Boletín Oficial de la República Argentina del 05/12/2022 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Boletín Oficial Nº 35.061 - Primera Sección
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Lunes 5 de diciembre de 2022
CA, cuyos expedientes tramitan en la División Secretaría Nº4 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros AZOPARDO 350 PLANTA BAJA CABA, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio en los términos del art. 1001 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de lo indicado en el art. 1004 del mismo texto.
Se les hace saber que el pago de la multa mínima, dentro del plazo arriba señalado, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente art. 930, 931 y 932 del C.A.. Finalmente se hace saber que de conformidad con lo dispuesto en la Res. Gral AFIP N3271/12 y las disposiciones DE PRLA N16/2012 y 15/2013 se ha modificado la moneda de la obligación tributaria conforme se indica a continuación, y que en el caso de los tributos reclamados en dólares estadounidenses se utilizará para su conversión en pesos el tipo de cambio vendedor que informare el Banco de la Nación Argentina al cierre de sus operaciones, correspondiente al día hábil anterior a la fecha de su efectivo pago. Se deja constancia que las presentaciones a efectuarse deberán realizarse en ésta secretaría en el horario de 10 a 16 horas, de lunes a viernes.
SIGEA
IMPUTADO
CURTARSA
CURTIEMBRE
ARGENTINA SAIC
CUIT 30-517078200.
17115-456-2016
SINDICO
QUIEBRA - EMILIO
JULIO BIANCO
CUIT 20-126731117
DESTINACION
INFR
MULTA
TRIBUTOS
FIRMADO POR
09001IT14004921H
970 C.A.
$91.474
USD 21.754
Abog. y Cdor. Hernan Carlos Witkovski Leg. 28006-2-Jefe DVSEC4
Cristian Román Cappellari, Instructor, División Secretaría N4.
e. 05/12/2022 N99496/22 v. 05/12/2022
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS
La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1ro. de la Ley 25603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías que se detallan en el Anexo IF-2022-02240216AFIP-DEOPADSDGOAM que forma parte integrante del presente, que podrán dentro del plazo de TREINTA 30
días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren.
Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do., 3ro.,4to. y 5to. de la Ley 25603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en la Sección Gestión de Rezagos SE GSRE, dependiente del Departamento Operacional Aduanero, sito en Defensa 131, 5to piso, Of 505 y 507, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Eduardo Daniel Gomez, Jefe de Departamento, Departamento Operacional Aduanero.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 05/12/2022 N99308/22 v. 05/12/2022
ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
El ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ENACOM, con domicilio en la calle Perú 103 de la CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES, informa que por EX-2022-111715345-APN-REYSENACOM, tramita la solicitud formulada por COOPERATIVA VILLA GIARDINO DE SERVICIOS PUBLICOS LIMITADA CUIT 30- 61521274-8, tendiente a prestar el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico en el área de cobertura de la localidad de Villa Giardino, Departamento de Punilla, Provincia de Córdoba. En consecuencia se otorga un plazo de TREINTA 30 días hábiles desde la publicación de la presente, a fin de tomar vista de las actuaciones en la Sede del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y, en su caso, formular las observaciones que estime pertinentes conf. Artículo 95 de la Ley N27.078.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 05/12/2022 N99414/22 v. 05/12/2022