Boletín Oficial de la República Argentina del 21/03/2024 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 35.387 - Primera Sección
Jueves 21 de marzo de 2024

APERCIBIMIENTO dispuesto a fs. 20 vta art. 2 RESOL-2023-15-EAFIP-ADNECOSDGOAI y en consecuencia declarar la rebeldía del Sr. HUBERTUS VAN DER MARK Pasaporte NNXPBDBAL3, de nacionalidad Paises Bajos, de conformidad con lo establecido por los articulos 1105, 1106, 1107 sstes y cctes. CA. 2- DECLARAR DE PURO
DERECHO el trámite del presente procedimiento, toda vez que no existen pruebas pendientes de producción, sin perjuicio de lo normado por el artículo 1111 CA. 3- DISPONER DE LA MERCADERÍA por conducto de Sección Inspección Operativa AD NECO previa intervención de la Sección Inspcción Simultanea AD NECO a los efectos de la ampliación del informe de fs.16 de conformidad con lo normado por la IG N4 SDG OAI Punto II y IV a primer parráfo. NOTIFIQUESE de conformidad con lo establecido en los artículos 1004, 1013 inc h y concordantes del Código Aduanero, con copia al correo electrónico hpwvandermark@gmail.com. Cumplido, dése intervención a la Dirección Regional Aduanera Pampeana y oportunamente procedase de conformidad cn lo normado por el artículo 1040 del Código Aduanero. FDO ARENAS DARIO ADMINISTRADOR DE ADUANA DE NECOCHEA.
Daniel Dario Arenas, Administrador de Aduana.
e. 20/03/2024 N14793/24 v. 22/03/2024

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

ADUANA NECOCHEA
EDICTO
La División Aduana de Necochea ha ordenado notificar mediante EDICTO 3 dias en los terminos del inciso h del artículo 1013 del Código Aduanero lo resuelto en el SIGEA 17714-3-2020: 1-HACER EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO
dispuesto a fs. 29 art 2 RESOL-2023-14-E-AFIP-ADNECOSDGOAI y en consecuencia declarar la rebeldía del Sr. MARCO DOMINICI Pasaporte N YA4875044, de nacionalidad Italiana, de conformidad con lo establecido por los articulos 1105, 1106, 1107 sstes y cctes. CA. 2-DECLARAR DE PURO DERECHO el trámite del presente procedimiento, toda vez que no existen pruebas pendientes de producción, sin perjuicio de lo normado por el artículo 1111 CA. 3- DISPONER DE LA MERCADERÍA de conformidad con lo propiciado en el Informe Técnico de fs. 21/22, por conducto de Sección Inspección Operativa AD NECO procédase a instrumentar la puesta a disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación de cnformidad con lo normado por la Ley 25.603 art.5 y modifi. por la Ley 26434. NOTIFIQUESE de conformidad con lo establecido en los artículos 1004, 1013 inc hy concordantes del Código Aduanero. Cumplido, dése intervención a la Dirección Regional Aduanera Pampeanay oportunamente procedase de conformidad cn lo normado por el artículo 1040 del Código Aduanero.
FDO ARENAS DARIO ADMINISTRADOR DE ADUANA DE NECOCHEA.
Daniel Dario Arenas, Administrador de Aduana.
e. 20/03/2024 N14797/24 v. 22/03/2024

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

ADUANA RÍO GALLEGOS
Art. 1101 y 1013 inc. h C.A.
EDICTO
Se notifica los interesados que abajo se detallan de la corrida de vista por presunta infracción al Código Aduanero, para que en plazo de diez 10 días hábiles de publicada la presente, comparezcan a estar a derecho, produzcan su defensa y ofrezcan las pruebas que hacen a su descargo, bajo apercibimiento de decretar la rebeldía arts.
1101 y 1105 del Código Aduanero. Se les hace saber de la aplicación del artículo 1001 del C.A. Que en su primera presentación deberán constituir domicilio en el radio urbano de la ciudad de Río Gallegos, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en esta dependencia arts. 1001 al 1004 y 1013 del C.A.. Se les hace saber el detalle a los fines del pago del importe en concepto de multa y tributo que deben abonar, y que en caso de abonarse dentro del plazo de diez 10 diez días contados a partir de la presente publicación, se dictará la extinción de la acción penal según lo establecido en los artículos 930/932 del Código Aduanero. Asimismo que se aplicará la pena de comiso de la mercadería. Notifíquese. Fdo. Pablo Daniel Arguello Administrador Aduana Río Gallegos.
ACT.SIGEA

CAUSANTE

17600-1-2024

CARDENAS PAOLO DANIEL

DOCUMENTO
DNI 24.988.806
RUT 26931824-4

MULTA

TRIBUTO

ART C.A.

PENA ACC.

$1.178.502,93

NO

ART.970

CORRER VISTA

Pablo Daniel Arguello, Administrador de Aduana.
e. 20/03/2024 N14690/24 v. 22/03/2024

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/03/2024 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date21/03/2024

Page count44

Edition count9411

Première édition02/01/1989

Dernière édition29/07/2024

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