Boletín Oficial de la República Argentina del 05/01/2021 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.554 - Primera Sección
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Martes 5 de enero de 2021

7, MADEL COMPANY SA CUIT 33-65434662-9, RAUL JORGE LEON POGGI CUIT 20-08336759-9, FEAS
ELECTRÓNICA S.A. CUIT 30-70770219-9, SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. CUIT 30-71158542-3, ROSANA
MARIA LEONOR POLLERO CUIT 27-16910912-0, PROVEX S.R.L. CUIT 30-71517096-1, PEDRO GUSTAVO
BARACCO CUIT 20-16267352-2, DIEGO PASMAN CUIT 20-29950091-9, DANIEL EDGARDO VALDEZ CUIT
20-39715822-6, MARKETING DIMENSION S.A.CUIT 30-70851561-9, GRUPO ARIES SALUD S.A. CUIT
33711871409, MARTA ALONSO CUIT 27-03954748-7 y MARIO OMAR GARAVELLI CUIT 20-12274306-4.
Que luce vinculado el CUADRO COMPARATIVO DE OFERTAS mediante IF-2020-90840218- APN-DCYCMC.
Que la SUBSECRETARIA DE ESPACIOS Y PROYECTOS ESPECIALES eleva su Informe Técnico y Económico mediante IF-2020-90754378-APN-SSGEYPEMC.
Que en dicho informe el área requirente manifiesta que En virtud de la disposición 48/2020, cuando el criterio de selección recaiga en el precio, el análisis de las ofertas comenzará por la oferta más económica. Si dicha oferta cumpliera con las especificaciones técnicas y demás condiciones requeridas, se podrá recomendar su adjudicación sin necesidad de evaluar las restantes ofertas presentadas, salvo que por cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia se entienda necesario determinar el orden de mérito de todas las ofertas presentadas.
Que mediante el mencionado IF-2020-90754378-APN-SSGEYPEMC se recomienda adjudicar el renglón 1 a la firma PROVEX S.R.L.CUIT 30-71517096-1, el renglón 2 a la firma DANIEL EDGARDO VALDEZ CUIT 2039715822-6, los renglones 3 y 4 a la firma COMODIN SOLUCIONES S.R.L. CUIT3071687485-7, el renglón 5 a la firma LAURA LORENA MEDINA CUIT 27-27104460-2, el renglón 6 a la firma COMODIN SOLUCIONES S.R.L.
CUIT3071687485-7 y los renglones 7 y 8 a la firma DANIEL EDGARDO VALDEZ CUIT 20-39715822-6.
Que asimismo aconseja desestimar respecto al renglón 3 las ofertas presentadas por DANIEL EDGARDO VALDEZ
CUIT 20-39715822-6 por resultar técnicamente inadmisible y la oferta presentada por MARTA ALONSO CUIT
27-03954748-7 por resultar formalmente inadmisible; respecto al renglón 4 las ofertas presentadas por LAURA LORENA MEDINA CUIT 27-27104460-2, DANIEL EDGARDO VALDEZ CUIT 20-39715822-6 y DEBORA
ALICIA LACUNZA CUIT 27-26148669-0 por resultar técnicamente inadmisible y respecto al renglón 6 la oferta presentada por DANIEL EDGARDO VALDEZ CUIT 20-39715822-6 por resultar técnicamente inadmisible.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES mediante IF-2020-90842461-APN-DCYCMC aconseja adjudicar el renglón 1 al oferente PROVEX S.R.L. CUIT 30-71517096-1 por la totalidad de PESOS DOSCIENTOS
SESENTA MIL NOVECIENTOS $ 260.900,00; el renglón 2 al oferente DANIEL EDGARDO VALDEZ CUIT 2039715822-6 por la totalidad de PESOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS $40.600.-; el renglón 3 al oferente COMODIN
SOLUCIONES S.R.L. CUIT3071687485-7 por la totalidad de PESOS CIENTO DOCE MIL QUINIENTOS $112.500.; el renglón 4 al oferente COMODIN SOLUCIONES S.R.L. CUIT3071687485-7 por la totalidad de PESOS CIENTO
VEINTISEIS MIL $126.000.-; el renglón 5 al oferente LAURA LORENA MEDINA CUIT 27-27104460-2 por la totalidad de PESOS CIENTO VEINTISEIS MIL SETECIENTOS $126.700.-; el renglón 6 al oferente COMODIN
SOLUCIONES S.R.L. CUIT3071687485-7 por la totalidad de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL $150.000.-; el renglón 7 al oferente DANIEL EDGARDO VALDEZ CUIT 20-39715822-6 por la totalidad de PESOS CIENTO
CUATRO MIL $104.000.- y el renglón 8 al oferente DANIEL EDGARDO VALDEZ CUIT 20-39715822-6 por la totalidad de PESOS SESENTA MIL QUINIENTOS $60.500.- por ser dichas ofertas técnicamente admisibles y económicamente convenientes.
Que en IF-2020-90727155-APN-DCYCMC surge el estado de inscripción en el Sistema de Información de Proveedores SIPRO asociado al Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional COMPR.
AR de los proveedores invitados a cotizar.
Que no existen precios máximos establecidos por la Resolución de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Nº100/20, para este rubro conforme luce en IF-2020-90714871APN-DCYCMC.
Que el gasto que demande la presente medida ha sido previsto en los créditos presupuestados aprobados por Ley N27.467 Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2020, prorrogada por el Decreto N4 de fecha 2 de enero de 2020 y distribuidos por la Decisión Administrativa N1 de fecha 10 de enero de 2020.
Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES y la DIRECCIÓN
GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CULTURA.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº1030/16, el Decreto Nº1344/07, la Ley de Ministerios N22.520 y lo previsto por la Disposición Nº48/2020, la Disposición N53/2020 y la Disposición N55/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y sus correspondientes Anexos.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/01/2021 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date05/01/2021

Page count57

Edition count9387

Première édition02/01/1989

Dernière édition05/07/2024

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