Boletín Oficial de la República Argentina del 01/06/2024 - Primera Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.433 - Primera Sección
69

Viernes 31 de mayo de 2024

ARTÍCULO 2º.- Déjase sin efecto los importes del promedio de las remuneraciones, con vigencia desde el 1 de enero de 2024 y del tope indemnizatorio resultante del mismo, indicados en el DI-2024-40702301-APN-DNRYRTMT
que como ANEXO integra la -Disposición DI-2024-131-APN-DNLMT correspondientes al Acuerdo N164/24.
ARTÍCULO 3º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que se registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante y proceda a la guarda correspondiente.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Pedro Diego Frankenthal NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 31/05/2024 N30717/24 v. 31/05/2024

MINISTERIO DECAPITAL HUMANO

DIRECCIÓN DENORMATIVA LABORAL
Disposición 153/2024
DI-2024-153-APN-DNLMT
Ciudad de Buenos Aires, 29/04/2024
VISTO el Expediente EX-2024-32021119- -APN-DGDMT, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o.1976 y sus modificatorias, la Disposición DI-2024-185-APN-DNRYRTMT,y CONSIDERANDO:
Que en las páginas 3/6 del documento RE-2024-32020891-APNDGDMT del presente expediente, obran las escalas salariales que integran el acuerdo homologado por la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº215/24, celebrado por la UNIÓN EMPLEADOS DE LA CONSTRUCCIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ENTIDADES DE LA CONSTRUCCIÓN FAEC y la CÁMARA ARGENTINA DE LA
CONSTRUCCIÓN CAMARCO, en el marco del Convenio Colectivo de trabajo N660/13, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que en la referida Disposición también se dispuso evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.
Que en cumplimiento de lo dispuesto se emitió en estas actuaciones el correspondiente informe técnico al cual se remite en orden a la brevedad, donde se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para la determinación del promedio mensual de remuneraciones y del tope indemnizatorio resultante.
Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 t.o. 1976 y por delegación efectuada por Disposición DI-2021-288-APN-DNRYRTMT, prorrogada por sus similares DI-2022-3730-APN-DNRYRTMT, DI-2023-213-APN-DNRYRTMT y DI-2024-107APN-DNRYRTMT, conforme a la Resolución RESOL-2021-301-APN-MT.
Por ello, ELDIRECTOR DENORMATIVA LABORAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, derivado del acuerdo homologado por la Disposición DI-2024-185-APN-DNRYRTMT y registrado bajo el Nº215/24, conforme a lo detallado en el archivo embebido que, como ANEXO DI-2024-43167332-APN-DNRYRTMT forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que se registre el importe

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 01/06/2024 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date01/06/2024

Page count76

Edition count9419

Première édition02/01/1989

Dernière édition06/08/2024

Télécharger cette édition