Boletín Oficial de la República Argentina del 20/08/2020 - Primera Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

66

Boletín Oficial Nº 34.454 - Primera Sección
Jueves 20 de agosto de 2020

ARTICULO 7º.- Notifíquese fehacientemente lo dispuesto a los oferentes que cotizaron en esta contratación.
ARTICULO 8º.- Autorícese al Departamento Contrataciones a emitir la correspondiente Orden de Compra y comunicaciones relacionadas, por un importe total de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y
SIETE MIL QUINIENTOS DIEZ CON CERO CENTAVOS $5.687.510,00, e imputar a la partida presupuestaria correspondiente, a fin de ejecutar la adjudicación dispuesta en el presente acto administrativo.
ARTICULO 9º.- Certifíquense, por medio de la Comisión de Recepción, los insumos detallados en la respectiva Orden de Compra, dando cumplimiento a lo establecido en la Orden Transitoria Nº05/20 del Director General de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO.
ARTICULO 10º.- Pásese, para conocimiento y efectos, al DEPARTAMENTO CONTRATACIONES Y COMPRAS de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO.
ARTICULO 11.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto Hugo Croci e. 20/08/2020 N33377/20 v. 20/08/2020

ARMADA ARGENTINA

HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DR.PEDRO MALLO
Disposición 323/2020
DI-2020-323-APN-DGSAARA
Ciudad de Buenos Aires, 14/08/2020
VISTO el expediente electrónico EX-2020-38620345- -APN-DGSAARA, el artículo 15 ter del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS y la Disposición Nº 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES texto según Disposición ONC
N55/20,y CONSIDERANDO:
Que el señor Jefe del Departamento Farmacia y Esterilización solicitó la inmediata ADQUISICION DE JERINGAS Y
SONDAS PARA PACIENTES CON COVID-19, dado que son necesarias para la atención de los pacientes afectados por el virus COVID-19 e internados en el HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO
MALLO.
Que el procedimiento de selección de co-contratante particular elegido fue el previsto en el artículo 15 ter del Decreto citado en el visto, y que el mismo ha sido sustanciado a través de la plataforma COMPR.AR.
Que el contenido de las invitaciones cursadas a los proveedores cumple con las pautas fijadas en el artículo 3
inciso d del Anexo a la Disposición N 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES texto según Disposición ONC N55/20.
Que, a las diez horas del día 30 de junio de 2020, el acto de apertura de ofertas se realizó tal como estaba previsto.
Que se puso en conocimiento el acta de apertura a la INSPECCIÓN GENERAL DE LA ARMADA y a la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que los oferentes BIOSAFETY S.A. CUIT 30715631578, BECTON DICKINSON ARGENTINA SRL CUIT 30700473658, ANTIGUA SAN ROQUE SRL CUIT 30656875786, PHARMA EXPRESS S.A. CUIT 30707093079, NIPRO MEDICAL
CORPORATION SUC. ARG. CUIT 33693501739 y SOLOIMPORTACION SRL CUIT 30710292589 cumplen con los requerimientos de admisibilidad objetiva y subjetiva exigidos en las invitaciones a participar en el presente procedimiento.
Que, a la fecha, los oferentes no registran sanciones en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales REPSAL creado por la Ley Nº26.940.
Que los oferentes BIOSAFETY S.A. CUIT 30715631578, BECTON DICKINSON ARGENTINA SRL CUIT 30700473658, ANTIGUA SAN ROQUE SRL CUIT 30656875786, PHARMA EXPRESS S.A. CUIT 30707093079, NIPRO MEDICAL
CORPORATION SUC. ARG. CUIT 33693501739 y SOLOIMPORTACION SRL CUIT 30710292589 no poseen deuda líquida y exigible o previsional ante la AFIP. El oferente DROGUERIA FAMILY CUIT 30710807341 posee deuda líquida y exigible o previsional ante la AFIP.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 20/08/2020 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date20/08/2020

Page count92

Edition count9410

Première édition02/01/1989

Dernière édition28/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones