Boletín Oficial de la República Argentina del 04/12/2023 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.312 - Primera Sección

187

Lunes 4 de diciembre de 2023

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN DENORMATIVA LABORAL
Disposición 1082/2023
DI-2023-1082-APN-DNLMT
Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2023
VISTO los Expedientes detallados en el documento Anexo DI-2023-135901721-APN-DNRYRTMT, la Ley Nº14.250
t.o. 2004, la Ley Nº 20.744 t.o.1976 y sus modificatorias, las Resoluciones de la Secretaría de Trabajo y las Disposiciones de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo también detalladas en el mismo documento,y CONSIDERANDO:
Que por las Resoluciones y Disposiciones indicadas en el documento citado en el Visto, se homologaron diversos acuerdos celebrados por la FEDERACIÓN OBRERA CERAMISTA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA FOCRA y la ASOCIACIÓN DE FABRICANTES DE PORCELANA, LOZA Y AFINES AFAPOLA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº150/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004, los que fueron registrados bajo los números que se detallan en dicho documento.
Que más allá del tiempo transcurrido entre las fechas de celebración de algunos de los acuerdos precitados y las fechas de sus respectivas homologaciones, en los actos administrativos de homologación se encomendó evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.
Que en cumplimiento de lo dispuesto se emitió el informe técnico IF-2023-135896252-APN-DNRYRTMT, al cual se remite en orden a la brevedad, donde se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones y del tope indemnizatorio resultante.
Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 t.o. 1976 y por delegación efectuada por Disposición DI-2021-288-APN-DNRYRTMT, prorrogada por sus similares DI-2022-3730-APN-DNRYRTMT y DI-2023-213-APN-DNRYRTMT, conforme a la Resolución RESOL-2021-301-APN-MT.
Por ello, ELDIRECTOR DENORMATIVA LABORAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Fíjanse los importes promedio de las remuneraciones y los respectivos topes indemnizatorios, previstos en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, derivados de los acuerdos que se detallan en el archivo embebido que como ANEXO DI-2023-135901721-APN-DNRYRTMT, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Subsecretaría de Gestión Administrativa para la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que se registren los importes promedio de las remuneraciones fijados por este acto y de los topes indemnizatorios resultantes y proceda a la guarda correspondiente.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Jorge Pablo Titiro NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 04/12/2023 N98192/23 v. 04/12/2023

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/12/2023 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date04/12/2023

Page count190

Edition count9391

Première édition02/01/1989

Dernière édition09/07/2024

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