Boletín Oficial de la República Argentina del 04/03/1998 - Segunda Sección

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Miércoles 4 de marzo de 1998

12.889.638 haciéndole saber a esta y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido, así como la prohibición de realizar pagos al mismo, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las veinticuatro horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, así como también a que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el radio del Tribunal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. nº 86 de la ley nº 24.522, en cuanto a su remisión al art. nº 11 incs. 2º, 3º, 4º y 5º, y en su caso a los incs. 1º, 6º y 7º del mismo texto legal. El síndico designado en las presentes actuaciones es la contadora Leonor Duschatzky con domicilio en la calle Lavalle 1882
3º A domicilio éste al que deberán concurrir los acreedores a insinuar sus créditos hasta el día 21-04-98.
Buenos Aires, 19 de febrero de 1998.
Federico Gerri, secretario.
e. 4/3 Nº 218.192 v. 10/3/98

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 13 a cargo del Dr. Carlos Alberto Villar Secretaría Nº 25 a mi cargo, sito en la Avenida Callao 635, 2º piso de ésta Capital Federal comunica por el término de cinco días que con fecha 2 de febrero de 1998 se decretó la quiebra de TEXSUR S.R.L. haciéndole saber a esta, a sus administradores y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido, así como la prohibición de realizar pagos al mismo, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las veinticuatro horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, así como también a que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el radio del Tribunal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. nº 86 de la ley nº 24.522, en cuanto a su remisión al art. nº 11 incs. 2º, 3º, 4º y 5º, y en su caso a los incs. 1º, 6º y 7º del mismo texto legal. El síndico designado en las presentes actuaciones es el contador Ernesto Julio Lerner con domicilio en la calle L. N. Alem 790
2º, domicilio éste al que deberán concurrir los acreedores a insinuar sus créditos hasta el día 8-4-98.
Buenos Aires, 17 de febrero de 1998.
Federico Gerri, secretario.
e. 4/3 Nº 218.194 v. 10/3/98

Nº 15
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 15 a cargo de la Dra. Norma B.
Di Noto, Secretaría Nº 30 a cargo del Dr. Héctor Hugo Vitale, sito en la Av. Callao 635 3er. piso, comunica por cinco días la quiebra de PERFUMERIA CRISTINA S.A.C. decretada con fecha 5/2/98. Los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos ante el síndico designado Jorge A. Guaita, con domicilio en Carlos Calvo 839 PB C, hasta el día 27/4/
98. Se intima al fallido y a terceros a entregar al síndico los bienes pertenecientes a aquel sujetos a desapoderamiento. El fallido queda, asimismo, intimado a cumplir los recaudos del art.
86 LC, a entregar los libros y documentación al síndico en un plazo de 24 horas y a constituir domicilio en el radio del juzgado en un plazo de 48 horas bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado.
Buenos Aires, 12 de febrero de 1998.
Héctor Hugo Vitale, secretario.
e. 4/3 Nº 218.189 v. 10/3/98

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 15 a cargo de la Dra. Norma B.
Di Noto, Secretaría Nº 29 a cargo de la doctora Alejandra N. Tévez, sito en la Av. Callao 635 3er.
piso, comunica por cinco días la quiebra de JODMAR S.A. decretada con fecha 11 de febrero de 1998, síndico designado. Los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos ante el síndico designado Alicia R.
Romeo, con domicilio en Paraná 425 6to. 2., hasta el día 1 de abril de 1998. Se intima al fallido y a terceros a entregar al síndico los bienes pertenecientes a aquel sujetos a desapoderamiento. El fallido queda, asimismo, intimado a cumplir los recaudos del art. 86 LC, a entregar los libros y documentación al síndico en un plazo de 24 horas y a constituir domicilio en el radio del juzgado en un plazo de 48 horas bajo
BOLETIN OFICIAL Nº 28.849 2 Sección apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado.
Buenos Aires, 19 de febrero de 1998.
Alejandra Tévez, secretaria.
e. 4/3 Nº 218.190 v. 10/3/98

Nº 16
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 16, a cargo de la Dra. Aydée Elvira Cáceres Cano, Secretaría Nro. 32, a mi cargo, sito en la Av. Callao 635, piso 3ro., de esta Ciudad, en los autos caratulados CAMRIEL
TRANSPORTES S.A.C. s/Quiebra, hace saber por dos días a los interesados que ha sido presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos que prevé el art. 218 de la ley 24.522 y que se ha practicado regulación de honorarios a los profesionales actuantes a fs.
1632 y fs. 1634 de la siguiente manera: a Síndico contador Sara Irene Sacca $ 7.550. b Dr.
Juan D. Colombo $ 2.500, c Horacio E. Meincke $ 2.000. d Escribano Miguel Angel Asua $ 250.
e Escribano Isaac Raúl Molina $ 250. Publíquese por dos días en el Boletín Oficial.
Buenos Aires, 18 de febrero de 1998.
Jorge Héctor Yacante, secretario.
e. 4/3 Nº 218.176 v. 10/3/98

Nº 19
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 19 a cargo de la Dra. Adela Norma Fernández, Secretaría Nº 37, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 PB, Capital Federal, notifica que con fecha 10 de diciembre de 1996 se ha decretado la quiebra en autos caratulados:
DISTRIBUIDORA UNIVERSAL S.R.L. s/Quiebra. El síndico designado, Cdor. Hugo Alberto Trejo, con domicilio en Avda. Córdoba 744 Piso 2 Of. O de Cap. Federal, recibirá los pedidos de verificación de créditos según resolución del Tribunal de fecha 12.2.98 hasta el 18.5.98 y presentará el informe del art. 35 LC el 2-7-98 y el del art. 39 LC el 31.08.98. Se intima al deudor a: cumplir con los requisitos previstos por el art. 11 inc. 2, 3, 4 y 5, y en su caso y de corresponder los previstos por los incs. 1, 6 y 7 de mismo art. ley 24.522; poner a disposición del síndico sus bienes y entregar al mismo, en 24
horas, libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Constituya la fallida domicilio en autos dentro del plazo de 48 horas, bajo apercibimiento que las sucesivas notificaciones se tendrán realizadas en los términos del art. 41 y 133 del C. Pr. Se prohíben pagos y/o entrega de bienes de la fallida bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Se intima a quienes tengan bienes y documentos del deudor a ponerlos a disposición del síndico en cinco días.
Buenos Aires, 20 de febrero de 1998.
Fernando M. Durao, secretario.
e. 4/3 Nº 218.265 v. 10/3/98

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 19, a cargo de la Dra. Adela M.
Fernández, Secretaría Nº 37, a cargo del Dr. Fernando Durao, sito en Marcelo T. de Alvear Nº 1840, Planta Baja, de Capital Federal, comunica por cinco días que con fecha 16 de diciembre de 1997, se decretó la quiebra a GOBEA AUTOMOTORES S. R. L., inscripta en la Inspección General de Justicia el 19/09/89, bajo el nro.
5230, del libro 91, de S. R. L., con domicilio social en Avda. Juan B. Justo Nro. 1243, de la Capital Federal, en la cual se designó síndico Contador, al Dr. Mossi Atilio, con domicilio en la calle Avda. de Mayo Nro. 1343, Piso 5to., Dpto.
3, de la Capital Federal, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 21 de abril de 1998. El Sr. Síndico presentará los informes previstos en los arts. 35
y 39 L. C. Q., los días 4 de junio de 1998 y 22 de julio de 1998, respectivamente. Se intima a la deudora para que cumplimente los siguientes recaudos: a Entregue al síndico sus libros de comercio, documentación y bienes que tuviere en su poder, dentro de las 24 hs.; b Constituya domicilio procesal dentro de las 48 horas bajo apercibimiento de practicar las sucesivas notificaciones en los Estrados del Juzgado L. C. Q.
88, inc. 7; c Se abstenga, de salir del país sin previa autorización del Tribunal L. C. Q. 103.
Se prohíben los pagos y entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces, y se intima a quienes tengan bienes y documentación de la fallida para que los pongan a disposición del síndico en 24 hs. Fdo. Adela M.
Fernández. Juez.
Buenos Aires, 20 de febrero de 1998.
Fernando M. Durao, secretario.
e. 4/3 Nº 218.274 v. 10/3/98

Nº 22
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 22 a cargo de la Dra. Margarita R. Braga, Secretaría Nº 43, a mi cargo, sito en Talcahuano 550, Piso 7º, de esta Capital, comunica por cinco días que con fecha 18-02-98
se decretó la quiebra de ESCALANTE MIGUEL
ANGEL, cuyo síndico actuante es el contador Eduardo Américo Ditaranto quien constituyó domicilio en Av. de Mayo 1343, 5º piso of. 3
Galería Avenida, ante quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos dentro del plazo que vence en fecha 34-98. El art. 35 LC vence en fecha 20-5-98 y el art. 39 de la misma ley vence en fecha 6-7-98.
Intímase al fallido y a los que tengan bienes y documentos del mismo a ponerlos a disposición del síndico dentro de los cinco días. Prohíbese hacer entrega de bienes o pagos al fallido so pena de considerarlos ineficaces. Intímase al fallido a constituir domicilio procesal dentro del radio del juzgado dentro de las 48 hs. bajo apercibimiento de notificársele las sucesivas resoluciones en los Estrados del Juzgado.
Buenos Aires, 25 de febrero de 1998.
Alejandro Carlos Mata, secretario.
e. 4/3 Nº 218.180 v. 10/3/98

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 22 a cargo de la Dra. Margarita R. Braga, Secretaría Nº 43, a mi cargo, sito en Talcahuano 550, Piso 7º, de esta Capital, comunica por cinco días que con fecha 18-02-98
se decretó la quiebra de CIMINO DANIEL ALBERTO, cuyo síndico actuante es la contadora Eva Malvina Gorsd quien constituyó domicilio en Reconquista 1011, 6º piso of. 2, ante quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos dentro del plazo que vence en fecha 14-4-98. El art. 35 LC vence en fecha 28-5-98 y el art. 39 de la misma ley vence en fecha 14-7-98. Intímase al fallido y a los que tengan bienes y documentos del mismo a ponerlos a disposición del síndico dentro de los cinco días. Prohíbese hacer entrega de bienes o pagos al fallido so pena de considerarlos ineficaces. Intímase al fallido a constituir domicilio procesal dentro del radio del juzgado dentro de las 48 hs. bajo apercibimiento de notificársele las sucesivas resoluciones en los Estrados del Juzgado.
Buenos Aires, 25 de febrero de 1998.
Alejandro Carlos Mata, secretario.
e. 4/3 Nº 218.187 v. 10/3/98

Nº 23
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 23, interinamente a cargo del Dr. Javier E. Fernández Moores, Secretaría Nº 46, a cargo del Dr. Horacio F. Robledo, sito en Marcelo T. de Alvear Nº 1840 Planta Baja Capital Federal, en los autos: ROLUX S. A. s/
Quiebra Expte. Nº 31.877, comunica por cinco días que con fecha 16 de diciembre de 1998, se decretó la quiebra de ROLUX S. A., Inscripta en el Registro Público de Comercio bajo el Nº 482, Lº 88 Tomo A de Sociedades Anónimas. El Síndico designado en autos es Eugenio Prestipino, con domicilio constituido en la calle Helguera Nº 2598 de Capital Federal, a quien los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación y títulos justificativos de sus créditos hasta el día 16 de abril de 1998; siendo las fechas de presentación del informe individual previsto por el art. 35 de la Ley Concursal el día 1 de junio de 1998; y el referido al art. 39 de la Ley Concursal el día 16 de julio de 1998. Hácese saber al fallido y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido, así como la prohibición de realizar pagos al mismo, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituido en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522 en cuanto a su remisión al art. 11 inc. 2, 3, 4 y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal.
Buenos Aires, 23 de febrero de 1998.
Rafael Trebino Figueroa, secretario.
e. 4/3 Nº 218.238 v. 10/3/98

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 23, a cargo interinamente del
Dr. Javier E. Fernández Moores, Secretaría Nº 46, a cargo del Dr. Horacio F. Robledo, sito en Marcelo T. de Alvear Nº 1840 Planta Baja Capital Federal, en los autos: CENTRO INTEGRAL DE JARDINERIA S. A. s/Quiebra Expte.
Nº 32.001, comunica por cinco días que con fecha 31 de diciembre de 1997, se decretó la quiebra de CENTRO INTEGRAL DE JARDINERIA S.
A., Inscripta en la Inspección General de Justicia en fecha 19 de diciembre de 1991, bajo el Nº 1095, Lº 110, Tº A de Sociedades Anónimas.
El Síndico designado en autos es Eugenio Prestipino, con domicilio constituido en la calle Helguera Nº 2598 de Capital Federal, a quien los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación y títulos justificativos de sus créditos hasta el día 30 de abril de 1998; siendo las fechas de presentación del informe individual previsto por el art. 35 de la Ley Concursal el día 17 de junio de 1998; y el referido al art. 39 de la Ley Concursal el día 29 de julio de 1998. Hácese saber al fallido y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido, así como la prohibición de realizar pagos al mismo, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituido en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522 en cuanto a su remisión al art. 11 inc. 2, 3, 4 y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal.
Buenos Aires, 18 de febrero de 1998.
Rafael Trebino Figueroa, secretario.
e. 4/3 Nº 218.240 v. 10/3/98

Nº 24
Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 24, Secretaría Nº 48 comunica por cinco días la quiebra de MAX DAN S. A. exp. nº 30.884, habiendo resultado designado síndico el contador don Adan Mario Morganti, con domicilio en la calle Traful 3570, a quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y títulos pertinentes hasta el día 24 de abril de 1998, fijándose el plazo para la presentación de los informes previstos por el art. 35 y 39 de la Ley 24.522, el día 9 del mes de junio de 1998 y el día 6 del mes de agosto de 1998.
Ordénase al fallido y a terceros, entreguen al Síndico los bienes de aquél, prohibiéndose hacerle pagos a la fallida, los que serán ineficaces.
Intímase a la fallida a fin de que dentro de las cuarenta y ocho horas pongan a disposición del Síndico los libros de comercio y documentación relacionada con la contabilidad. Intímasela asimismo a la fallida y a sus administradores para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituyan domicilio procesal en esta Ciudad bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en Estrados del Juzgado.
Buenos Aires, 19 de febrero de 1998.
Roberto Aquiles Díaz, secretario.
e. 4/3 Nº 218.183 v. 10/3/98

Nº 25
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 25, a cargo de la Dra. Silvia Irene Rey, Secretaría Nº 49, a cargo del suscripto, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 P. B. de esta Capital Federal, comunica por el término de cinco 5 días que se ha decretado la quiebra de HOTEL SUDAMERICA S. A., con domicilio en la calle Francisco Bauzá 2296 de la Capital Federal. La síndica de la misma es la contadora Isabel E. de Francesco, con domicilio en la calle Pasteur 154, Piso 1º, D de esta Capital Federal. De acuerdo con el art. 200 de la ley 24.522, se emplaza a los acreedores posteriores a la presentación en concurso preventivo en los términos del art. 32 de la ley citada, a fin de que presenten ante la sindicatura los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 16 de abril de 1998; debiendo presentar el síndico el informe que determina el art. 35 del texto legal citado el 1 de junio de 1998.
Respecto de los acreedores que hubieran obtenido verificación de sus créditos en el concurso preventivo, deberá el síndico proceder en los términos dispuestos por el art. 202 in fin ley 24.522. La sindicatura deberá presentar un informe detallado sobre los actos realizados por la deudora posteriores a la presentación en concurso preventivo de acreedores encuadrado en el inc. 7º del art. 39 de la ley citada; como así también cumplirá con el inc. 9º de idéntico artículo, el día 15 de julio de 1998. A los fines pre-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/03/1998 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date04/03/1998

Page count52

Edition count9412

Première édition02/01/1989

Dernière édition04/08/2024

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