Boletín Oficial de la República Argentina del 27/06/2024 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Boletín Oficial Nº 35.449 - Primera Sección
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Jueves 27 de junio de 2024
El declarante que no cuente con el nombre de usuario y clave deberá completar el formulario de Formulario de solicitud de usuario Pago Electrónico publicado en la página web de ANMAT https www.argentina.gob.ar/
anmat/pagoelectronico, sección Descargas, y presentarlo en la Dirección de Informática de la ANMAT a los efectos de que gestione la generación del usuario y clave respectiva.
ARTÍCULO 8.- La omisión o error en los datos declarados impedirá el inicio o prosecución de todo trámite ante el Instituto Nacional de Productos Médicos, debiendo en su caso completar o rectificar la información ante esta Administración Nacional.
ARTÍCULO 9.- El declarante deberá abonar el arancel por la titularidad de los certificados comercializados o no comercializados inscriptos en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica durante el período declarado.
ARTÍCULO 10.- La falta de pago de lo establecido en la presente disposición dará lugar al cobro de intereses por mora a la tasa prevista en el artículo 37 de la Ley de Procedimiento Tributario N 11.683, desde los respectivos vencimientos, sin necesidad de interpelación alguna.
ARTÍCULO 11.-Establécese que la constancia de libre de deuda emitida por el Departamento de Tesorería de esta Administración Nacional, correspondiente a los últimos cinco años o los que corresponda, podrá ser requerida para los trámites que se inicien ante el Instituto Nacional de Productos Médicos en relación a los productos médicos.
ARTÍCULO 12.- La presente disposición entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 13º.- Publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Comuníquese a las Cámaras y Entidades Profesionales de los sectores involucrados; dese al Instituto Nacional de Productos Médicos, a la Dirección de Relaciones Institucionales, a la Dirección de Gestión de Información Técnica y a la Dirección General de Administración. Cumplido, archívese.
Nelida Agustina Bisio
e. 27/06/2024 N 40844/24 v. 27/06/2024