Boletín Oficial de la República Argentina del 31/01/2023 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 35.101 - Primera Sección

Martes 31 de enero de 2023

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DERELACIONES YREGULACIONES DELTRABAJO
Disposición 33/2023
DI-2023-33-APN-DNRYRTMT
Ciudad de Buenos Aires, 04/01/2023
VISTO el EX-2021-08817934- -APN-DGDMT del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Ley Nº23.546 t.o.2004,y CONSIDERANDO:
Que en las paginas 5/7 de la CD-2021-08816798-APN-DGDMT del Expediente de referencia, obra el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION BANCARIA SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO por la parte gremial y la empresa BANCO SUPERVIELLE SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.
Que a través del presente se establece nuevas condiciones salariales, dentro de los términos y lineamientos estipulados.
Que los actores intervinientes en autos se encuentran legitimados para suscribir el presente, conforme surge de los antecedentes que se registran en esta Cartera de Estado.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas insertas, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos y por ante esta Cartera de Estado.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N14.250 t.o. 2004.
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por la Decisión Administrativa DA-2019-182-APN-JGM.
Por ello, LADIRECTORA NACIONAL DERELACIONESYREGULACIONES YREGULACIOES DELTRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1.- Declárese homologado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION BANCARIA SOCIEDAD DE
EMPLEADOS DE BANCO, por la parte gremial y la empresa BANCO SUPERVIELLE SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, que luce en las paginas 5/7 de la CD-2021-08816798-APN-DGDMT del EX-2021-08817934-APN-DGDMT; conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 2. Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Subsecretaria de Gestión Administrativa. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del instrumento identificado en el Artículo 1º de la presente Disposición.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Disposición, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o.2004.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese Gabriela Marcello NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 31/01/2023 N3877/23 v. 31/01/2023

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 31/01/2023 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date31/01/2023

Page count90

Edition count9381

Première édition02/01/1989

Dernière édition29/06/2024

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