Boletín Oficial de la República Argentina del 04/10/2023 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 35.271 - Primera Sección
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Miércoles 4 de octubre de 2023

mismo tiempo, le hará saber -conforme exige el Artículo 40 del Reglamento de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativosque contra el presente acto proceden los recursos de reconsideración y alzada previstos en los Artículos 84 y 94 de dicho ordenamiento y cuyos plazos de interposición son de DIEZ 10 días y QUINCE 15 días, respectivamente, contados desde la notificación ordenada.
ARTÍCULO 4º.- Publíquese por intermedio de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL, la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 5, Inciso 5.6 del Capítulo II del Anexo II del Acta Acuerdo de Reformulación del Contrato de Concesión de Obra Pública para las mejoras, ampliación, remodelación, conservación y administración del Corredor N18, aprobada por el Decreto N1.019 de fecha 6 de septiembre de 1996.
ARTÍCULO 5º.- Tómese razón, a través de la SUBGERENCIA DE DESPACHO Y MESA GENERAL DE ENTRADAS, quien comunicará mediante el Sistema de Gestión Documental Electrónica G.D.E. C.C.O.O. a las dependencias intervinientes y efectuará las notificaciones de práctica. Cumplido pase sucesivamente a la GERENCIA EJECUTIVA
DE PLANEAMIENTO Y CONCESIONES.
ARTÍCULO 6.- Notifíquese, comuníquese y dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación.
Gustavo Hector Arrieta e. 04/10/2023 N79688/23 v. 04/10/2023

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución 1341/2023
RESOL-2023-1341-APN-ENACOMJGM

Ciudad de Buenos Aires, 02/10/2023
VISTO el Expediente EX-2023-16370982-APN-SDYMEENACOM, la Ley N27.078, el Decreto PEN N267/2015, la RESOL-2023-263-APN-ENACOMJGM, la RESOL-2023-925-APN-ENACOMJGM, la RESOL2023-1200-APNENACOMJGMy CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes Nº27.078 y Nº26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL
DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE
SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que mediante Artículo 1 de la RESOL-2023-263-APN-ENACOMJGM, se aprobó el texto ordenado IF-202327504048-APN-DNCYFENACOM del GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES del REGLAMENTO PARA LA NOMINATIVIDAD Y VALIDACIÓN DE IDENTIDAD DE LOS USUARIOS TITULARES DE
LOS SERVICIOS DE COMUNICACIONES MÓVILES, que había sido aprobado por el Artículo 1 de la RESOL-20168507-E-APN-ENACOMMCO.
Que, se introdujeron diversas modificaciones al texto de la RESOL-2016-8507-E-APN-ENACOMMCO y, en atención a los cambios operados, se estableció un plazo de SESENTA 60 días, para que las Prestadoras del Servicio de Comunicaciones Móviles adecuaran sus sistemas de nominación y validación, de conformidad con las previsiones del texto ordenado del REGLAMENTO PARA LA NOMINATIVIDAD Y VALIDACIÓN DE IDENTIDAD DE
LOS USUARIOS TITULARES DE LOS SERVICIOS DE COMUNICACIONES MÓVILES, que se aprobaba.
Que por los motivos que se expusieron en sus considerandos, por Artículo 1 de la RESOL-2023-925APNENACOMJGM se extendió el plazo antes señalado por el término de CUARENTA Y CINCO 45 días.
Que a su vez, y sin perjuicio del accionar diligente de los sectores involucrados, dicho plazo resultó insuficiente a los fines de concluir la revisión de los términos y alcances del convenio a celebrar entre las Licenciatarias y el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS RENAPER, dadas las particularidades de las operaciones involucradas en el sistema de nominación y validación de identidad, que debe implementarse en el marco de lo previsto en la RESOL-2023-263-APN-ENACOMJGM.
Que en consecuencia, este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES dictó la RESOL-2023-1200-APNENACOMJGM, prorrogando el plazo dispuesto para que las Prestadoras del Servicio de Comunicaciones Móviles adecuaran sus sistemas de nominación y validación, de conformidad con las previsiones del REGLAMENTO PARA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/10/2023 - Primera Sección

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PaysArgentine

Date04/10/2023

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Edition count9401

Première édition02/01/1989

Dernière édition19/07/2024

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