Boletín Oficial de la República Argentina del 04/12/2023 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Boletín Oficial Nº 35.312 - Primera Sección
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Lunes 4 de diciembre de 2023
ARTÍCULO 4.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 20.02 SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Vilma Lidia Ibarra NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 04/12/2023 N98798/23 v. 04/12/2023
SERVICIO NACIONAL DESANIDAD YCALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución 1241/2023
RESOL-2023-1241-APN-PRESSENASA
Ciudad de Buenos Aires, 01/12/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2023-137266999- -APN-DGTYASENASA; los Decretos Nros. 4.238 del 19 de julio de 1968 y 2.431 del 15 de julio de 1971; las Resoluciones Nros. RESOL-2023-339-APN-SAGYPMEC del 21 de septiembre de 2023 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA dependiente del MINISTERIO
DE ECONOMÍA, 204 del 19 de abril de 2011 y RESOL-2022-821-APN-PRESSENASA del 22 de diciembre de 2022, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,y CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución NºRESOL-2022-821-APN-PRESSENASA del 22 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se establecieron los incisos de las asignaciones que corresponde aplicar a los establecimientos habilitados por el aludido Servicio Nacional en concepto de retribución de servicios de inspección sanitaria, para el año 2023.
Que se han evaluado los informes mensuales suministrados por el personal encargado de los servicios de inspección sanitaria, determinándose los incisos de las asignaciones mensuales que deberán abonar dichos establecimientos a partir del 1 de enero de 2024.
Que de los resultados de la determinación realizada, surge la necesidad de modificar lo dispuesto por la citada Resolución NºRESOL-2022-821-APN-PRESSENASA.
Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº RESOL-2023-339-APN-SAGYPMEC del 21 de septiembre de 2023
de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se aprobaron los montos arancelarios que por retribución percibe el mentado Servicio Nacional, correspondientes a los servicios prestados a terceros por las distintas unidades organizativas del referido Organismo.
Que en el Capítulo II, Numeral 2.2 del Decreto N4.238 del 19 de julio de 1968 se establece que la asignación de la tasa por servicio de inspección se fijará de acuerdo con la naturaleza de la actividad para la cual se solicita habilitación, por el importe que determinen las normas vigentes, y en el Numeral 2.2.12 del mencionado acto administrativo se estatuye que la asignación que tribute por servicios de inspección sanitaria con sujeción al sistema de tasa fija deberá abonarse por adelantado del 1 al 10 de cada mes.
Que por el Artículo 7 del Decreto N2.431 del 15 de julio de 1971 se dispone que a los efectos de fijar las tasas por retribución de los servicios que presta el Organismo, las dependencias específicamente concurrentes en su cumplimiento, adoptarán los recaudos pertinentes para el debido contralor de las estadísticas correspondientes a cada establecimiento habilitado.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de acuerdo con lo establecido en el Artículo 8, inciso h del Decreto Nº1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.
Por ello, LAPRESIDENTA DELSERVICIO NACIONAL DESANIDAD YCALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establecer los incisos de las asignaciones que corresponde aplicar a los establecimientos habilitados por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en concepto de retribución