Boletín Oficial de la República Argentina del 22/11/1999 - Segunda Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección
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BOLETIN OFICIAL Nº 29.277 2 Sección
Lunes 22 de noviembre de 1999
musicales, televisivos, cinematográficos, circenses, o muestras y/o exposiciones artísticas, ya sea en espacios abiertos y/o cerrados; comercializar sus obras artísticas plasmadas en discos, cassettes, compactos, telas o esculturas, ya sea en el país o en el extranjero, como así también los productos que pudieren comercializarse con el nombre y/o imagen del artista y/o de su obra de arte, tales como fotografías, libros, vinchas, llaveros, banderines, gorras y cualquier otro objeto, prenda y/o adorno y adquirir las licencias respectivas. Podrá comprar, vender, importar y exportar productos y servicios relacionados con las actividades detalladas anteriormente, concesión de licencias de explotación de caracteres y personajes relacionados con las actividades mencionadas merchandising y la realización de todos los servicios vinculados a tales actividades no expresamente prohibidas por las leyes. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o estatutos. La sociedad tendrá plena capacidad legal para celebrar y realizar sin restricción alguna, toda clase de operaciones contractuales y comerciales, civiles e industriales relacionadas con su objeto, pudiendo a tales fines, comprar o vender bienes muebles e inmuebles, adquirir o enajenar fondos de comercio, registrar marcas, patentes, o contratar servicios técnicos, formar o participar en sociedades vinculadas al objeto, requerir el aporte o participación de capitales extranjeros dentro de la normativa legal en vigencia relacionada con su objeto y de la que contemplen regímenes especiales de promoción y en general realizar todos los actos o contratos que se relacionen con el objeto social. Para la prosecución de su objeto la sociedad tiene capacidad jurídica para realizar todos los actos y contratos que las leyes vigentes y este estatuto autorizan. 4 $ 6.000.
5 Eduardo David Fried y Jorge Antonio Remigio, socios gerentes. 6 30/1. 8 Alsina 1433, 4A.
Autorizada - Alicia Susana Long
Nº 36.728
SIGMA TECNOLOGICA
TAXI ESQUINA
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
Ins. Priv. 15/11/99. 1 José I. Capeans, DNI
13.022.168, argentino, casado, ing. químico, nac.
13/12/58, dom. P. Quintana 493, Ituzaingó, Bs. As.;
Dante D. Larotonda, DNI 14.462.741, argentino, casado, ing. químico, nac. 10/11/61, dom. Mitre 329, Monte Grande, Bs. As. y Carlos J. Alpeggiani, DNI 12.467.471, argentino, casado, ing. electromecánico, nac. 24/11/56, dom. Jujuy 506, Lanús Oeste, Bs. As. 2 Dom.: Naón 2490, 3ro. 34, Cap.
3 Dur. 99 años. 4 Objeto: fabricación, fraccionamiento, compraventa, comisión, consignación, representación, distribución de materias primas, materiales, artículos, productos, maquinarias, equipos, aparatos, insumos, mercadería en general; asesoramiento proyecto y construcción de instalaciones. 5 Cap.: $ 2.000.- 6 Cierre ej. 31/12
c/año. 7 Adm. y rep.: gerentes. 8 Gte. desig.:
Dante Larotonda.
Autorizado - Jorge Pintos Nº 36.622
SUPERFISH
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
El 31-8-99 los socios María E. Parigiani, Gabriela A. Acciapaccia, Jacinto Acciapaccia y Alejandro J.
Torres, cedieron, vendieron y transfirieron todas sus cuotas a los restantes socios Jacinto P.
Acciapaccia y Norberto C. Acciapaccia, por $ 3.000.- Los actuales socios designan Gerentes a Jacinto P. Acciapaccia y Norberto C. Acciapaccia.
Autorizado - Sebastián López Delgado Nº 36.714
Rectifícase el aviso efectuado el 10/11/99 Recibo Nro. 0044-00035703, publicado el 15/11/99, donde dice: 31/9, léase 30/9.
Autorizada - Liliana Dolores Clark Nº 36.700
1.3 SOCIEDADES
EN COMANDITA POR ACCIONES
TECNOSER
ALMAR
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
Cesión cuotas sociales: hace saber que por Esc.
del 8-11-99 el Sr. Nicolás Horacio Robbio, arg., nac. 11-5-1948, cas., empresario, LE: 4.703.854, dclio. Cura Allievi 973, Boulogne, Pcia. Bs. As., C.U.I.T.: 20-04703854-6 cede, vende y transfiere Ignacio Domingo Peña Luque, arg., 2 de noviembre de 1928, casado, LE 4.789.927, empresario, dclio. Cabildo 480, Gral. Pacheco, Pcia. de Bs.
As., C.U.I.T.: 20-4789927-4. 3 Carlos María Acevedo, argentino, nacido 27-2-1949, divorciado, LE: 7.800.202, empresario, dclio. Charcas 4477, P. 8, Cap. Fed., CUIT: 20-07800202-7, 60
cuotas sociales de $ 100.- Valor nom. c/u y que representan el 100% de su participación en la sociedad, modificando en consecuencia el Art. Cuarto del Contrato Social y quedando las restantes cláusulas del Contrato Original sin ser modificadas y continúan con toda su vigencia. En este Acto el señor Nicolás Horacio Robbio renuncia a su cargo de Socio Gerente de la Sociedad cuya renuncia le es expresamente aceptada.
Apoderada - Gabriela A. Scalercio Nº 36.704
SOCIEDAD EN COMANDITA
POR ACCIONES
Registro Nº 13.932. Se hace saber por un día que en su Asamblea Extraordinaria Unánime de fecha 4 de octubre de 1999 ALMAR S.C.A. resolvió aumentar el capital social de la suma de $ 8 a $ 68.100 mediante la capitalización de $ 57.087,39
de la cuenta Ajuste de Capital y $ 11.004,61 de la cuenta de Resultados No Asignados y, acto seguido, rescatar 65.332 acciones comanditarias de valor $ 65.332 reduciendo el capital a $ 2.768.- El artículo cuarto del contrato social queda en definitiva redactado: El capital social es de dos mil setecientos sesenta y ocho pesos de los cuales cien pesos representan el capital comanditado y pesos dos mil seiscientos sesenta y ocho de capital comanditario, representado por acciones nominativas no endosables de valor nominal pesos uno cada una y de un voto por acción. El capital social podrá ser aumentado hasta el quíntuplo de su monto conforme lo dispuesto por el art. 188 de la Ley de Sociedades. Buenos Aires, noviembre de 1999.
Autorizado - Miguel Angel Emery Nº 36.617
NOVEDADES
SEPARATAS
Pasos significativos en el Procedimiento Laboral
La importancia de dos leyes CONSEJO
CON
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MAG EJO DE
DE LA MAGISTRATURA
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Ley N ATURA
º 24.93
Ley Nº 24.937
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Ley Nº 24.946
Principio de Interpretación y Aplicación de los Procedimientos Fiscales
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ORGANIZACION Y PROCEDIMIENTO
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Ley Nº 18.345 T.O. 1998
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Decreto 1169/96
y además:
NORMAS COMPLEMENTARIAS
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REGLAMENTO DE LA CONCILIACION
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Ley Nº 11.683
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MINIS RIA DE ASU L DEL REGIS
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SECRE ION NACION
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Decreto Nº 821/98
Suipacha 767, de 11.30 a 16 hs. y Libertad 469, de 8.30 a 14.30 hs.
Separatas editadas por la Dirección Nacional del Registro Oficial