Boletín Oficial de la República Argentina del 28/06/2023 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 35.199 - Primera Sección

Miércoles 28 de junio de 2023

MINISTERIO DESALUD

Conforme a lo dispuesto por el art.49 -segundo párrafode la Ley 17.565 y atento a la imposibilidad de ubicarlo, por el presente se cita al Representante Legal de la razón social FARMACIA ONCE NORTE S.R.L. CUIT N3066162636-0 para que en el plazo de DIEZ 10 días, a contar del quinto de esta publicación, comparezca ante el DEPARTAMENTO DE FALTAS SANITARIAS de la DIRECCIÓN DE SUMARIOS del MINISTERIO DE SALUD DE LA
NACION, sito en la Avda. 9 de Julio N1925, Piso 3, C.A.B.A., en el horario de 11:00 h. A 17:00 h., a los efectos de tomar vista del Expediente N EX-2019-41919577- -APN-DNHFYSFMSYDS para posteriormente formular descargo y ofrecer la prueba que haga al derecho de su defensa, por la presunta infracción al artículo 4 de la Ley 17.565 en que habría incurrido, bajo APERCIBIMIENTO, en caso de incomparecencia, de juzgarlo en rebeldía.
FIRMADO: SR. DIRECTOR DE LA DIRECCION DE HABILITACION, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS.
DR FABIÁN ARIEL BASÍLICO.
Lilia del Carmen Vera, Jefa de Departamento, Dirección de Despacho.
e. 27/06/2023 N48182/23 v. 29/06/2023

MINISTERIO DESALUD

Conforme lo dispuesto por el art. 49 párrafo 2 de la Ley N17.565 y, art. 125 párrafo 2 de la Ley N17.132, atento a la imposibilidad de notificar a los presuntos infractores, por el presente se cita al Representante Legal de la firma MEDINSUMO S.R.L., C.U.I.T N30-71217031-6 y, al médico José Luis Callejas, para que en el plazo de DIEZ 10
días a contar del quinto de esta publicación, comparezca ante el DEPARTAMENTO DE FALTAS SANITARIAS de la DIRECCIÓN DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA Y SUMARIOS del MINISTERIO DE SALUD sito en la Av.
9 de Julio 1925, Piso 3, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES en el horario de 09:30 a 17:30 a los efectos de tomar vista del EX-2019-77170943- -APN-DNHFYSFMSYDS para posteriormente formular descargo y ofrecer la prueba que haga al derecho de su defensa por la presunta infracciónal artículo 34 cuarto párrafo del Decreto N7.123/68, artículo 35 de la Ley N17.565, en caso de la firma mencionada y, el artículo 18 de la Ley N17.132, en el caso del Sr. CALLEJAS , en que habrían incurrido las partes sumariadas bajo APERCIBIMIENTO, en caso de incomparecencia, de juzgarla en rebeldía. FIRMADO: SR. DIRECTOR DE LA DIRECCION DE HABILITACION, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS. DR FABIÁN ARIEL BASÍLICO.
Lilia del Carmen Vera, Jefa de Departamento, Dirección de Despacho.
e. 27/06/2023 N48184/23 v. 29/06/2023

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 28/06/2023 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date28/06/2023

Page count52

Edition count9413

Première édition02/01/1989

Dernière édition31/07/2024

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