Boletín Oficial de la República Argentina del 11/01/2023 - Primera Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.087 - Primera Sección
13

Miércoles 11 de enero de 2023

Que la actividad cinematográfica y audiovisual constituye un bien jurídico protegido en el artículo 75, inciso 19, de la Constitución Nacional, mediante el cual se tutela la identidad y pluralidad cultural, el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales.
Que los objetivos del PROGRAMA ESPACIOS INCAA, son facilitar los estrenos de películas nacionales en todo el territorio de nuestro país; contribuir a la formación de nuevos públicos ofreciendo una programación de calidad;
acercar el servicio de exhibición cinematográfica a áreas de nuestro territorio que no cuentan con el mismo, y contribuir a difundir nuestra cinematografía en el exterior.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES en su carácter de exhibidor Código 600338 ha adquirido mediante Resolución INCAA Nº170/2013 al Complejo denominado Cine GAUMONT Código C0033801, sito en la Avenida Rivadavia 1635 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que el Complejo de Cine GAUMONT funciona como Espacio INCAA.
Que por la Resolución INCAA N1477-E/2017 y sus modificatorias se aprobó el Reglamento para el otorgamiento de subsidios a películas documentales de largometraje cuyo soporte de filmación fuera digital.
Que la cantidad y calidad de producciones documentales realizadas bajo esta modalidad de fomento ha sido y sigue siendo significativa, y es por ello que es intención del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, promover, fomentar y fortalecer este tipo de producciones, en particular en la etapa de su exhibición en salas de cine, que, por lo general, es un tema complejo para sus realizadores.
Que mediante Resolución INCAA N1677-E/2022 se estableció un Programa de Estreno para los documentales digitales, que hayan recibido subsidio por parte del INCAA para su Producción y/o Postproducción conforme Resolución INCAA N1477-E/2017 y sus modificatorias, de manera de garantizar la llegada al público, a través de salas de cine de la red Espacios INCAA y de manera complementaria su difusión por la señal de televisión denominada CINE.AR TV y en la Plataforma de video a demanda VOD denominada CINE.AR PLAY y/u otras pantallas a cargo del Instituto, en la semana subsiguiente del estreno en las Salas de la Red de Espacios INCAA.
Que asimismo la implementación del programa Estreno de Documentales Digitales se llevará a cabo con una perspectiva Federal, ampliando así la difusión del cine documental, como así también los niveles de audiencias de este tipo de producciones.
Que tras el dictado de la Resolución INCAA N1677-E/2022, si bien fue recibida con beneplácito por el sector y comenzaron a adherirse al programa, surgieron desde la comunidad audiovisual consultas en relación el alcance interpretativo del mismo.
Que frente a las consultas recibidas, desde las distintas áreas técnicas de este Instituto se identificaron los aspectos sobre los que se consideraba pertinente realizar aclaraciones al texto de la Resolución.
Que resulta conveniente en virtud de ello, efectuar una aclaratoria sobre los artículos 2 y 4 de la Resolución INCAA N1677-E/2022, como así también acerca de la cláusula 2 del Anexo I de la misma.
Que la GERENCIA DE EXHIBICIÓN Y AUDIENCIAS, la GERENCIA GENERAL y la GERENCIA DE ASUNTOS
JURÍDICOS han tomado la debida intervención al respecto.
Que la facultad para la aprobación de esta resolución se encuentra comprendida en Ley Nº17.741 t.o. 2001 y sus modificatorias, y los Decretos Nº1536/2002, Nº90/2020 y Nº183/2022.
Por ello ELVICEPRESIDENTE ACARGO DELAPRESIDENCIA DELINSTITUTO
NACIONAL DECINE YARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Modificar el texto del Artículo 2 de la Resolución INCAA N1677-E/2022, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO 2: Las películas que adhieran al programa serán programadas en una sala del Complejo GAUMONT en por lo menos UNA 1 función diaria, durante UNA 1 semana cinematográfica y salas de la Red Espacios INCAA en, por lo menos, UNA 1 función.
ARTÍCULO 2.- Modificar el texto del Artículo 4 de la Resolución INCAA N1677-E/2022, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO 4: La Gerencia de Exhibición y Audiencias, a través de la Subgerencia de Exhibición, tendrá a su cargo la programación de las películas en, por lo menos, TRES 3 salas de la red de Espacios INCAA. Las fechas de programación y salas serán definidas exclusivamente, en función de la disponibilidad y serán confirmadas de manera fehaciente y con una anticipación mínima de QUINCE 15 días, para posibilitar una adecuada promoción del estreno. En función de la disponibilidad de la señal de televisión denominada CINE.AR
TV o en la que en el futuro la reemplace y la plataforma de video a demanda VOD denominada CINE.AR PLAY o en la que en el futuro la reemplace, la Subgerencia de Exhibición podrá disponer de la programación de la película,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/01/2023 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date11/01/2023

Page count102

Edition count9394

Première édition02/01/1989

Dernière édition12/07/2024

Télécharger cette édition