Boletín Oficial de la República Argentina del 30/07/2022 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.972 - Primera Sección
Viernes 29 de julio de 2022

Que en torno a lo que surge del aporte solidario de la cláusula tercera del presente acuerdo, corresponde dejar expresamente establecido que su operatividad quedará circunscripta al plazo de vigencia previsto para el acuerdo de marras.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo ha tomado la intervención pertinente.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello, ELSECRETARIO DETRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo obrante en páginas 2/4 del IF-2022-17147173-APN-DGDMT del EX-2022-17143664- -APN-DGDMT, celebrado entre la ASOCIACIÓN BANCARIA SOCIEDAD EMPLEADOS DE
BANCO, por la parte sindical, y la empresa CAJA DE AHORRO Y SEGURO SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro del acuerdo obrante en el Artículo precedente de la presente resolución.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N18/75.
ARTÍCULO 4.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD
SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley N14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 29/07/2022 N47534/22 v. 29/07/2022

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DETRABAJO
Resolución 956/2022
RESOL-2022-956-APN-STMT
Ciudad de Buenos Aires, 17/05/2022
VISTO el EX-2020-60805297- -APN-DGDYDJGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N14.250 t.o. 2004, la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias,y CONSIDERANDO:
Que en el RE-2020-60805116-APN-DGDYDJGM del EX-2020-60805297- -APN-DGDYDJGM, obra el acuerdo suscripto entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO DEL AGUA Y LA ENERGÍA A.P.J.A.E., por la parte sindical, y la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER
SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, cuya homologación las partes solicitan conforme lo dispuesto por la Ley N14.250 t.o. 2004.
Que en dicho acuerdo las partes pactan condiciones salariales, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N1156/10 E, conforme los lineamientos estipulados en el mismo.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/07/2022 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date30/07/2022

Page count185

Edition count9415

Première édition02/01/1989

Dernière édition02/08/2024

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