Boletín Oficial de la República Argentina del 29/05/2019 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.124 - Primera Sección
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Miércoles 29 de mayo de 2019

de juicio tenidos en cuenta lo permiten. ARTÍCULO 10: Se le hace saber que, dentro del plazo de quince 15 días hábiles a contar desde la notificación del presente acto podrá interponer contra el mismo alguno de los recursos previstos en el artículo 76 de la Ley Nº11.683 texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, a saber: a recurso de reconsideración para ante el superior, en cuyo caso el plazo se computa en días hábiles administrativos; o b recurso de apelación para ante el Tribunal Fiscal de la Nación, en cuyo caso el plazo se computa en días hábiles para ese Tribunal. La elección del recurso es optativa para el recurrente y excluye la admisibilidad del no elegido.
Si en el término señalado no interpusiese alguno de los recursos precitados, se producirán los efectos previstos en el artículo 79 de la ley citada. En caso de interponer el recurso de apelación para ante el Tribunal Fiscal de la Nación, deberá comunicar a esta dependencia tal situación dentro del mismo plazo para apelar, de acuerdo con lo previsto por el artículo 166 de la mencionada ley. ARTÍCULO 11: Poner en conocimiento a la contribuyente de lo dispuesto por el artículo 2 del Anexo I de la Acordada N1/2019 dictada por el Tribunal Fiscal de la Nación, en cuanto a que todo recurso o demanda, sus contestaciones y demás presentaciones ante dicho Tribunal, deberán efectuarse a través de la Plataforma de Trámites a Distancia TAD. ARTÍCULO 12: Publíquese en la Dirección Nacional del Registro Oficial por cinco 5 días. RESOLUCIÓN N32/2019 DV RRII P. Cont. Púb. PABLO HERNÁN
MANASEVICH Jefe Int. División Revisión y Recursos II DIRECCIÓN REGIONAL PALERMO.
Pablo Hernan Manasevich, Jefe de División, División Revisión y Recursos N2.
e. 27/05/2019 N36453/19 v. 31/05/2019

INSTITUTO NACIONAL DEASOCIATIVISMO YECONOMÍA SOCIAL

EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº1656, Capital Federal, notifica que se ha ordenado instruir sumario a la entidad: -COOPERATIVA DE TRABAJO ANDRESITO
2 LIMITADA matrícula 37375 EE 2018 50660167 APN MGESYA INAES RESFC 2018 2757 APN DIINAES
De acuerdo a las normas en vigor, se fija un plazo de DIEZ 10 días con más los ampliatorios que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Capital Federal, para que presente el descargo y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho art 1º inc. f de la Ley Nº19.549. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal Arts. 19, 20, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario Nº1752/72 TO 1991
El presente deberá publicarse en el Boletín Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Decreto Reglamentario Nº1759/72 T.O 1991 FDO: DRA. ANDREA DELBONO. Instructora sumariante.
Andrea Delbono, Instructor Sumariante, Coordinación de Intervenciones y Liquidaciones.
e. 27/05/2019 N36611/19 v. 29/05/2019

INSTITUTO NACIONAL DEASOCIATIVISMO YECONOMÍA SOCIAL

EDICTO
Por medio de la presente se procede a notificar que el Directorio del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social ha dictado la Resolución RESFC-2018-3617-APN-DIINAES la cual dio por concluido el procedimiento administrativo que tramitó por Expediente : EX-2018- 03613674-APN-MGESYAINAES de la entidad denominada SANTOS COOPERATIVA DE CRÉDITO, CONSUMO Y VIVIENDA LIMITADA, MATRICULA 21427y, en consecuencia se resolvió: 1.- La revocación de la aprobación del reglamento de servicio de crédito indicando que deberá la cooperativa abstenerse de efectuar cualquier tipo de actividad crediticia y gestión de cobranzas. 2.- La instrucción de sumario bajo el procedimiento Resolución 3098/08 De conformidad con lo establecido en el art. 40 del Dto.
1759/72 T.O. 2017, se deja constancia que la Resolución RESFC-2018-3617-APN-DIINAES constituye un acto administrativo que agota la instancia administrativa. Contra éste Ud. podrá interponer, dentro de los plazos que seguidamente se enuncian, los siguientes recursos: i. RECURSO DE ACLARATORIA -Art. 102 Dto. N1759/72
T.O. 2017- dentro del plazo de 5 días de notificado. ii. RECURSO DE REVISIÓN -Art. 22, inciso a Ley N19.549dentro del plazo de 10 días de notificación -Art. 22, incisos b, c y d Ley N19.549- dentro del plazo de 30 días de recobrarse o hallarse los documentos o cesar la fuerza mayor u obra del tercero; o de comprobarse en legal forma los hechos indicados en los incisos c y d. iii. RECURSO DE RECONSIDERACIÓN -Art. 84 Dto. N1759/72
T.O. 2017- dentro del plazo de 10 días de notificación. iv RECURSO DE ALZADA Art. 94 Dto. 1759/72 T.O. 2017dentro del plazo de 15 días de notificado Marisa Andrea Celeste, Instructor Sumariante, Coordinación de Intervenciones y Liquidaciones.
e. 27/05/2019 N36612/19 v. 29/05/2019

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 29/05/2019 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date29/05/2019

Page count104

Edition count9400

Première édition02/01/1989

Dernière édition18/07/2024

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