Boletín Oficial de la República Argentina del 02/07/2018 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 33.902 - Primera Sección CERTIFICADO
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Lunes 2 de julio de 2018

Firma titular del Certificado DOMINGO VERDE
DOMINGO VERDE
RAVIOLO
ARMSTRONG
INSTITUTO SANITAS ARGENTINO
CHEMOTECNICA SINTYAL
CHEMOTECNICA SINTYAL
PROINDAR
PROINDAR
CASA RUBIO
CASA RUBIO
CASA RUBIO
LABORATORIO BIOQUIMICO GUILLEN
LABORATORIO BIOQUIMICO GUILLEN
LABORATORIO BIOQUIMICO GUILLEN
ALTAYA Y GATTI
OSIRIS
NEOFARMA
AGUILAR, SLAPAK Y LISTA
BLAFIN
MEAD JOHNSON
LANDO
QUIMICA MONTPELLIER
QUIMICA MONTPELLIER

ARTÍCULO 2º.- Regístrese; gírese a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Dése a la Dirección del Registro Oficial para su publicación; cumplido; archívese. Carlos Alberto Chiale e. 02/07/2018 N46851/18 v. 02/07/2018

MINISTERIO DEENERGÍA

SUBSECRETARÍA DEENERGÍAS RENOVABLES
Disposición 1/2018
Ciudad de Buenos Aires, 29/06/2018
VISTO el Expediente N EX-2018-30181279-APN-DGDOMEM, las Leyes Nros. 26.190, 26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009 y 27.191, el Decreto N531 del 30 de marzo de 2016
y su modificatorio, la Resolución Conjunta N4 del 29 de diciembre de 2017 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, la Resolución General Conjunta N4.185 del 5 de enero de 2018 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO
DE PRODUCCIÓN,y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Conjunta N4 del 29 de diciembre de 2017 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, se aprobó un procedimiento especial destinado a obtener la declaración de Proyecto Crítico y la aplicación del beneficio previsto en el artículo 34 de la Ley N26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009 incorporado como artículo 106 de la Ley N11.672
Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2014, aplicable para los casos y con el alcance que se disponen en el Anexo IF-2017-34066846-APN-SSERMEM, que forma parte integrante de la citada resolución.
Que el citado artículo 34 de la Ley N 26.422 estableció el beneficio de eximición del pago del derecho de importación y de las tasas de estadística y comprobación de destino a la importación para consumo de las mercaderías nuevas y no producidas en el país, destinadas a obras de infraestructura cuyo objeto constituya, entre otros casos, la generación de energía eléctrica, siempre que sean declaradas como Proyecto Crítico.
Que la declaración de Proyecto Crítico y el otorgamiento del beneficio mencionado, en los términos de la citada resolución conjunta, únicamente alcanzan al universo de sujetos mencionados en el artículo 1 del Anexo de dicha norma, para la importación de aerogeneradores de potencia superior a SETECIENTOS KILOVATIOS 700
kW incluidos en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR N.C.M 8502.31.00, por la potencia total y por las cantidades que para cada proyecto se consignan en los respectivos Certificados de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/07/2018 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date02/07/2018

Page count103

Edition count9423

Première édition02/01/1989

Dernière édition10/08/2024

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