Boletín Oficial de la República Argentina del 05/03/2018 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 33.824 - Primera Sección

108

Lunes 5 de marzo de 2018

ENTE NACIONAL REGULADOR DELAELECTRICIDAD

Resolución ENRE N62/2018
ACTA N1515
Expediente ENRE N46.717/2016
Buenos Aires, 1 DE MARZO DE 2018
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la Solicitud para el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la Ampliación de la Capacidad de Transporte Existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA
POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA TRANSPA S.A. a requerimiento de la COOPERATIVA LIMITADA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y VIVIENDA DE PUERTO MADRYN
SERVICOOP para la obra consistente en la habilitación de DOS 2 nuevos puntos de conexión en la barra de 33
kV del Centro Distribuidor interior en la ET DGPA, instalación que forma parte de la red operada por TRANSPA
S.A. 2.- Publicar dicha solicitud mediante un AVISO en la página web del ENRE y solicitar a CAMMESA que haga lo propio, por el plazo de CINCO 5 días; también se publicará por DOS 2 días en un diario de amplia difusión del lugar en que la obra vaya a realizarse o pueda afectar eléctricamente, advirtiéndose en dichas publicaciones que se otorga un plazo de DIEZ 10 días hábiles administrativos desde la última publicación para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el Ente. 3.- Disponer que en caso de que no hubiera presentación fundada alguna, vencido el plazo señalado, se considerará emitido el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la ampliación referida en el artículo 1. 4.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos. 5.- El solicitante deberá incorporar en la Ampliación solicitada todas las observaciones efectuadas por CAMMESA y TRANSPA S.A. a efectos de garantizar el funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista. 6.- Notificar a TRANSPA S.A., a SERVICOOP y a CAMMESA. Firmado: Vocal Tercero Dra. Laura Gisela Giumelli - Vocal Segundo Ing. Ricardo Martínez Leone - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing.
Andrés Chambouleyron -.
Ma. Graciela Andina Silva de Alfano, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
e. 05/03/2018 N13029/18 v. 05/03/2018

INSTITUTO NACIONAL DEASOCIATIVISMO YECONOMÍA SOCIAL

EDICTO
EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, NOTIFICA que mediante las Resoluciones Nº5267/13, 5310/13, 5309/13, 4492/13, 5303/13, 5262/13, 5254/13, 5253/13; se han ordenado instruir los sumarios Nº5193/13, 2576/13, 2737/13, 2793/13, 2256/13, 5348/13, 5121/13, 5163/13 a las siguientes entidades respectivamente: COOPERATIVA DE
TRABAJO TILCARA LTDA. Mat. 25.321; COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS FAMATUC LTDA. Mat.
22.173; COOPERATIVA DE TRABAJO MANOS UNIDAS II LTDA. Mat. 25.239; COOPERATIVA DE TRABAJO LOS
TAMAYOS LTDA. Mat. 24.803; COOPERATIVA DE TRABAJO ESPERANZA DE ALDERETES LTDA. Mat. 22.768;
COOPERATIVA DE TRABAJO DON FRANCISCO LTDA. Mat. 24.688; COOPERATIVA DE TRABAJO 24 DE
NOVIEMBRE 242 LTDA. Mat. 26.034; COOPERATIVA DE TRABAJO SAGRADA FAMILIA LTDA. Mat. 26.038. Se notifica a las entidades precitadas que en los sumarios detallados en el presente se ha designado a la suscripta como Instructora Sumariante. Asimismo se les fija a las mismas un plazo de DIEZ 10 días con más los ampliatorios que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la C.A.B.A., para que presente el descargo y ofrezca las pruebas de que intenten valerse, plazo que comenzará a regir desde el último día de publicación Art. 1 inc. f aps. 1 y 2 Ley Nº19.549 T.O. 1991 y en el mismo plazo denuncien su domicilio real y constituyan domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal Art. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario Nº1759/72 T.O.
1991. El presente deberá publicarse en el BOLETIN OFICIAL, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 T.O. 1991. FDO: Dra. Vanesa Cristina Vasquez, Abogada, Instructora SumarianteINAES.
Vanesa Cristina Vasquez, Asesor Legal, Coordinación de Intervenciones y Liquidaciones, Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.
e. 05/03/2018 N12596/18 v. 07/03/2018

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/03/2018 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date05/03/2018

Page count112

Edition count9418

Première édition02/01/1989

Dernière édition05/08/2024

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