Boletín Oficial de la República Argentina del 01/12/2023 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Boletín Oficial Nº 35.310 - Primera Sección
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Viernes 1 de diciembre de 2023
Que el 15 de noviembre del corriente se estrenó el documental Valor Argentino Cooperativas y Mutuales por el País,una serie de 10 capítulos en la que se podrán conocer diferentes experiencias cooperativas y mutuales que contribuyen a la construcción de una sociedad democrática, inclusiva y solidaria.
Que, de esta manera, las entidades de la economía social y solidaria que impulsan Valor Argentino, construyen alianzas estratégicas con diferentes sectores para el fortalecimiento del asociativismo y expresan su diversidad y potencia en cada una de las regiones.
Que, por lo expuesto, resulta oportuno declarar de interés cooperativo y mutual la iniciativa Valor Argentino
Cooperativas y Mutuales por el País.
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7 inciso d de la Ley 19.549, el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le compete.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Leyes Nros. 19.331, 20.321, 20.337 y los Decretos N. 420/96, 723/96, 721/00, 1192/02, sus normas modificatorias y complementarias, ELDIRECTORIO DELINSTITUTO NACIONAL DEASOCIATIVISMO YECONOMIA SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Declárase de interés cooperativo y mutual la iniciativa Valor Argentino - Cooperativas y Mutuales por el país.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Ariel Guarco - Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Nahum Mirad - Alejandro Russo - Elbio Nestor Laucirica - Alexandre Roig e. 01/12/2023 N98149/23 v. 01/12/2023
INSTITUTO NACIONAL DEASOCIATIVISMO YECONOMÍA SOCIAL
Resolución 5460/2023
RESFC-2023-5460-APN-DIINAES
Ciudad de Buenos Aires, 30/11/2023
VISTO el EX-2023-139845990- -APN-MGESYAINAES,y CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social INAES, organismo descentralizado de la Jefatura de Gabinete de Ministros, es la autoridad de aplicación del régimen legal en materia de mutuales y cooperativas en los términos de las Leyes Nros. 19.331, 20.321, 20.337, Decreto N.º 420/96, sus modificatorios y complementarios.
Que su misión principal es concurrir a la promoción de las cooperativas y mutuales en todo el territorio nacional, a cuyo efecto otorga su personería jurídica, ejerce el control público y favorece su desarrollo.
Que este Instituto ha recibido diversas consultas realizadas por entidades como la Confederación Argentina de Mutualidades CAM y la Confederación Cooperativa de la República Argentina COOPERAR acerca de la naturaleza jurídica y el régimen legal e impositivo de cooperativas y mutuales.
Que compete a este organismo pronunciarse sobre las consultas referidas a fin de clarificar las inquietudes sobre el carácter de cooperativas y mutuales como personas jurídicas privadas empresarias no lucrativas.
Que el Decreto N.º 157/2020 dispuso la transferencia del INAES, atento sus objetivos, desde la entonces Secretaría de Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social a la órbita del entonces Ministerio de Desarrollo Productivo, cartera que constituía un ámbito más propicio para su desarrollo.
Que por el Decreto N.º 451/2022 se realizó una nueva transferencia del INAES a la Jefatura de Gabinete de Ministros, en atención a las políticas públicas que ejerce el Estado Nacional en ésta repartición.
Que la Organización de las Naciones Unidas ONU, en su Resolución N.º 76/135 del 2021 describe a las cooperativas y mutuales como empresas sostenibles y pujantes que contribuyen directamente a la generación de empleo decente, la erradicación de la pobreza y del hambre, la educación, la protección social, incluida la cobertura sanitaria universal, la inclusión financiera y la creación de opciones de vivienda asequibles en diversos sectores económicos.