Boletín Oficial de la República Argentina del 05/09/2017 - Primera Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 33.702 - Primera Sección
69

Martes 5 de septiembre de 2017

ARTÍCULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Luis Maria Urriza.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.ary también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. 05/09/2017 N65337/17 v. 05/09/2017

MINISTERIO DEAGROINDUSTRIA

SUBSECRETARÍA DEAGRICULTURA
Disposición 6-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 04/09/2017
VISTO el Expediente NºEX-2017-17952836- -APN-DDYMEMA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 aprobado por la Ley Nº 27.341, el Decreto Nº435 de fecha 1 de marzo de 2016, la Resolución General Conjunta NºRESGC-2017-3993-APN-AFIP
de fecha 15 de febrero de 2017 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE
INGRESOS PÚBLICOS, organismo autárquico en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA,y CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 71 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017
aprobado por la Ley Nº 27.341, se estableció para el Ejercicio 2017 una asignación de PESOS CUATRO MIL
QUINIENTOS MILLONES $ 4.500.000.000.- con destino al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, disponiéndose que se consideran dentro de dicha asignación la suma de PESOS UN MIL MILLONES $1.000.000.000.- para otorgar compensaciones a la producción de soja en las provincias comprendidas en las acciones de la UNIDAD
PLAN BELGRANO, de acuerdo al Artículo 2 del Decreto Nº435 de fecha 1 de marzo de 2016.
Que mediante la Resolución General Conjunta NºRESGC-2017-3993-APN-AFIP de fecha 15 de febrero de 2017
del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, organismo autárquico en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA, se estableció la reglamentación para la implementación del referido beneficio.
Que la Dirección de Cultivos Extensivos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha evaluado las solicitudes presentadas y procedió a efectuar las liquidaciones de los beneficios requeridos de acuerdo a la normativa vigente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud del Artículo 71 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 aprobado por la Ley Nº27.341, el Decreto Nº435
de fecha 1 de marzo de 2016, y la Resolución General Conjunta Nº RESGC-2017-3993-APN-AFIP de fecha 15
de febrero de 2017 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS organismo autárquico en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA.
Por ello, SUBSECRETARIO DEAGRICULTURA
DISPONE:
ARTÍCULO 1.- Apruébanse las solicitudes efectuadas por los productores de soja incluidos en el Anexo registrado con el NºIF-2017-18136345-APN-DCEMA, que forma parte integrante de la presente disposición.
ARTÍCULO 2.- Autorízase el pago de los beneficios a los que alude el Artículo 1 de la presente medida.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la implementación de lo establecido por el Artículo 2 de la presente medida será atendido con cargo al presupuesto vigente de la Jurisdicción 52, MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, Programa 36, Actividad 43 en la parte correspondiente a la actividad Acciones de Compensaciones de los Productores de Soja, inciso 5, transferencias.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Luis Maria Urriza.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.ary también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. 05/09/2017 N65352/17 v. 05/09/2017

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/09/2017 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date05/09/2017

Page count95

Edition count9394

Première édition02/01/1989

Dernière édition12/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Septiembre 2017>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930