Boletín Oficial de la República Argentina del 28/12/2022 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.077 - Primera Sección
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Miércoles 28 de diciembre de 2022

EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD, Agrupamiento Asistencial, Categoría Profesional Adjunto, Grado Inicial del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N1133/09.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función de Jefatura Profesional Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con excepción al artículo 7 de la Ley N27.591 por no reunir los requisitos mínimos establecidos en los artículos 22 y 39 de dicho convenio.
ARTÍCULO 2.- El cargo involucrado en el artículo 1 de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido en los artículos 22 y 39 del Título III, Capítulo II y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción, dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N1133/09, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3. - El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 80 MINISTERIO DE SALUD, Entidad 902 HOSPITAL NACIONAL EN RED
ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES LIC. LAURA BONAPARTE.
ARTÍCULO 4. - Comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y Archivar.
Beatriz Yolanda Ramona Baldelli e. 28/12/2022 N105301/22 v. 28/12/2022

INSTITUTO NACIONAL DELAMÚSICA
Resolución 358/2022

Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2022
VISTO el Expediente N.º 335/22/INAMU, la Ley N.º 26.801, la Resolución N.º 123/19/INAMU, la Resolución N.º 124/19/INAMU, la Resolución N.º 152/21/INAMU, la Resolución N.º 207/22/INAMU, la Resolución N.º 313/22/
INAMU,y CONSIDERANDO:
Que por la Ley 26.801 se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA.
Que el artículo 6 inciso a de la mencionada ley establece entre las funciones del INSTITUTO NACIONAL DE LA
MÚSICA, la de promover, fomentar y estimular la actividad musical en todo el territorio de la República Argentina, otorgando los beneficios previstos en la ley Que la Ley 26.801 en su artículo 9 inciso g establece entre las funciones y competencias del Directorio, la de ejecutar las medidas de fomento tendientes a desarrollar la actividad musical, en sus aspectos culturales, artísticos, técnicos, industriales y comerciales, pudiendo a tal efecto auspiciar concursos, establecer premios, adjudicar becas de estudio e investigación y emplear todo otro medio necesario a tal fin.
Que el artículo 2 apartado 6 de la Resolución 123/2019/INAMU define como una de las medidas de fomento a la actividad musical, el otorgamiento de los subsidios, créditos y vales de producción establecidos en la Ley 26.801.
Que el artículo 26 de la Resolución 123/2019/INAMU prevé la existencia de un Consejo Regional de Músicos, integrado por el Coordinador Regional y los representantes de las Organizaciones de Músicos regionales, encargado de evaluar los proyectos que se presenten en las convocatorias.
Que el Directorio en el marco de las competencias asignadas por la Ley 26.801, estimó oportuno realizar la Convocatoria de fomento 2022 la cual fue dictada por la Resolución 207/22/INAMU.
Que en el artículo 24 de las Bases y Condiciones de la Convocatoria de Fomento 2022, se estableció que las personas beneficiarias deberán informar al INAMU, en el plazo improrrogable de 7 días corridos a computarse desde la publicación en Boletín Oficial y en el sitio web del INAMU, los datos correspondientes a los fines de hacer efectivo el pago de los subsidios. Vencido el plazo se dará por decaído el beneficio y ocupará su lugar el suplente.
Que se han declarado las personas beneficiarias de los subsidios regionales por Resolución N.º 313/22/INAMU, la cual ha sido publicada en el Boletín Oficial y comunicada a las personas beneficiarias.
Que se han observado situaciones por parte de las personas beneficiarias, tales como incumplir en informar los datos de las cuentas bancarias en los plazos estipulados.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 28/12/2022 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date28/12/2022

Page count162

Edition count9389

Première édition02/01/1989

Dernière édition07/07/2024

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