Boletín Oficial de la República Argentina del 07/09/2021 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.742 - Primera Sección
92

Martes 7 de septiembre de 2021

CONSIDERANDO:
Que en las páginas 3/11 del IF-2019-01577632-APN-ATSMPYT obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS SALTA , por la parte sindical, y la COMPAÑÍA
SALTEÑA DE AGUA Y SANEAMIENTO S.A. CO.SA y SA., por la parte empleadora, ratificado por la FEDERACION
NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº57/75 E, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº2191/19, conforme surge del orden 18 y del IF-2019-100583133-APN-DNRYRTMPYT, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N20.744 t.o 1976 y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO
DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que en el orden 29, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Dirección Nacional por el cual se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, las Decisiones Administrativas Nº296 del 9
de marzo de 2018 y N182 del 15 de marzo de 2019 y la Resolución RESOL-2019-1047-APN-MPYT.
Por ello, LADIRECTORA NACIONAL DERELACIONES YREGULACIONES DELTRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la RESOL-2019-2060-APN-SECTMPYT y registrado bajo el Nº 2191/19, suscripto entre el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS SALTA , por la parte sindical, y la COMPAÑÍA SALTEÑA DE AGUA Y SANEAMIENTO S.A. CO.SA y SA., por la parte empleadora, ratificado por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, conforme al detalle que, como ANEXO
IF-2020-26071903-APN-DRYRTMPYT, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental para la intervención correspondiente. Cumplido ello, vuelva a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que el Departamento de Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante y proceda a la guarda correspondiente.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Gabriela Marcello NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 07/09/2021 N63890/21 v. 07/09/2021

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/09/2021 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date07/09/2021

Page count94

Edition count9397

Première édition02/01/1989

Dernière édition15/07/2024

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