Boletín Oficial de la República Argentina del 09/03/2023 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.126 - Primera Sección

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Jueves 9 de marzo de 2023

MINISTERIO DECULTURA
Resolución 192/2023
RESOL-2023-192-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2023
VISTO el Expediente NºEX-2023-16386392- -APN-DGDMC, la Resolución Nº1753 de fecha 14 de octubre de 2022 del MINISTERIO DE CULTURA, las Resoluciones Nº49 de fecha 11 de noviembre de 2022 y Nº65 de fecha 22 de diciembre de 2022 de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL,y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución M.C. Nº 1753/22 RESOL-2022-1753-APN-MC se aprobó la Tercera Convocatoria del MANTA - Beca para el desarrollo productivo artesanal, y su Reglamento de Bases y Condiciones que, como ANEXO I IF-2022-97867174-APN-DNICULMC, forman parte integrante de la citada medida.
Que a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS CULTURALES se invitó a artesanos y artesanas de todo el país a participar de la Tercera Convocatoria del MANTA - Beca para el desarrollo productivo artesanal, a los fines de promover el desarrollo productivo artesanal e incentivar la actividad de manera sustentable.
Que la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL es la autoridad de aplicación e interpretación del Reglamento de Bases y Condiciones aprobado y se encuentra facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, de acuerdo a lo indicado en el artículo 2º de la Resolución M.C. Nº1753/22 RESOL-2022-1753-APN-MC.
Que la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL designó, a través de la Resolución S.D.C. Nº49/22 RESOL2022-49-APN-SDCMC, como integrantes del comité evaluador al Señor Luis Manuel SANJURJO D.N.I.
Nº27.934.238 Director Nacional de Industrias Culturales, a la Señora Patricia DREIDEMIE D.N.I. Nº20.185.580, y a la Señora Adriana Lorena ANCHABA D.N.I. Nº24.198.318.
Que el comité evaluador se reunió con fecha 14 de diciembre de 2022, procediendo a elaborar la nómina de beneficiarios de la Tercera Convocatoria y la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL aprobó, a través de la Resolución S.D.C. Nº65/22 RESOL-2022-65-APN-SDCMC, la nómina elaborada por el comité evaluador y registrada como ACTA-2022-134414047-APN-DNICULMC y su ANEXO I IF-2022-134413994-APN-DNICULMC
que forman parte integrante de la citada medida.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS CULTURALES ha comunicado, mediante Informe Nº IF-202316229257-APN-DNICULMC, que se recibieron SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTISÉIS 6.826 postulaciones durante la Tercera Convocatoria, y se remarca la necesidad de promover la producción artesanal e incentivar mejoras en todos los aspectos de la actividad que incrementen su sustentabilidad.
Que en el sentido indicado por la Dirección Nacional, se estima necesario e imperioso aumentar la suma original en PESOS DOSCIENTOS MILLONES $200.000.000.- destinada a la atención de los nuevos beneficiarios, a fin de cumplir los objetivos principales que este Organismo tuvo en consideración al crear las Becas, en los mismos términos y condiciones.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de sus competencias.
Que el gasto que demande la presente medida, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº4 de fecha 9 de enero de 2023 DECAD-2023-4-APN-JGM.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios Nº 22.520 texto ordenado por Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios, el Decreto Nº 335/20 y los Decretos Nº101/85 y Nº1344/07 y sus modificatorios y complementarios.
Por ello, ELMINISTRO DECULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ampliar el monto destinado a la Tercera Convocatoria del MANTA - Beca para el desarrollo productivo artesanal, en un total de PESOS DOSCIENTOS MILLONES $200.000.000.-, a la suma ya asignada de PESOS CIENTO CUARENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS MIL $149.900.000.-, para la atención de las Becas que serán seleccionadas en el marco de la ampliación de la Tercera Convocatoria.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 09/03/2023 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date09/03/2023

Page count70

Edition count9411

Première édition02/01/1989

Dernière édition29/07/2024

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