Boletín Oficial de la República Argentina del 04/02/2023 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 35.104 - Primera Sección

Viernes 3 de febrero de 2023

SUPERINTENDENCIA DESERVICIOS DESALUD
Resolución 300/2023
RESOL-2023-300-APN-SSSMS

Ciudad de Buenos Aires, 01/02/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2022-113417658-APN-SAISSSSS, las Leyes Nº 23.660, Nº 23.661, los Decretos Nº1615 de fecha 23 de diciembre de 1996, y Nº2710 de fecha 28 de diciembre de 2012, la Resolución NRESOL2021-1033-APN-SSSMS de fecha 07 de junio de 2021,y CONSIDERANDO
Que en fecha 6 de septiembre de 2022, esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD suscribió con el MUNICIPIO DE VILLA MERLO un CONVENIO DE COLABORACIÓN Y COOPERACIÓN.
Que el Convenio celebrado tiene por objeto consolidar la representación institucional del organismo en territorio, a través de la apertura de nuevas Sedes Provinciales y la planificación estratégica de acciones, actividades y procedimientos técnicosadministrativos adecuados, que permitan mejorar la calidad de gestión y promuevan la accesibilidad de los actores involucrados en la temática.
Que el presente Convenio se funda en el marco de una relación de Cooperación y Colaboración Institucional entre ambas entidades.
Que no implica erogación alguna para este Organismo.
Que, en consecuencia, corresponde dictar el presente Acto Administrativo aprobando el convenio suscripto.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº1615 de fecha 23
de diciembre de 1996; Nº2710 de fecha 28 de diciembre de 2012 y N307 de fecha 07 de mayo de 2021.
Por ello, ELSUPERINTENDENTE DESERVICIOS DESALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Apruébase el CONVENIO DE COLABORACIÓN Y COOPERACIÓN entre la SUPERINTENDENCIA
DE SERVICIOS DE SALUD y el MUNICIPIO DE VILLA MERLO suscripto con fecha 6 de SEPTIEMBRE de 2022, que como IF-2022-113355292-APN-SAISSSSS forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y oportunamente, archívese.
Daniel Alejandro Lopez NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución no se publica/n.
e. 03/02/2023 N4907/23 v. 03/02/2023

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/02/2023 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date04/02/2023

Page count55

Edition count9418

Première édition02/01/1989

Dernière édition05/08/2024

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