Boletín Oficial de la República Argentina del 03/08/2021 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.715 - Primera Sección NOMBRES Y APELLIDO

CUIL

Abgda. Lina Silvana ANLLO

27224097323

64

Martes 3 de agosto de 2021

FUNCIÓN ACTUAL
Director/directora de fiscalización y operativa aduanera - DIR. REG. D/LOS REC.
D/LA SEG. SOC. GDES. EMP SDG COSS

FUNCIÓN ASIGNADA
Acorde al grupo - DIR. REG. D/LOS
REC. D/LA SEG. SOC. GDES. EMP
SDG COSS

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mercedes Marco del Pont e. 03/08/2021 N53405/21 v. 03/08/2021

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
Disposición 117/2021
DI-2021-117-E-AFIP-AFIP

Ciudad de Buenos Aires, 30/07/2021
VISTO las Disposiciones Nros. DI-2021-74-E-AFIP-AFIP del 21 de mayo de 2021, DI-2021-86-E-AFIPAFIP del 8 de junio de 2021 y DI-2021-96-E-AFIP-AFIP del 29 de junio de 2021 y el Expediente Electrónico NEX-2021-00579135-AFIP-SEASDVGEPESDGRHH del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS,y CONSIDERANDO:
Que por los actos dispositivos citados en el VISTO de la presente se introdujeron modificaciones en la Estructura Organizativa en el ámbito de la Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones.
Que por lo expuesto, la citada Subdirección General propone dar por finalizadas funciones, ratificary designar a diverso personal para desempeñarse en los cargos de Directores titulares, interinosy Coordinador y Supervisor, en el ámbito de su jurisdicción.
Que el artículo 6, inciso 1 b del Decreto N618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.
Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio artículo 4º C.N. que se le ha encomendado por imperativo legal Decretos Nros. 1.156/96, 618/97 y 1.399/01, consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.
Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N56/92 Laudo N16/92
t.o. Resolución S.T. N 924/10 y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo Nº 15/91 t.o. Resolución S.T.
Nº925/10, la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.
Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finalización de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por vasta jurisprudencia administrativa y judicial.
Que la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho en reiteradas oportunidades que la estabilidad del empleado no implica, en principio y dentro de ciertos límites, que no puedan variarse las modalidades de la prestación de los servicios, con la eventual incidencia que puedan tener en las retribuciones no permanentes.
Que las facultades que tiene este Organismo como empleador con relación a la organización, dirección y modificación de las formas y modalidades de trabajo resultan amplias.
Que de lo antes expuesto surge que las medidas que se adoptan se inscriben dentro del plexo de facultades normales de organización que posee esta Administración Federal y que, por consiguiente, encuadran en el ámbito de discrecionalidad propia de la función.
Que la Subdirección General de Recursos Humanos ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de las facultades conferidas por los artículos 4º y 6º del Decreto Nº618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios y por el Decreto N1.399 del 4
de noviembre de 2001.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/08/2021 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date03/08/2021

Page count74

Edition count9413

Première édition02/01/1989

Dernière édition31/07/2024

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