Boletín Oficial de la República Argentina del 21/06/2001 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

4 Jueves 21 de junio de 2001
INDO ARG
SOCIEDAD ANONIMA
Juan Alfredo Gómez, arg., casado, empresario, 20/10/1931, DNI 5.235.841, Dardo Rocha 3751, Adrogué, Pvcia. de Bs. As.; Luis Ramón Mestres, arg., viudo, 7/12/1918, empresario, LE 1.234.663, Uruguay 435 C.F. 1 INDO-ARG S.A. domicilio legal en la Cap. Fed. 2 99 años desde su inscripción en la IGJ. 3 operaciones de exportación, importación, distribución, comercialización, elaboración e industrialización de materias primas, mercaderías y productos, en sus diversos estados, en el territorio de la República Argentina o en el extranjero. 4 Cap. soc. $ 12.000 y representado en 12.000 acc. nom. ord. no endos. de vn. 1
$ c/u. y un voto p/acc. 5 Directorio de 1 a 5 miembros titulares y 1 a 5 suplentes. El término de su elección es de dos ejercicios. 6 Prescinde de la Sindicatura, art. 284 de la Ley 19.550. 7 Ej. soc.
cierra el 31/12/c/año 8 Juan Alfredo Gómez, 6.000
acc.; Luis Ramón Mestres 6000 acc., se integra en efectivo tres mil acc. 8 Director Titular Presidente: Luis Ramón Mestres; Director Suplente:
Juan Alfredo Gómez. 9 Domicilio social: Asamblea 362, 8 42, Cap. Fed.
Autorizado - Santiago Yofre N 13.259

BOLETIN OFICIAL Nº 29.673 2 Sección Presidente o Vicepresidente caso de ausencia o impedimento. Ejercicio Social: cierra el 31 de diciembre de cada año. Directorio: Presidente: Silvia Mabel Candido. Director Suplente: Alzeri Bormann.
Autorizada - Cecilia Petriz N 15.925
J. CHARRUA Y COMPAÑIA
SOCIEDAD ANONIMA
Expediente número 176.807/43.618. Se hace saber que por escritura 33, F 80, del 23/3/2000, Registro 769 de Capital Federal, se transcribió el acta de asamblea extraordinaria unánime del 21/
9/1999, en la que se resolvió reformar el estatuto social, a saber: a Artículo 8: Dirección y administración a cargo de un directorio de 2 a 10 miembros con mandato por 3 años, y la asamblea puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares y mientras se prescinda de la sindicatura, la elección de uno o más suplentes será obligatoria. y b Artículo 11: Se prescinde de la sindicatura según artículo 284 de la Ley 19.550.
Autorizado - Rubén Jorge Orona N 13.285
KAISHA INVESTMENT

INTERNAIL
SOCIEDAD ANONIMA
SOCIEDAD ANONIMA
Constituida por esc. N 258 del 28-5-01 pas. F
638 Reg. 1637 de Cap. Fed. Socios: Alzeri Bormann, brasilero, cas., Céd. Iden. Bras. 020.400.
753-B, empresario, nac. 19-1-61, dom. Luis M.
Campos 152, 2 P. A Cap. Fed., C.U.I.T. 2360294521-9, y Silvia Mabel Candido, arg., sol., D.N.I. 13.552.311, comerciante, nac. 27-4-58, dom.
Av. Luro 2368, 11 P 111, M. Plata, Pcia. Bs. As., C.U.I.T. 27-13552311-4, Duración: 99 años contados desde la fecha de inscripción en I.G.J. Objeto: realizar por cuenta propia, y/o de terceros, y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: 1 Comerciales: compra y venta, permuta, comisiones, mandatos, representaciones, consignaciones y distribución de artículos de indumentaria de vestir, de belleza, u amoblamientos para salones de belleza. Dictado de cursos de aprendizaje y perfeccionamiento en lo referente a la belleza del hombre y la mujer. 2
Industriales: producción, elaboración, fraccionamiento de productos y/o suministro de toda índole empleados en salones de belleza, peinado, estética corporal perfumerías y anexos, utilizando todo tipo de materias primas, materiales y subproductos de origen animal, vegetal, mineral o químico.
3 Importación y Exportación: actuando como importadora y exportadora de los respectivos productos mencionados, como así también de máquinas, equipos y sistemas de procesamiento de datos de cualquier tipo conocido comercialmente como hardware, así como sus piezas, repuestos, accesorios e insumos; de programas y de todo aquello que esté comprendido dentro del término comercial de software, que estén dirigidos a la actividad societaria mencionada; 4 Financiera:
realizar la financión de las operaciones sociales obrando como acreedor prendario en los términos del artículo 5 de la ley 12.926 y realizar todas las operaciones necesarias a la materia y si estas disposiciones fueren reemplazadas en el futuro, las requeridas por las nuevas normas legales.
Servicios: mediante la prestación integral del cuidado, relativos a la belleza y estética femenina y/o masculina, e instalaciones de centros de belleza y estética corporal o la prestación de servicios dirigidos y/o destinados a la satisfacción de necesidades de todas aquellas personas que se desempeñen en el ramo de peluquería, salones de belleza, de peinado, perfumería y anexos. Organizar congresos de distintos temas relacionados con la actividad societaria, representaciones, comisiones, consignaciones y mandatos vinculados con este objeto social, efectuando estudios, proyectos, dictámenes, asesoramiento integral para todo lo concerniente a actividades de organización de congresos, eventos y turismo. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. El que antecede es un detalle meramente enunciativo y no taxativo, incluyendo por lo tanto toda actividad conexa afín de las mismas. Capital: pesos doce mil, representado por doce mil acciones nominativas no endosables de valor nominal pesos uno cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social podrá ser aumentado hasta el quíntuplo por decisión de la Asamblea Ordinaria. Administración: La representación legal de la sociedad será ejercida por el
Jorge Omar Inafuku, 28/6/47, contador, DNI
8.354.103, CUIT 20-08354103-3 y Sergio Alberto Kuda, 2/9/68, martillero y corredor público, DNI
20.214.486, CUIT 20-20214486-2, ambos argentinos, casados, domic. en Av. Córdoba 1342, 2 P
C, Cap. 2. Esc. 82 del 6/6/01 F 187 Reg. 303 de Cap. Fed. 3. KAISHA INVESTMENT S.A. 4. Dur.:
99 años. 5. $ 12.000. 6. Av. Córdoba 1342, 2 piso, C, Cap. Fed. 7. Objeto: tiene por obj. realizar por cuenta propia o de 3ros. y/o asociada a 3ros., en el país o en el exterior, las sig. actividades: Consultora mediante la prestación de servicios de consultoría, estudio, investigación y asesoramiento en las ramas de economía y finanzas, elaboración de estudios de mercado, planes y programas de desarrollo, organización, racionalización y fiscalización de negocios y empresas en los aspectos financieros, presupuestarios, contables y administrativos, quedando expresamente excluido el asesoramiento en las materias, operaciones y/o actividades que de conformidad con las disposiciones legales vigentes, deban ser realizadas por profesionales con título habilitante. Financiera:
Mediante la financiación y otorgamiento de créditos en gral., con o sin garantía real o personal, aportes e inversiones de capital a empresas o sociedades constituidas o a constituirse, para negocios realizados o a realizarse; constitución y transferencias de hipotecas y otros derechos reales; la adquisición, venta y negociación de títulos, acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito de cualquiera de los sistemas o modalidades creadas o a crearse.
Se excluyen las operaciones comprendidas en la ley de entidades financieras y toda otra que requiera el concurso público. Inmobiliaria: Mediante la compra, venta, urbanización, fraccionamiento, permuta, subdivisión, arrendamiento, administración y construcción de cualquier clase de inmuebles urbanos o rurales, incluso aquellas construcciones comprendidas en las leyes y reglamentaciones de propiedad horizontal. Constructora:
Mediante la construcción y/o administración de obras de ingeniería y/o arquitectura, públicas o privadas. Mandatos y servicios: Mediante el desarrollo de toda clase de representaciones, distribución comisión, consignación y mandatos de negocios y empresas. A tal fin, la soc. tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer oblig. y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. 8. Presid.: Sergio Alberto Kuda. D. Supl.: Jorge Omar Inafuku. 9. Rep.
Legal. Presidente o al Vicepres. en su caso. 10.
Cierre ejerc.: 30/4/c/año. 11. Prescinde de Sindicatura.
Escribana - Martina López Lahirigoyen N 15.923
KAPELUSZ EDITORA
SOCIEDAD ANONIMA
Se hace saber por un día que la Asamblea Extraordinaria de KAPELUSZ EDITORA SA celebrada el 26.03.01 resolvió aprobar el texto ordenado de su estatuto social que queda redactado de la siguiente manera: Primero: Denominación: La sociedad se denomina KAPELUSZ EDITORA SA.
Segundo: Domicilio: tiene su domicilio legal en la
Ciudad de Buenos Aires, pudiendo establecer sucursales, agencias o representaciones en cualquier lugar del País o del exterior. Tercero: Plazo:
La sociedad tendrá una duración de noventa y nueve años contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
Cuarto: Objeto: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros, a las siguientes actividades: 1 la edición, publicación, impresión, redacción, comercialización y distribución de toda clase de obras culturales, científicas, literarias, artísticas, religiosas, informativas o de divulgación y, en especial, pedagógicas, didácticas y educativas, bajo la forma de libros, revistas, diarios, folletos, prospectos, planos, mapas y, en general, toda clase de impresos, películas cinematográficas y videofilm, fotografías, grabados, discos fotográficos, cassettes y discos compactos, sea cual fuere el procedimiento de reproducción, sin perjuicio de los medios que se inventen en el futuro o que, ya inventados, aun no se conoce. 2 la comercialización de las materias primas o artículos relacionados con los rubros ya mencionados, su importación o exportación y su permuta. 3 representar a otras editoriales del País o del exterior, realizar comisiones, tomar u otorgar licencias, patentes o regalía. Quinto: Capital: el capital social asciende a la suma $ 5.450.000 representado por 545.000 acciones ordinarias y nominativas de $ 10 valor nominal cada una y de un voto por acción. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria, hasta el quíntuplo de su monto en cuyo caso no será necesaria la reforma del estatuto conforme al art. 188 de la ley 19.550.
Las acciones puede ser al portador, nominativas, endosables o no, ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo de pago preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Pueden también fijárseles una participación adicional en las ganancias. Sexto: Acciones y certificados: las acciones y certificados provisionales que se emitan, contendrán las menciones de los artículos 211 y 212 de la ley 19.550. En caso de mora en la integración el capital el directorio queda facultado para proceder de acuerdo con lo determinado por el art. 193 de la ley 19.550. Séptimo: Administración y representación: la administración y representación de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros titulares que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de cinco. La asamblea fijará también el número de directores suplentes entre un mínimo de uno y un máximo de dos. Los directores suplentes ocuparán las vacantes que se produzcan en el directorio en el orden que fueron elegidos por la asamblea. Todo director suplente que reemplace con carácter permanente a un titular, durará en el ejercicio de su cargo el tiempo que faltare al titular sustituido. Los directores en su primera reunión deben designar un presidente y un vicepresidente. Los directores tendrán mandato por tres ejercicios. Octavo: Garantías directores: cada director deberá depositar en garantía del buen desempeño de sus funciones la cantidad de pesos quinientos o su equivalente el títulos valores oficiales. Noveno: Quórum y Funcionamiento Directorio: el directorio se reunirá cuando lo requiera cualquiera de sus miembros y por lo menos una vez cada tres meses. El quórum requiere la presencia de la mayoría absoluta de los integrantes del directorio. Décimo: Facultades:
El directorio tiene todas las facultades para administrar los bienes de la sociedad y disponer de ellos, incluso ejercitar aquellas que requieren poderes especiales conforme el artículo 1881 del Código Civil y del art. 9 del Decreto ley 5965/63.
Puede en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social entre ellos operar con todos los Bancos e instituciones financieras de crédito oficiales o privadas otorgando a una o más personas poderes judiciales, inclusive para querellar criminalmente o extrajudicialmente con el objeto que consideren conveniente. Décimo Primero: Representación: Son funciones del Presidente del Directorio representar legalmente a la sociedad. El Vicepresidente lo reemplazará en caso de renuncia, ausencia o impedimento.
Décimo Segundo: Fiscalización: en tanto la sociedad no se encuentre comprendida en los supuestos previstos por el artículo 299 de la ley 19.550, la fiscalización será ejercida individualmente por los accionistas quienes gozan de los derechos de contralor que prevé el artículo 55 de la ley citada.
En caso en que llegare a ser necesario legalmente la organización de un órgano de fiscalización el mismo estará a cargo de un síndico titular designado por la asamblea de accionistas, la que también designará un suplente, ambos con mandato por tres ejercicios. Su remuneración será fijada por la Asamblea de accionistas. Décimo Tercero:
Convocatorias: Toda asamblea debe ser citada simultáneamente en primera y segunda convoca-

toria en la forma establecida por la primera parte del artículo 237 de la ley 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de asamblea unánime. La asamblea en segunda convocatoria ha de celebrarse el mismo día, una hora después de la fijada para la primera. Décimo Cuarto: Representación Accionistas: Los accionistas podrán hacerse representar, siendo suficiente el mandato otorgado por instrumento privado con la firma certificada en legal forma. Décimo Quinto: quórum y mayorías: Rigen el quórum y mayorías determinadas por los artículos 243 y 244 de la ley 19.550, según la clase de asambleas, convocatoria y materia de que se trate, excepto en cuanto al quórum de la asamblea extraordinaria, la que se considera constituida cualquiera sea el número de acciones presentes con derecho a voto. Décimo Sexta:
Ejercicio Social: El ejercicio social cierra el 30 de junio de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme las disposiciones en vigencia, y normas técnicas de la materia. La Asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público de Comercio y comunicándola a la autoridad de control. Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a el cinco por cuento 5% hasta alcanzar el veinte por ciento 20% del capital social, para el fondo de reserva legal. b A
la remuneración del Directorio y Sindicatura, si correspondiere. El saldo tendrá el destino que decidiere la Asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones dentro del año de su sanción. Décimo Séptimo: Liquidación: La liquidación de la sociedad puede ser efectuada por el directorio o por el liquidador designado por la Asamblea. Extinguido el pasivo social, el liquidador confeccionará el balance final y el proyecto de distribución y el remanente se distribuirá entre los socios en proporción al capital integrado por cada uno.
Apoderado - José María Ojea N 15.937
LA INMACULADA DEL SAUCE
SOCIEDAD ANONIMA
Por Esc. N 7615 del 21-11-00 se constituyó: 1
LA INMACULADA DEL SAUCE S.A. 2 99 años.
3 Av. Corrientes 753 11 P A, Cap. Fed. 4 Agricultural Services and Investments Luxembourg S.A. inscripta el 10-4-97 bajo el N 552 L 54 T B
y domiciliada en Av. L. N. Alem 1050 5, 11 A de Cap. Fed. y Adolfo Crosa Artagaveytia, C.I.R.O.U.
N 1.005.408-7, CUIT N 20-60239274-1, uruguayo, 30-8-45, empresario, casado, J. B. Alberdi 2381, Olivos, Pcia. Bs. As. 5 Objeto: a Agropecuaria:
explotación de establecimientos agrícola-ganaderos. Cría y reproducción de ganado de todo tipo y especie, capitalización de ganado y cabañas, haras y criaderos; compra-venta de todo tipo de ganado; siembra y recolección de cereales, oleaginosos, plantaciones de aplicación industrial, tala de bosques, forestación y reforestación. b Industriales: mataderos y frigoríficos; establecimientos dedicados a la matanza, preparación y conservación de carne de vaca, cerdo, oveja, caballo, conejo y caza menor. Se incluyen las operaciones de elaboración y conservación tales como curado, ahumado, salado, conservación en salmuera o vinagre, enlatados en recipientes herméticos y de congelación rápida. c Comerciales: comercialización, importación, exportación, representación, consignación y distribución de los productos agropecuarios; cárneos y subproductos de la industria frigorífica realizando a estos efectos la explotación de marcas nacionales y/o extranjeras y el ejercicio de mandatos vinculados con las actividades expresadas. 6 $ 12.000. 7 Administración: Directorio: compuesto entre 1 y 10 miembros titulares e igual o menor N de suplentes. Mandato: 3 ejercicios. Representación legal: corresponde al Presidente o a quien lo reemplace. 8 Sin Sindicatura.
9 31-3 de c/año. 10 Directorio: Presidente: Adolfo Crosa Artagaveytia. Director Suplente: Theodor Hani.
Autorizado - Roberto Garibaldi N 1470
MINERA AGUA RICA LLC
SUCURSAL ARGENTINA
Hace saber que siendo MINERA AGUA RICA
LLC SUCURSAL ARGENTINA una sociedad existente según las leyes de Estados Unidos, con sede en Delaware, en reunión de directorio de fecha 7 de junio de 2001, resolvió establecer una sucursal en la República Argentina, bajo el nombre de MINERA AGUA RICA LLC SUCURSAL
ARGENTINA. Domicilio: Sarmiento 580, piso 4
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecha de cierre de ejercicio: 30 de junio. Objeto: Idéntico

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/06/2001 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date21/06/2001

Page count52

Edition count9388

Première édition02/01/1989

Dernière édition11/07/2024

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