Boletín Oficial de la República Argentina del 27/09/2023 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 35.266 - Primera Sección
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Miércoles 27 de septiembre de 2023

dentro de su responsabilidad primaria la de administrar el REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN
RÉGIMEN DE DEDUCCIÓN DE HABERES, establecido por el Decreto Nº14/2012.
Que, en virtud de ello, el área técnica competente analizó la documentación acompañada por la peticionante, la cual cumplimenta lo requerido en el marco normativo citado precedentemente, por lo cual se aconseja la inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL RÉGIMEN DE DEDUCCIÓN DE HABERES DEL DECRETO
N14/2012 a ASOCIACIÓN MUTUAL GENERAL DANIEL CERRI y la asignación de los códigos de descuento 410322 para Cuota Social y 410323 para Proveeduría, Consumos Varios.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades previstas por el artículo 6 del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA N52 de fecha 22 de marzo de 2012
y su modificatoria.
Por ello, LASECRETARIA DEGESTIÓN YEMPLEO PÚBLICO DELAJEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Incorpórase al REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL RÉGIMEN DE DEDUCCIÓN
DE HABERES a la ASOCIACIÓN MUTUAL GENERAL DANIEL CERRI, a quien se le asignarán los códigos de descuento N410322 para Cuota Social y N410323 para Proveeduría, Consumos Varios.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese, publíquese, dese a DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Ana Gabriela Castellani e. 27/09/2023 N77659/23 v. 27/09/2023

MINISTERIO DEAMBIENTE YDESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución 318/2023
RESOL-2023-318-APN-MAD

Ciudad de Buenos Aires, 25/09/2023
VISTO el Expediente EX-2023-06777794-APN-DGAYFMAD, las Leyes Nº26.331 y 27.270, el Decreto N91 del 13 de febrero de 2009 y la Resolución Nº424 de fecha 4 de marzo de 2020 del CONSEJO FEDERAL DE MEDIO
AMBIENTEy, CONSIDERANDO:
Que la Ley N26.331 de Presupuestos Mínimos para la Protección Ambiental de los Bosques Nativos y su Decreto Reglamentario N91/2009 establecen los presupuestos mínimos de protección ambiental para el enriquecimiento, la restauración, conservación, aprovechamiento y manejo sostenible de los bosques nativos, y de los servicios ambientales que éstos brindan a la sociedad.
Que mediante la Ley Nº 26.331 y su Decreto Reglamentario Nº 91/2009 se creó el FONDO NACIONAL PARA
EL ENRIQUECIMIENTO Y LA CONSERVACIÓN DE LOS BOSQUES NATIVOS, el cual tiene entre otros objetivos, compensar a las jurisdicciones que conservan los bosques nativos, por los servicios ambientales que éstos brindan.
Que es objetivo de la Ley fomentar las actividades de enriquecimiento, conservación, restauración, mejoramiento y manejo sostenible de los bosques nativos, promoviendo la conservación mediante el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos.
Que el Articulo 11 de la Ley Nº26.331 establece que será Autoridad de Aplicación en jurisdicción nacional la ex Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable, actual MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.
Que mediante el Articulo 12 de la mencionada norma, se creó el Programa Nacional de Protección de los Bosques Nativos, ejecutado por la Autoridad Nacional de Aplicación, enumerando dicho artículo los objetivos del citado programa.
Que en el marco de la Ley N26.331, Argentina presentó ante la Convención de Marco de Naciones Unidas para el Cambio Climático CMNUCC su estrategia nacional de reducción de emisiones por deforestación y degradación forestal REDD+ bajo el nombre de Plan de Acción Nacional de Bosques y Cambio Climático PANByCC.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/09/2023 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date27/09/2023

Page count123

Edition count9389

Première édition02/01/1989

Dernière édition07/07/2024

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