Boletín Oficial de la República Argentina del 13/06/2017 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 33.644 - Primera Sección
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Martes 13 de junio de 2017

Decretos

CONTRATOS
Decreto 415/2017
Aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 12/06/2017
VISTO el Expediente N EX-2017-02783984-APN-MF, el Modelo de Contrato de Préstamo CAF destinado a la ejecución del Programa de Infraestructura del Plan Estratégico de Turismo Sustentable de la Provincia de Catamarca, propuesto para ser suscripto entre la Provincia de CATAMARCA y la CORPORACIÓN ANDINA
DE FOMENTO CAF, el Modelo de Contrato de Garantía a ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO CAF y el Modelo de Contrato de Contragarantía a suscribirse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la Provincia de CATAMARCA,y CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo CAF, la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO CAF se compromete a asistir financieramente a la Provincia de CATAMARCA a fin de cooperar en la ejecución del Programa de Infraestructura del Plan Estratégico de Turismo Sustentable de la Provincia de Catamarca por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRECE MILLONES U$S13.000.000.
Que el objetivo del referido Programa es promover la actividad turística de la Provincia de Catamarca, a través del desarrollo de infraestructura y productos turísticos que generen un incremento del número de turistas y, por ende, de ingresos derivados de dicha actividad económica.
Que los objetivos específicos del mencionado Programa son: i Poner en valor los recursos turísticos de la Provincia, crear nuevos productos y mejorar los servicios turísticos; ii Adecuar el medio urbano y natural al uso turístico; y iii Fomentar el asociacionismo y el tejido empresarial e implicar a la población y agentes locales en una cultura de calidad turística.
Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán TRES 3 componentes: i Infraestructura, ii Fortalecimiento Institucional y iii Administración del Programa.
Que la ejecución de dicho Programa y la utilización de los recursos del préstamo otorgado por el Banco serán llevadas a cabo por la SECRETARÍA DE TURISMO de la Provincia de CATAMARCA, a través de la Unidad Ejecutora del Programa UEP, denominada en adelante Organismo Ejecutor.
Que de conformidad con el Convenio Constitutivo de la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO CAF y sus políticas de operaciones, a efectos de suscribir el mencionado Contrato de Préstamo CAF, resulta indispensable que la REPÚBLICA ARGENTINA afiance las obligaciones financieras asumidas por dicha Provincia emergentes de la operación crediticia.
Que en tal sentido, la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO CAF ha propuesto al Gobierno Nacional la suscripción de un Contrato de Garantía con la finalidad de que la REPÚBLICA ARGENTINA afiance las obligaciones financieras que la Provincia de CATAMARCA contraiga como consecuencia de la suscripción del Contrato de Préstamo CAF.
Que atento a la necesidad de asegurar el pago de los compromisos emergentes del Contrato de Préstamo CAF
y preservar el crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Gobierno Nacional ha propuesto al Gobierno de la Provincia de CATAMARCA la suscripción de un Contrato de Contragarantía, por medio del cual este último se obligue a la cancelación de los compromisos de pago asumidos con CINCO 5 días hábiles de anticipación a la fecha de vencimiento indicada en el respectivo Contrato de Préstamo.
Que para el caso de no producirse la cancelación respectiva, el Gobierno de la Provincia de CATAMARCA autorizará al MINISTERIO DE FINANZAS a efectuar el débito automático de los fondos de la Cuenta de Coparticipación Federal de Impuestos o del régimen que la reemplace, por hasta el total del monto adeudado.
Que en estos términos, resulta oportuno aprobar el Modelo de Contrato de Garantía a ser suscripto entre la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO CAF y la REPÚBLICA ARGENTINA, y el Modelo de Contrato de Contragarantía a ser suscripto entre esta última y la Provincia de CATAMARCA.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de la Jurisdicción de origen.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/06/2017 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date13/06/2017

Page count61

Edition count9384

Première édition02/01/1989

Dernière édition02/07/2024

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