Boletín Oficial de la República Argentina del 26/08/2020 - Primera Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.459 - Primera Sección
46

Miércoles 26 de agosto de 2020

gestionar el diseño y la coordinación interfuerzas e interagencial, en operaciones conjuntas de seguridad interior para el combate de delitos federales.
Que, el CENTRO DE PLANEAMIENTO OPERATIVO C.P.O. se encuentra integrado por personal superior de la Policía Federal Argentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina, sin perjuicio que la SECRETARIA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL podrá invitar a integrar el C.P.O., a representantes de Organismos Nacionales con competencia en materia de delitos federales.
Que, en tal sentido, es necesario el dictado de la presente a fin de precisar la correcta implementación y actuación del CENTRO DE PLANEAMIENTO OPERATIVO C.P.O., con el objeto de optimizar sus fines, y, a consecuencia de lo normado en el artículo Quinto de la RESOL - 2020 - 228 APN MSG, establecer la oportunidad de evaluar la creación de las denominadas Unidades Descentralizadas que le dependan con idéntica integración y funciones, dentro del territorio nacional.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de éste MINISTERIO, ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 50/19, y la RESOL - 2020 - 228 APN MSG.Por ello, ELSECRETARIO DESEGURIDAD YPOLÍTICA CRIMINAL
RESUELVE
ARTÍCULO 1: Determínese que el seguimiento de las funciones del CENTRO DE PLANEAMIENTO OPERATIVO
C.P.O., establecidas en la RESOL 2020 228 - APN - MSG, será analizado y evaluado en el seno de una Mesa de Trabajo conformada por el SUBSECRETARIO DE INTERVENCIÓN FEDERAL, por Funcionarios de la SECRETARÍA
DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL con competencia operativa en la materia, representantes designados por las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales y demás Organismos con competencia en la materia que puedan ser convocados, cada SIETE 7 días, término que podrá modificarse por cuestiones de urgencia, u oportunidad, mérito y conveniencia.
ARTÍCULO 2º: Los resultados obtenidos luego de cada reunión de la Mesa de Trabajo cuya conformación se ordena en el artículo precedente, serán registrados en un Informe que contendrá la evaluación de los operativos realizados, el plan de acción/trabajo a implementar y todo aquello que sea menester, con el objeto de alcanzar los fines establecidos para el CENTRO DE PLANEAMIENTO OPERATIVO C.P.O..ARTÍCULO 3: A partir de la comunicación de la presente, y dentro del plazo de QUINCE 15 días corridos, cada Fuerza Policial y de Seguridad Federal, deberá confeccionar un Informe suscripto por el Jefe de cada Fuerza, que contenga la descripción y circunstancias de los operativos en curso, vinculados con delitos de carácter federal, el cual deberá ser entregado en forma personal, a través de los representantes designados, al Titular de la SUBSECRETARÍA DE INTERVENCIÓN FEDERAL, en formato estrictamente confidencial.
ARTÍCULO 4º: La presente resolución cobrará vigencia a partir del día de su publicación.
ARTÍCULO 5: Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y archívese. Eduardo Alfredo Villalba e. 26/08/2020 N34340/20 v. 26/08/2020

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Resolución 669/2020
RESOL-2020-669-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2020
VISTO el Expediente NºEX-2020-36322269--APN-DGDMTMPYT, la Ley de Ministerios Nº22.520 Texto Ordenado por Decreto Nº438/92 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 7 del 11 de diciembre de 2019 y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y
EMPLEO N9 del 12 de septiembre de 2018, y la Resolución de la ex SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y
SERVICIOS FEDERALES Nº2 del 14 de agosto de 2019;y, CONSIDERANDO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 26/08/2020 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date26/08/2020

Page count94

Edition count9411

Première édition02/01/1989

Dernière édition29/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones