Boletín Oficial de la República Argentina del 23/08/2021 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.730 - Primera Sección
85

Lunes 23 de agosto de 2021

Asociaciones Sindicales

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Resolución 487/2021
RESOL-2021-487-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 19/08/2021
VISTO el EX-2020-10143128- -APN-MT, la Leyes Nros. 23.551, 25.674, 26.390 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 7 de fecha 10 de diciembre de 2019,y CONSIDERANDO:
Que por la Ley N23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable a las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.
Que en fecha 6 de octubre de 2016 la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, con domicilio en Lima 163 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, solicitó la aprobación de la modificación parcial de su Estatuto Social, de conformidad con las disposiciones de la Ley 23.551, sus modificatorias, y el Decreto Reglamentario N467 de fecha 14 de abril de 1988.
Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial N130, la que fue otorgada mediante Resolución N241 de la entonces SECRETARÍA DE TRABAJO Y PREVISIÓN de fecha 26 de agosto de 1949.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales ha aconsejado la aprobación de la modificación parcial del Estatuto Social de la entidad, respecto del artículo 75.
Que, compartiendo dicho criterio, la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL efectuó el control de legalidad al que hace referencia el artículo 7 del Decreto Reglamentario N467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N23.551 y su reglamentación, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables, sobre normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.
Que la entidad mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial, conforme fuera aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.
Que, así, la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales ha prestado conformidad a la aprobación de la modificación parcial del texto del Estatuto Social presentado por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES
DE LUZ Y FUERZA.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N22.520 t.o por Decreto N438/92, sus modificatorias, la Ley N23.551 y el artículo 7 del Decreto 467 de fecha 14 de abril de 1988.
Por ello, ELMINISTRO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Apruébase la modificación parcial del Estatuto Social de la FEDERACIÓN ARGENTINA DE
TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, con domicilio en Lima 163 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, respecto del artículo 75 obrante en el IF-2020-10405059-APN-DNASIMPYT, orden N8, de conformidad con las disposiciones de la Ley N23.551, sus modificatorias, y el Decreto Reglamentario N467 de fecha 14 de abril de 1988. El mencionado artículo pasará a formar parte del texto del Estatuto Social aprobado por Resolución N1279
dictada el 30 de noviembre de 2007 por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la presente aprobación tiene alcance meramente estatutario y no podrá ser invocada por la asociación sindical peticionaria como una ampliación de su representatividad vigente en los términos y con los alcances previstos en la Ley N23.551.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 23/08/2021 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date23/08/2021

Page count87

Edition count9396

Première édition02/01/1989

Dernière édition14/07/2024

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