Boletín Oficial de la República Argentina del 30/04/2021 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.644 - Primera Sección
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Viernes 30 de abril de 2021

ARTÍCULO 3.- Comuníquese la presente medida, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese.
Jose Fernando Piluso e. 30/04/2021 N28114/21 v. 30/04/2021

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN DECOMPRAS
Disposición 199/2021
DI-2021-199-E-AFIP-DICOMPSDGADF
Ciudad de Buenos Aires, 16/04/2021
VISTO el Expediente principal Nº EX-2020-00670043- -AFIP-DVADGESDGADF, y sus Expedientes asociados Nros. EX-2020-00471691- -AFIP-SEPLSGSDGADF y EX-2020-00759797- -AFIP-DVADGESDGADF, del Registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS,y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente principal citado en el visto tramita en forma electrónica el procedimiento de selección para la provisión de alcohol en gel con destino a los edificios centralizados de esta Administración Federal de Ingresos Públicos, por el término de NUEVE 9 meses.
Que la presente contratación se realiza a través del Sistema Portal de Compras AFIP, implementado mediante Disposición NDI-2017-231-APN-AFIP.
Que en Orden N5 del Expediente asociado NEX-2020-00471691- -AFIP-SEPLSGSDGADF, obra el Formulario de Solicitud de Contratación Nº SC-2020-00482796-AFIP-DIINLOSDGADF, suscripto por la Dirección de Infraestructura y Logística.
Que según obra en el Orden N7 del Expediente principal, mediante Formulario Nº1236E aprobado por Disposición NDI-2020-00691235-AFIP-DVADGESDGADF de fecha 14 de octubre de 2020, la División Adquisiciones Generales autorizó la realización del Proceso de Compra Nº A0KG000000-0030-LPU20, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 21, inciso 1 del Régimen General para Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras Públicas de la AFIP, aprobado por la Disposición Nº297/03 AFIP, por un monto total de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS MIL
$2.700.000,00, correspondientes a UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTÉSIMOS
1.687,50 módulos en los términos de la Disposición N DI-2020-71-E-AFIP-AFIP, su modificatoria Disposición NDI-2020-115-E-AFIP-AFIP y el Decreto N963/2018, vigente a la fecha de autorización.
Que, a su vez, en el citado acto se aprobaron el Pliego de Especificaciones Técnicas y el Pliego de Condiciones Particulares, documentos GEDO Nros. IF-2020-00681904-AFIP-SEPLSGSDGADF y PLIEG-2020-00691126AFIP-DVADGESDGADF, obrantes en Órdenes Nros 4 y 6, respectivamente.
Que en el Orden N 80 obra el Acta de Apertura de fecha 03 de noviembre de 2020, donde se evidencia que concurrieron cotizando precios las firmas ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. oferta en Órdenes Nros. 11 y 81, TOBIN
CONSULTING GROUP de LAURA LORENA MEDINA oferta en Órdenes Nros. 12, 13 y 82, JUAN CARLOS
CARDINALE S.R.L. oferta en Órdenes Nros. 14 a 22 y 83, FARMÁTICA de IVAN JOEL VEGA oferta en Órdenes Nros. 23 a 26 y 84, LABEL GROUP S.R.L. oferta en Órdenes Nros. 27, 28 y 85, LABORATORIOS ESME S.A.I.C.
oferta en Órdenes Nros. 29 a 34 y 86, 152BIS S.A.S. oferta en Órdenes Nros. 35 a 38 y 87, ERRE-DE S.R.L.
oferta en Órdenes Nros. 39 y 88, VALOT S.A. ofertas Alternativas Nros. 1 y 2 en Órdenes Nros. 40 a 51 y 89, BIOLÓGICA ARGENTINA de EDUARDO GABRIEL LAMAS oferta en Órdenes Nros. 52 a 58 y 90, ROITZ S.A.
oferta en Órdenes Nros. 59, 91 y 95, COALIX S.A. oferta en Órdenes Nros. 60 a 63, 92 y 96 y SERVICIOS PARA
LA HIGIENE S.A. ofertas Alternativas Nros. 1 y 2 en Órdenes Nros. 64 a 79, 93 y 97.
Que mediante documento GEDO Nº IF-2021-00029362-AFIP-CEADFSDGADF, obrante en Orden N 209, la Comisión Evaluadora del Área Central emitió el Dictamen de Evaluación de Ofertas, donde aconsejó declarar inadmisibles las ofertas presentadas por los oferentes FARMÁTICA de IVAN JOEL VEGA, TOBIN CONSULTING
GROUP de LAURA LORENA MEDINA, LABEL GROUP S.R.L., LABORATORIOS ESME S.A.I.C., 152BIS S.A.S.,ERREDE SRL S.R.L., VALOT S.A. Alternativas Nros. 1 y 2, BIOLÓGICA ARGENTINA de EDUARDO GABRIEL LAMAS y ROITZ S.A., en atención a no haber presentado la garantía de mantenimiento de oferta, incumpliendo el artículos 55, inciso 1, apartado a del Anexo a la Disposición Nº297/03 AFIP, y el procedimiento establecido en el punto 7
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA del Pliego de Condiciones Particulares; configurándose la causal prevista en el artículo 43, inciso c de la norma citada precedentemente.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/04/2021 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date30/04/2021

Page count95

Edition count9410

Première édition02/01/1989

Dernière édition28/07/2024

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