Boletín Oficial de la República Argentina del 27/08/2020 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.460 - Primera Sección
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Jueves 27 de agosto de 2020

Artículo 4: Los sistemas informáticos de la Administración Tributaria Provincial y su página web, al ingreso de cada contribuyente con su clave fiscal, comunicarán como primer paso toda información disponible en el domicilio fiscal electrónico, sin admitir la continuidad en la misma, si no acusa lectura de lo puesto a disposición del contribuyente en Mi Ventanilla, situación que será asentada en las actuaciones correspondientes.
Artículo 5º: Modificar el artículo 7 de la Resolución General N1886/16, disponiendo que todo aviso, citación, intimación, notificación y/o comunicación en general remitida al domicilio fiscal electrónico, permanecerá disponible en el mismo durante un plazo máximo de ciento ochenta 180 días corridos desde su perfeccionamiento.
Artículo 6: Ordenar el inicio de una campaña publicitaria por el plazo de 15 días relacionada al domicilio fiscal electrónico y notificación electrónica, a fin de concientizar a la ciudadanía, invitando a la misma a la actualización de sus datos personales y correos electrónicos registrados ante el organismo, dejando debida constancia que los mismos son subsistentes hasta tanto no exista modificación fehaciente y validada.
Artículo 7: Aprobar el modelo de cédula de notificación electrónica que se incorpora como Anexo I y forma parte integrante de la presente Resolución General.
Artículo 8: Establecer que con posterioridad al dictado de la presente Resolución General todo contribuyente que ingrese a su domicilio fiscal electrónico tomará conocimiento del contenido de la presente Resolución General como de las RG 1865/16, RG 1883/16, RG 1886/16, RG 1888/16, RG 1909/17, RG 1916/17.
Artículo 9: Comunicar la presente Resolución General como las RG 1865/16, RG 1883 del 27 de septiembre de 2016, RG 1886 del 25 de noviembre de 2016, RG 1888 del 7 de diciembre de 2016, RG 1909 del 27 de junio de 2017, RG 1916 del 13 de septiembre de 2017, en forma fehaciente a la Cámara de Comercio del Chaco, Consejo Profesional de Ciencias Económicas del Chaco Administración Federal de Ingresos Públicos, Colegio de Abogados del Chaco y Consejo de Abogados y Procuradores del Chaco.
Artículo 10: Disponer que la presente Resolución General entrará en vigencia a partir del día 16 de marzo de 2020.
Artículo 11: Por Despacho, notificar la presente a las distintas dependencias de esta Administración Tributaria Provincial. Regístrese, comuníquese, publíquese por dos días en el Boletín Oficial provincial y Nacional y en un diario local y archívese.
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA PROVINCIAL, 10 de Marzo de 2020
Lucía I. Schweizer, Asesora Legal - Jorge Danilo Gualtieri, Administrador General - Teresa R. I. Nuñez, A/C Dirección Técnica Jurídica.
NOTA: El texto completo de la RG 2014, y su Anexo I, pueden consultarse en www.chaco.gov.ar/atp link legislación tributaria.
e. 27/08/2020 N34791/20 v. 28/08/2020

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/08/2020 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date27/08/2020

Page count84

Edition count9392

Première édition02/01/1989

Dernière édition10/07/2024

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