Boletín Oficial de la República Argentina del 15/09/2019 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

87

Boletín Oficial Nº 34.197 - Primera Sección
SUMARIO NUMERO 076

INTERESADO

251/2019/6
347/2019/5
158/2019/2
258/2019/9
237/2019/9
238/2019/7
236/2019/0

CHIRICO RAFAEL JESUS
ZOTO FELIX
FAJARDO NORMA CARMELA
RUIZ EVA MARIA CALLA ROJAS SILVERIA
RODRIGUEZ ASUNCIÓN VALENCIA
BODOA VEIZAGA LUIS F.

Viernes 13 de septiembre de 2019
INFRACC. ARTS.
CA.
987
947
987
987
947
962
947

IMPORTE MULTA en PESOS
123.670,55
834.000,00
46.889,68
57.422
65.918,68
116.709,55
137.720,06

Edgardo Enrique Beretta, Administrador de Aduana.
e. 13/09/2019 N68753/19 v. 13/09/2019

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

ADUANA ORÁN
ADUANA DE ORÁN, 05 DE SEPTIEMBRE DE 2019.
Por desconocerse el domicilio, se cita a las personas que más abajo se detallan, para que en el perentorio plazo de 3 tres días hábiles administrativos se presenten a presenciar la verificación física de las mercaderías secuestradas en las mismas, conforme a lo previsto en el Art. 1094 inc. b del Código Aduanero Ley 22.415, bajo apercibimiento de tener por confirmada las efectuadas sin derecho a reclamar al resultado de la misma, la cual se realizara en la sede de la Aduana de Oran, sita en Av. Palacios N830 Local 3 de la ciudad de Oran Salta. Al propio tiempo se les cita para que dentro del plazo de 10 diez días hábiles administrativos comparezcan en los Sumarios enumerados respectivamente a presentar defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que en cada caso se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán asimismo constituir domicilio dentro del radio urbano de la oficina Art. 1001
C.A., bajo apercibimiento del Art. 1004 C.A. Se les hace saber que de corresponder el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, producirá la extinción de la acción penal aduanera, el antecedente no será registrado Arts. 930/932 del C.A.. Asimismo se le hace saber que en caso de haber entre las mercaderías secuestradas, artículos de los indicados en el art. 4º y 5º de la Ley 25.603, u otros, perecederos o cualquier otro tipo de mercadería cuya permanencia implicara peligro para su inalterabilidad o la de la contigua, se procederá de conformidad a las previsiones indicadas en la citada Ley 25.603 o en su caso conforme al Capítulo Tercero, Título II, Sección V del Código Aduanero Ley 22.415.-. FDO. BERETTA EDGARDO ENRIQUE. Administrador Aduana de Orán.
SUMARIO NUMERO 076
704/2018/2
375/2019/9
192/2019/9
159/2019/9
365/2019/5
400/2019/8
299/2019/K
405/2019/4
404/2019/6
184/2019/4

INTERESADO
VILACBA OMAR NESTOR
PACHECO FLORES NELSON
LLANOS MARGARITA
DAVILA JUAN CARLOS
YANIQUE RUIZ JUANA
CHAMBI CRUZ TITO
OCAMPO MAXIMILIANO ESTEBAN
MATIAS MAMANI JOAQUIN
ORTUÑO ROJAS FELICIDAD
QUISPE VILMA ANGELICA

INFRACC. ARTS. CA.
987
987
947
947
977
970
947
977
977
947

IMPORTE MULTA en PESOS
121.084,71
80.084,79
12.496,68
71.595,66
61.272,00
84.975,00
882.275,30
84.861,00
145.280,00
187.745,16

Edgardo Enrique Beretta, Administrador de Aduana.
e. 13/09/2019 N68755/19 v. 13/09/2019

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

ADUANA POSADAS
EDICTO PARA ANUNCIAR MERCADERIAS SIN TITULAR CONOCIDO, SIN DECLARAR O EN REZAGO
La Dirección General de Aduanas comunica mediante el presente en los términos de los artículos 1 y 2 de la Ley 25.603 por el plazo de 01 día a quienes acrediten su derecho a disponer de la mercadería cuya identificación debajo de detalla, que podrán solicitar respecto de ella, mediante presentación, alguna destinación autorizada dentro de los 30 treinta días corridos contados desde de la publicación del presente en los términos del artículo 417 y siguientes del CA Ley 22.415 bajo apercibimiento de declarar abandonada a favor del Estado según los

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/09/2019 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date15/09/2019

Page count121

Edition count9407

Première édition02/01/1989

Dernière édition25/07/2024

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