Boletín Oficial de la República Argentina del 24/09/2021 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.756 - Primera Sección
Viernes 24 de septiembre de 2021

d Desarrollar sus actividades sociales y/o laborales y/o comerciales y/o deportivas extremando la observancia de las medidas de prevención y cuidado, por el plazo de DIEZ 10 días computados desde la toma de muestra de la prueba PCR negativa en origen, realizada dentro de las SETENTA Y DOS 72 horas previas al embarque, quedando prohibido durante ese lapso concurrir a eventos masivos, o utilizar el transporte colectivo de pasajeros terrestre, salvo en las situaciones expresamente autorizadas.
e Contar con el comprobante de su vacunación registrado en la Aplicación Mi Argentina, si la vacunación hubiera sido realizada en la República Argentina. En el caso de quienes se hubieran vacunado en el extranjero, deberán contar con el comprobante validado por el país que efectuó la vacunación.
f Exhibir el comprobante de vacunación cuando le sea requerido por las autoridades competentes nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales al arribo al país, por los operadores de transporte en el momento del embarque hacia el país, o por la jurisdicción del domicilio del ingresante, o la de tránsito, cuando controla el cumplimiento de las disposiciones del presente artículo o se exija en virtud de la normativa vigente en ella.
Los argentinos y las argentinas y las personas residentes en territorio nacional que hubieran viajado al exterior y no cuenten con un esquema completo de vacunación realizado con una antelación mayor a CATORCE 14 días al momento de su ingreso al país, incluidas las personas para quienes las vacunas no están hasta el momento autorizadas, deberán realizar el aislamiento previsto en el artículo 7, inciso d del Decreto N260/20 y sus normas modificatorias y complementarias; además de cumplir con el test PCR hasta SETENTA Y DOS 72 horas previas al embarque, el test de antígeno a su llegada al país y el test PCR al séptimo día contado desde su arribo, para así poder dar por finalizado su aislamiento en caso de resultar las pruebas diagnósticas negativas, de conformidad con la normativa vigente.
ARTÍCULO 2.- Establécese que las personas extranjeras no residentes autorizadas expresamente por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA
DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, para desarrollar una actividad laboral o comercial esencial o deportiva profesional para la que fueron convocadas, no deberán cumplir con la cuarentena prevista en la Decisión Administrativa N2252/20, y normativa complementaria, en tanto den cumplimiento a las condiciones establecidas en el artículo 1 de la presente y en los protocolos establecidos para su actividad.
ARTÍCULO 3.- La DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, y el MINISTERIO DE TRANSPORTE dictarán, cada uno en el marco de sus competencias, las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para la implementación de la presente medida.
ARTÍCULO 4.- Deróganse la Decisión Administrativa Nº846 del 26 de agosto de 2021 y sus normas complementarias y/o modificatorias.
ARTÍCULO 5º.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 6.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Luis Manzur - Carla Vizzotti e. 24/09/2021 N70986/21 v. 24/09/2021

MINISTERIO DEDEFENSA
Decisión Administrativa 929/2021
DECAD-2021-929-APN-JGM - Licitación Pública N340/1-0003-LPU21.

Ciudad de Buenos Aires, 23/09/2021
VISTO el Expediente NºEX-2021-29750735-APN-DGADMD, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias,y CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N652 de fecha 18 de mayo de 2021 del MINISTERIO DE DEFENSA se autorizó la convocatoria de la Licitación Pública N340/1-0003-LPU21 para la ADQUISICIÓN DE CAMIONES DE CAMPAÑA
MEDIANO - 4X4 PARA EL EJÉRCITO ARGENTINO y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares respectivo.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/09/2021 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date24/09/2021

Page count106

Edition count9396

Première édition02/01/1989

Dernière édition14/07/2024

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