Cédula de Identidad Civil de la República del Paraguay N 3.848.665, sin apodos ni sobrenombres, de estado civil soltero, de nacionalidad paraguayo, de 29 años de edad, de ocupación comerciante, nacido el 13 de agosto de 1972, en la localidad de Yabebyry, República del Paraguay, domiciliado en la localidad de Ayola Paraguay, hijo de Demetrio Flores, fallecido y de Silvia González, ama de casa, la que dispone: Sentencia N
15, Corrientes 22 de agosto de 2001. Y Vistos:
Por los fundamentos que instruye el acuerdo precedente; se Resuelve: 1 2 3 Condenar a EDELIO FLORES CONGALEZ, Cédula de Identidad Civil de la República del Paraguay N 3.848.665, ya filiado en autos a la pena de tres 3 años, seis 6 meses de prisión, y multa de pesos un mil $ 1.000 la que deberá hacerse efec-

tiva en el término de treinta 30 días de quedar firme la presente, como autor responsable del delito de transporte de estupefacientes agravado, en grado de tentativa, previsto y reprimido por el artículo 5, inciso c y 11 inciso c de la Ley 23.737
y artículos 42 y 45 del Código Penal, más accesorias y costas legales artículos 12, 40 y 41 del Código Penal, y artículo 530 del CPPN. 4 5
6 7 8 Registrar, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, oficiar a la Dirección Nacional de Migraciones con testimonio de la presente; cursar las demás comunicaciones correspondientes y oportunamente archivar. Fdo.: Dr. Vicente Constancio Espósito, Juez de Cámara. Dra. Lucrecia M.
Rojas de Badaro, Juez de Cámara. Dr. Víctor Antonio Alonso, Juez de Cámara. Ante mi: Dra.
Susana Beatriz Campos, Secretaria, Tribunal Oral en lo Criminal Federal - Corrientes.
e. 18/9 N 392.999 v. 24/9/2002
Por disposición de S.Sa. el señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, doctor Vicente Constancio Espósito, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el término de cinco 5 días, lo dispuesto en la Sentencia N 2 de fecha 28 de febrero de 2002 en la causa caratulada Legajo de ejecución de JULIO BENITEZ Expediente N 90/02, respecto a JULIO BENITEZ, de nacionalidad argentino, Documento Nacional de Identidad N 18.731.385, sin apodos ni sobrenombres, de 33 años de edad, nacido el 22 de mayo de 1968 en la localidad de Yacarey, Departamento de Itatí, Provincia de Corrientes, domiciliado en la localidad de Chilecito, Provincia de Corrientes, hijo de José Clementino Piriz, casado, y de Mirta Benítez, soltera, de ocupación changarín; la que dispone: Sentencia N 02, Corrientes, 28 de febrero de 2002. Y Vistos: Por los fundamentos que instruye el acuerdo precedente; se Resuelve: 1 Condenar a JULIO
BENITEZ, Documento de Identidad N 18.731.385, ya filiado en autos a la pena de cuatro 4 años de presión, y multa de pesos quinientos $ 500,00 la que deberá hacerse efectiva en el término de treinta 30 días de quedar firme la presente, como autor responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y reprimido por el artículo 5, inciso c de la Ley 23.737, más accesorias y costas legales artículos 12, 40 y 41 del Código Penal, y artículo 530 del CPPN. 2 3 4
5 6 Registrar, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, cursar las demás comunicaciones correspondientes, remitir fotocopias certificadas de las piezas señaladas conforme lo ordenado en el punto 2 y oportunamente archivar. Fdo.: Dr. Vicente Constancio Espósito, Juez de Cámara. Dra.
Lucrecia M. Rojas de Badaro, Juez de Cámara.
Dr. Víctor Antonio Alonso, Juez de Cámara. Ante mi: Dra. Susana Beatriz Campos, Secretaria, Tribunal Oral en lo Criminal Federal - Corrientes.
e. 18/9 N 392.998 v. 24/9/2002

FISCALIA NACIONAL EN LO
PENAL ECONOMICO
N 1
La Fiscalía Nacional en lo Penal Económico N 1 a cargo de la Dra. Carolina Robiglio, Secretaría Unica a mi cargo, en los autos N 11.102
caratulados ARRUABARRENA, FERNANDO IMEPHO S.A. s/Inf. Art. 302 del C.P., en trámite ante esta Fiscalía en los términos del art. 196 del C.P.P., notifica a FERNANDO FLORENCIO
ARRUABARRENA, DNI N 08.575.361 y a MARCELA LILIANA LEIVA, DNI N 18.261.467, el auto que se transcribe: Buenos Aires, 30 de abril de 2002 desígnase a la señora Perito Calígrafo Oficial Gabriela Noguera a fin de que, en el término de quince días, practique la pericia de su especialidad tendiente a determinar si las firmas libradoras y los textos y números insertos en el anverso de los originales de los cheques de pago diferido N 74376016, de la Banca Nazionale del Lavoro de la cuenta corriente N 104-20-2318342, Licari, Claudio Fabián - Licari, Felipe José, y N 47923725, del Banco de la Provincia de Buenos Aires de la cuenta corriente N 4017-7849-8, Lab. Dr. Preston S.R.L. y los cheques de pago diferido del Banco Bansud de la cuenta corriente N 073623980/1, Leiva, Marcela Liliana Notifíquese, haciéndose saber a los imputados FERNANDO FLORENCIO ARRUABARRENA y MARCELA LILIANA LEIVA que dentro del tercer día de notificados podrán proponer perito de parte artículos 258 y 259 del C.P.P..
Fdo.: Carolina Robiglio, Fiscal. Ante mí: Rafael María Sarrabayrouse Bargalló, Secretario.
Secretaría, 6 de septiembre de 2002.
e. 18/9 N 392.985 v. 24/9/2002

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/09/2002 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date24/09/2002

Page count36

Edition count9405

Première édition02/01/1989

Dernière édition28/07/2024

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