Boletín Oficial de la República Argentina del 17/05/2017 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Año CXXV Número 33.626

Buenos Aires, miércoles 17 de mayo de 2017

Primera Sección
Legislación y Avisos Oficiales
Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947.
La edición electrónica del Boletín Oficial produce idénticos efectos jurídicos que su edición impresa Decreto Nº 207/2016.

Sumario
Leyes Leyes
EMERGENCIA NACIONAL
Ley 27355. Decláranse zonas de desastre y emergencia hídrica, económica, productiva y social 1

Decreto 341/2017. Promúlgase la Ley N27.355 2

Ley 27355

SALUD PÚBLICA
Ley 27351. Electrodependientes. Beneficio. Registro 2
Decreto 339/2017. Promúlgase la Ley N27.351 3
CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN
Ley 27352. Modificación 3
Decreto 340/2017. Promúlgase la Ley N27.352 3

Decretos CONVENIOS
Decreto 338/2017. Financiamiento concesional. Condiciones 4
JUSTICIA
Decreto 342/2017. Acéptase renuncia 5

Decisiones Administrativas SISTEMA FEDERAL DEMEDIOS YCONTENIDOS PÚBLICOS
Decisión Administrativa 304/2017. Desígnase Director de Producción y Bancos de Contenidos 5

Resoluciones MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN

SECRETARÍA DEMODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución 41-E/2017 6
MINISTERIO DEPRODUCCIÓN

SECRETARÍA DECOMERCIO
Resolución 373-E/2017 6
MINISTERIO DEPRODUCCIÓN

SECRETARÍA DECOMERCIO
Resolución 390-E/2017 7
MINISTERIO DEPRODUCCIÓN

SECRETARÍA DEINDUSTRIA YSERVICIOS
Resolución 369-E/2017 9
Continúa en página 2

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SecretarÍa Legal y TÉcnica:
Dr. PABLO CLUSELLAS - Secretario DirecciÓn Nacional del Registro Oficial:
LIC. RICARDO SARINELlI - Director Nacional
EMERGENCIA NACIONAL
Decláranse zonas de desastre y emergencia hídrica, económica, productiva y social.
ElSenado yCámara deDiputados delaNación Argentina reunidos enCongreso, etc. sancionan confuerza de Ley:
ARTÍCULO 1.- Declárase zona de desastre y emergencia hídrica, económica, productiva y social, por el término de ciento ochenta 180 días, plazo que podrá ser prorrogado por igual lapso por parte del Poder Ejecutivo nacional, a los partidos, departamentos, localidades y/o parajes incluidos en el Anexo al presente artículo, que se encuentran afectados por las inundaciones.
El Poder Ejecutivo nacional queda facultado para extender la emergencia a otras zonas afectadas por las inundaciones, no incluidas en el párrafo anterior.
ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo nacional constituirá, en un plazo de treinta 30 días un fondo especial, con aportes del Tesoro nacional, para hacer frente a las acciones de asistencia a los damnificados y reconstrucción de las economías afectadas, los que serán distribuidos de acuerdo a los objetivos y prioridades que se fijen en coordinación con las provincias y los municipios afectados.
ARTÍCULO 3.- El Poder Ejecutivo nacional destinará fondos adicionales a la cobertura de planes sociales, en las zonas afectadas y mientras dure la emergencia; como así también adoptará las medidas necesarias para preservar y restablecer las relaciones de trabajo y empleo.
ARTÍCULO 4.- Facúltase al Poder Ejecutivo nacional para que adopte medidas de asistencia técnica y financiera destinadas a la recomposición de la capacidad productiva.
ARTÍCULO 5.- El Poder Ejecutivo nacional, a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos y de la Administración Nacional de la Seguridad Social, instrumentará regímenes especiales de pago que abarquen a los contribuyentes afectados y alcanzados por la presente ley, pudiendo contemplar a tal fin prórrogas de vencimientos, suspensión de juicios de ejecución fiscal y exención de los impuestos sobre los bienes personales y ganancia mínima presunta.

e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº5.218.874
Domicilio legal: Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/05/2017 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date17/05/2017

Page count58

Edition count9387

Première édition02/01/1989

Dernière édition05/07/2024

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