Boletín Oficial de la República Argentina del 03/07/2024 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
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Boletín Oficial Nº 35.453 - Primera Sección
Miércoles 3 de julio de 2024
enumerados respectivamente a presentar defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que en cada caso se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán asimismo constituir domicilio dentro del radio urbano de la oficina Art. 1001 C.A., bajo apercibimiento del Art. 1004 C.A. Se les hace saber que de corresponder el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, producirá la extinción de la acción penal aduanera, el antecedente no será registrado Arts. 930/932 del C.A.. Asimismo se le hace saber que en caso de haber entre las mercaderías secuestradas, artículos de los indicados en el art. 4º y 5º de la Ley 25.603, u otros, perecederos o cualquier otro tipo de mercadería cuya permanencia implicara peligro para su inalterabilidad o la de la contigua, se procederá de conformidad a las previsiones indicadas en la citada Ley 25.603 o en su caso conforme al Capítulo Tercero, Título II, Sección V del Código Aduanero Ley 22.415.-. BERETTA EDGARDO ENRIQUE. Administrador Aduana de Orán.
SUMARIO NUMERO 076
168/2024/0
172/2024/K
174/2024/6
175/2024/4
177/2024/0
178/2024/9
179/2024/7
187/2024/9
184/2024/4
185/2024/2
158/2024/2
145/2024/K
147/2024/6
166/202/4
INTERESADO
PALAVECINO CESAR
JURADO JOSUE ANDRES
GARCIA SANDRA MABEL
PALACIOS CARINA
RUIZ GRACIELA DEL VALLE
CARDOZO BENITA
VARGAS TRIGO RUBEN
GEREZ DANIEL FERNANDO
SOSA ABRAHAM OSCAR
CARRIZO MAURICIO
GUTIERREZ HECTOR EFRAIN
PEREA WALTER MAURICIO
MEDINA HECTOR FERNANDO
ESCALANTE VILTE GUIDO
INFRACC. ARTS. CA
987
987
987
987
987
987
985
987
947
947
947
876
985
970
IMPORTE MULTA EN PESOS
1.288.758,29
376.984,70
1.737.333,61
924.650,87
1.765.005,96
3.797.314,92
877.393,44
1.436.248,80
11.580.880,50
2.115.643,16
445.800,00
3.990.920,50
1.423.271,72
1.511.165,85
Edgardo Enrique Beretta, Administrador de Aduana.
e. 03/07/2024 N 42116/24 v. 03/07/2024
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
ADUANA ORÁN
Por tratarse de mercaderías cuyos propietarios se desconoce y encontrarse la misma en las condiciones previstas en el artículo 417 de la Ley 22.415 ante la Jurisdicción de la División Aduana de Orán, en los términos de las Leyes 25603 y 25986 se procede a anunciar, la existencia y situación jurídica de la misma durante un 1 día, señalando que el número, marca y envase u otras características suficientes para su individualización se encuentran detalladas y a disposición de los interesados en la División Aduana de Orán, notificándose los mismos por Lista de Despacho.
Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 2º, 3º, 4º y 5º de la Ley 25.603 y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en la Sede de esta Aduana sita en calle Av. Palacios Nº 830 Local 3 de la ciudad de Oran Salta. FDO. BERETTA EDGARDO ENRIQUE. Administrador Aduana de Orán.
DN76-264/2024/4, 248/2024/0, 260/2024/6, 244/2024/8, 235/2024/8, 226/2024/8, 231/2024/k, 236/2024/6, 267/2024/9, 255/2024/4, 277/2024/7, 276/2024/9, 272/2024/6, 271/2024/8, 282/2024/4, 285/2024/9, 286/2024/7.
Edgardo Enrique Beretta, Administrador de Aduana.
e. 03/07/2024 N 42127/24 v. 03/07/2024
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
ADUANA ORÁN
Por ignorarse el domicilio de las personas que más abajo se detallan afectados a la Denuncias que se tramitan por ante esta Aduana, se NOTIFICA y HACE SABER a los interesados de las Disposiciones recaídas en las distintas causas y cuyo texto expresa: ORAN Y VISTO Y CONSIDERANDO DISPONE: ART.1º DESESTIMAR
la denuncia en contra de ART.2º TENGASE POR DECOMISADA LA MERCADERIA, y dese a la mercadería secuestrada el tratamiento dispuesto por al Art. 417 y ss. del Código Aduanero ART.3º NO REMITIR a aprobación ART.4º REGISTRESE Y NOTIFIQUESE FDO. BERETTA EDGARDO ENRIQUE. Administrador Aduana de Orán.