Boletín Oficial de la República Argentina del 01/06/2023 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.181 - Primera Sección
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Jueves 1 de junio de 2023

escalafonaria se efectuará conforme a los mecanismos de selección y/o merituación y requisitos aplicables al cargo o función al que se aspire.
Que el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO homologado por el Decreto N2098/2008, determina, en los artículos 14 y 15, los requisitos mínimos que se deben acreditar para postularse a los distintos niveles escalafonarios.
Que, asimismo, el Decreto NDCTO-2022-103-APN-PTE homologa el Acta Acuerdo de fecha 26 de noviembre de 2021 y su Anexo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP, y determina, en su CLÁUSULA TERCERA, que por única vez y hasta el 31 de diciembre del año 2023, el personal permanente comprendido en el SINEP que reuniera los requisitos para el acceso a un nivel escalafonario superior y hasta un máximo de dos niveles, podrá solicitar su reubicación, conforme al Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito.
Que mediante el artículo 2 de la Resolución NRESOL-2022-53-APN-SGYEPJGM de la SECRETARÍA DE GESTIÓN
Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, se reglamentó el proceso citado y se aprobó el Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.
Que, asimismo, mediante Resolución NRESOL-2023-294-APN-MT del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL y sus modificatorias, se dio inicio al Proceso de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal de planta permanente con estabilidad del organismo.
Que, en efecto, tal como se encuentra regulado en los artículos 2 y 3 del citado plexo normativo, se designaron a los integrantes de los Comités de Valoración y se confeccionó el cronograma tentativo con los plazos del proceso.
Que, tal como lo dispone el artículo 12 del Anexo II de la Resolución NRESOL-2022-53-APN-SGYEPJGM de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos efectuó la definición del puesto a ocupar por los postulantes conforme al Nomenclador Clasificador de Puestos y Funciones.
Que los integrantes del Comité de Valoración Nº3 han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto N2.098/2008
y sus modificatorios, y la Resolución N39/2010 de la entonces SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICO, verificando el cumplimiento de los requisitos mínimos para cada Nivel escalafonario, dejando constancia de la nómina de agentes aprobados, mediante Actas Nº1 IF-2023-56447180-APN-DEYERTMT, N2 IF-2023-56328540-APNDSYCFMT y N3 IF-2023-59393777-APN-DEYERTMT respectivamente.
Que mediante Acta COPIC Nº 207 IF-2023-19785915-APN-COPIC del 23 de febrero de 2023, se dispuso que las intervenciones previstas por los artículos 8, 9, 11, y 12 del Anexo II de la Resolución NºRESOL-2022-53-APNSGYEPJGM de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, resultan suficientes, a los efectos de constatar los extremos requeridos por las normas que reglamentan la asignación de los suplementos por Agrupamiento, Función Específica y Capacitación Terciaria, contemplados en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, y el cumplimiento de los recaudos establecidos por las respectivas reglamentaciones aprobadas para la percepción de dichos suplementos, se verifican por el Comité de Valoración durante el proceso de valoración por evaluación y merito.
Que, asimismo, la DIRECCIÓN DE INTERPRETACIÓN Y ASISTENCIA ADMINISTRATIVA dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA, determinó que, mediante dictamen NIF-2023-29361320-APN-DIYANJGM, corresponde el cumplimiento de la citada Acta COPIC Nº207 de fecha 23 de febrero de 2023. En consecuencia, la jurisdicción tiene a su cargo efectuar la respectiva asignación a partir de la fecha de toma de posesión del cargo del Nivel Escalafonario Superior.
Que en razón de lo mencionado, los perfiles de los agentes Vanina Gabriela BIANCHI M.I. N31.061.880, Carolina Roxana GARCÉS TEJERINA M.I. N 28.888.047, Federico MURCIA M.I. N 24.881.402, Enrique Emilio RIBES
M.I. N16.362.756, Mariana RIVERO M.I. N27.661.313 y Damián UNTERHOLZNER M.I. N30.348.799 han accedido al Nivel Escalafonario superior como consecuencia de haber acreditado, a instancias del Comité de Valoración, título terciario pertinente respecto del puesto a ocupar.
Que, en base a la situación de revista actualizada, y en conformidad a lo dispuesto en el artículo 31 del Decreto N2.098/2008 y sus modificatorios, se recomendaron las asignaciones de Grado Escalafonario correspondientes al nuevo Nivel.
Que la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos y la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL han tomado la intervención que les compete.
Que las promociones en los puestos correspondientes no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 01/06/2023 - Primera Sección

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PaysArgentine

Date01/06/2023

Page count97

Edition count9384

Première édition02/01/1989

Dernière édition02/07/2024

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