Boletín Oficial de la República Argentina del 24/10/2017 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 33.736 - Primera Sección
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Martes 24 de octubre de 2017

ARTÍCULO 3º.- Establécese el día 21 de diciembre de 2017, como fecha límite por la cual las empresas autorizadas a operar como terminales de la industria automotriz en los términos de la Ley Nº 21.932, podrán presentar la solicitud de cupo para el trimestre correspondiente al periodo comprendido entre los días 21 de enero de 2018 y el 21 de abril de 2018.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Fernando Félix Grasso.
e. 24/10/2017 N80303/17 v. 24/10/2017

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS

SUBSECRETARÍA DEEVALUACIÓN PRESUPUESTARIA EINVERSIÓN PÚBLICA
Disposición 1-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 20/10/2017
VISTO el Expediente NEX-2017-20049921-APN-DDYMEJGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, la Ley N24.354, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios y 696
de fecha 4 de septiembre de 2017 y la Resolución de la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA
del MINISTERIO DE PRODUCCION N24 de fecha 31 de agosto de 2016,y CONSIDERANDO:
Que por la Ley N 24.354 se creó el Sistema Nacional de Inversiones Públicas SNIP, cuyos objetivos son la iniciación y actualización permanente de un inventario de proyectos de inversión pública nacional y la formulación anual y gestión del Plan Nacional de Inversiones Públicas SNIP.
Que a través del Decreto N357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, facultando a la SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA E INVERSIÓN PÚBLICA de la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a dictar, en su carácter de Autoridad de Aplicación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas, creado por la Ley N24.354, las normas de instrumentación, complementarias y/o aclaratorias y celebrar todos los actos que se requieran para la debida implementación del mismo.
Que el artículo 11 de la Ley N 24.354 establece que el monto máximo del programa o proyecto de inversión que podrá ser aprobado directamente por el organismo o ente iniciador para su inclusión en el Plan Nacional de Inversión Pública no podrá superar en ningún caso el UNO POR MIL 1 del presupuesto anual de inversión pública nacional, correspondiente al ejercicio anual inmediato anterior.
Que por las Resoluciones de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA
Y PRODUCCIÓN Nros. 175 de fecha 15 de octubre de 2004, 108 de fecha 27 de mayo de 2005, 21 de fecha 25
de enero de 2007 y 171 de fecha 8 de octubre de 2008, de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS N72 de fecha de 8 de junio de 2010, de la SECRETARÍA DE
POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS N28 de fecha 21 de marzo de 2012, y de la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA
del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN N 24 de fecha 31 de agosto de 2016, se actualizaron sucesivamente los montos referidos para los sucesivos Planes Nacionales de Inversiones Públicas.
Que, actualmente, el monto máximo previsto en la Resolución de la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN
PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN N24/16 es de PESOS CIENTO CUARENTA Y OCHO MILLONES
$148.000.000.-.
Que el monto de crédito inicial destinado a inversión pública nacional para el año 2016 fue de PESOS DOSCIENTOS
CUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCO MIL DOSCIENTOS
OCHENTA $204.393.405.280.-, el cual se obtiene de consolidar el crédito inicial de Inversión Real Directa PESOS
CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL OCHENTA
- $ 46.543.690.080.-; de Transferencias de Capital CIENTO CATORCE MIL CIENTO VEINTICINCO MILLONES
OCHOCIENTOS VEINTISÉIS MIL SETECIENTOS - $ 114.125.826.- y de Inversión Financiera CUARENTA Y
TRES MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS
$43.723.888.500.-.
Que, por lo expuesto, resulta necesario fijar un nuevo monto en concordancia con el incremento del presupuesto anual de inversión pública nacional correspondiente al período 2016, a fin de agilizar la operatoria del Sistema Nacional de Inversiones Públicas SNIP.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/10/2017 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date24/10/2017

Page count92

Edition count9396

Première édition02/01/1989

Dernière édition14/07/2024

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