Boletín Oficial de la República Argentina del 22/02/2019 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.062 - Primera Sección
Viernes 22 de febrero de 2019

Alejandro ABELE DNI 16.501.982, 8- Silvina Laura TOME DNI 21.617.893, 9- Gustavo PEÑA DNI 12.306.094, 10- Sofía ROMANO URSAGASTE DNI 35.824.952, 11- Jorge Alfredo ALBERTO DNI 21.978.267.
Que por Resolución INCAA N976-E/2018, se estableció la delegación de la competencia para el otorgamiento de los premios a los ganadores de los sorteos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES en el Gerente General del Organismo.
Que la Subgerencia de Fiscalización a la Industria Audiovisual ha tomado intervención al respecto.
Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención de su competencia.
Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley Nº 17.741 t.o. 2001 y sus modificatorias y las Resoluciones INCAA N976-E/2018 y N1261-E/2018.
Por ello, ELGERENTE GENERAL DELINSTITUTO NACIONAL DECINE YARTES AUDIOVISUALES
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Declárense ganadores a los participantes que figuran en el Anexo GDE IF-2019-06194464- APNSGFIAINCAA, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Disposición.
ARTÍCULO 2º.- Liquídese y abónese a favor de los ganadores que figuran en el Anexo GDE IF-2019- 06194464-APNSGFIAINCAA, el monto que allí se estipula para cada uno.
ARTÍCULO 3º.- Imputar el gasto a la Partida correspondiente sujeto a disponibilidad presupuestaria.
ARTÍCULO 4º.- Publicar los nombres de los ganadores en la página Web del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y
ARTES AUDIOVISUALES.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y archívese. Juan Aramburu NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 22/02/2019 N10716/19 v. 22/02/2019

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
Disposición 213/2019
DISFC-2019-213-APN-PNAMSG

Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2019
Visto lo propuesto por la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, lo analizado por la Dirección de Planeamiento,y CONSIDERANDO:
Que conforme a lo establecido en el artículo 155 de la Ley Nº20.094 Ley de Navegación, los buques son bienes registrables.
Que el artículo 48 de la mismadistingue a los buques en mayores,a partir de las DIEZ 10 toneladas de arqueo total, y menores cuando no alcanzan ese tonelaje.
Que el artículo 49 de la mencionada ley determina que el alcance y contenido de las distinciones establecidas en el artículo precedente, serán regulados por normativa reglamentaria.
Que el artículo 201.0205 del Decreto Nº 4.516/73 Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre REGINAVE, reglamenta la inscripción de las embarcaciones en los Registros de las Dependencias Jurisdiccionales.
Que asimismo, dicho artículo determina que en los Registros de las Dependencias Jurisdiccionales se matricularán todos los buques y artefactos navales de hasta UNA 1 tonelada de arqueo total, al solo efecto de su individualización y fines administrativos correspondientes. Los efectos de los actos jurídicos que versen sobre estos bienes, entre las partes y respecto de terceros serán los determinados por el Régimen del Código Civil y Comercial de la Nación para las cosas muebles art. 1895 y concordantes.
Que los artículos 201.0301 a 201.0305 del REGINAVE determinan la Organización de los Registros de las Dependencias Jurisdiccionales.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/02/2019 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date22/02/2019

Page count69

Edition count9415

Première édition02/01/1989

Dernière édition02/08/2024

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